Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
EXTRACTO DE LA ORDEN DE 22 DE MAYO DE 2023, POR LA QUE SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE AYUDA A PROYECTOS ESTRATÉGICOS PARA LA TRANSICIÓN INDUSTRIAL DEL SECTOR FARMACÉUTICO Y DEL SECTOR DE PRODUCTOS SANITARIOS EN EL AÑO 2023
OBJETIVO:
Ejecución de proyectos estratégicos para la transición industrial del sector farmacéutico y del sector productos sanitarios en régimen de concurrencia competitiva.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Sociedades que no formen parte del sector público, que vengan desarrollando una actividad industrial durante un periodo de al menos tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud, y que cumplan todas las condiciones establecidas en el artículo 4 de la Orden ICT/789/2021, de 16 de julio.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Cada entidad podrá presentar una única o varias solicitudes en esta
convocatoria. Cada solicitud contendrá un único proyecto individual,
independiente y autónomo en cuanto a las actuaciones que incluye y los costes
e inversiones imputados
En la línea de Investigación, Desarrollo e Innovación, podrán ser objeto de ayuda
los proyectos de investigación industrial, los proyectos de desarrollo
experimental y/o los proyectos de innovación en materia de organización y
procesos que cumplan lo establecido en el artículo 6 de la Orden ICT/789/2021,
de 16 de julio. Se considerará, que las siguientes acciones de I+D+i en el marco
de esta inversión, cumplen lo dispuesto en la Guía técnica sobre la aplicación
del principio de «no causar un perjuicio significativo» (DO C 58 de 18.2.2021, p.
Las actuaciones financiadas, deberán ejecutarse desde el día siguiente a la
presentación de la solicitud hasta un plazo máximo de veinticuatro meses
contados desde la fecha de resolución de la concesión.
1): las acciones de I+D+i en el marco de esta inversión, dedicadas a aumentar
sustancialmente la sostenibilidad medioambiental de las empresas (como la
descarbonización, la reducción de la contaminación y la economía circular) si el
objetivo principal de las acciones de I+D+i en el marco de esta inversión, es
desarrollar o adaptar alternativas con el menor impacto medioambiental posible
en el sector.
En el caso de proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental, la
memoria presentada junto a la solicitud deberá especificar entre los entregables
previstos del proyecto, al menos un análisis/evaluación completa de los
resultados y de los siguientes pasos, así como una evaluación de la posibilidad
de implementar los resultados en el proceso de producción o en otros procesos.
En el caso de proyectos de innovación, la memoria presentada junto a la
solicitud, deberá especificar entre los entregables previstos para el proyecto, al
menos, un análisis de impacto cualitativo y cuantitativo de las innovaciones
aplicadas en la organización o en los procesos.
En la línea de innovación en sostenibilidad y eficiencia energética, serán
susceptibles de ayuda, las inversiones con carácter innovador destinadas a la
protección del medio ambiente, a medidas de ahorro energético o energías
renovables en los términos y condiciones establecidos en el artículo 6 de la orden
ICT/789/2021, de 16 de julio
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Para cada proyecto presentado y categorizado en la Línea de Investigación,
Desarrollo e Innovación, se incluirán las siguientes partidas de gastos:
a) Costes de personal.
b) Costes de instrumental y material inventariable
c) Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes
adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena
competencia. Queda expresamente excluida cualquier forma de consultoría
asociada a la gestión y tramitación de la ayuda solicitada.
Para cada proyecto presentado y categorizado en la Línea de Innovación en
Sostenibilidad y Eficiencia Energética, serán susceptibles de ayuda las
siguientes partidas de gastos:
a) Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales
vinculados a la producción y a los objetivos del proyecto. Quedan excluidos los
elementos de transporte exterior.
b) Edificación e instalaciones: inversiones materiales para la adecuación de
naves industriales, así como de sus instalaciones y equipos no vinculados
directamente al proceso productivo.
c) Activos inmateriales: inversiones en activos vinculados a la transferencia de
tecnología, mediante la adquisición de derechos de patentes, licencias, «knowhow» o conocimientos técnicos no patentados.
d) Colaboraciones externas: colaboraciones externas necesarias para el diseño
y/o rediseño de procesos, directamente relacionados con las inversiones
vinculadas a la protección del medio ambiente o al incremento del nivel de
eficiencia energética. Queda expresamente excluida, cualquier forma de
ingeniería civil o consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación
solicitada.
FINANCIACIÓN:
La financiación total a conceder será como máximo del 80 por ciento del presupuesto financiable.
Préstamos rembolsables al tipo de interés del 0%, y con un plazo de amortización total de 10 años con 3 años de carencia.
El presupuesto mínimo de conceptos financiables para cada proyecto de esta
convocatoria será de 100.000 euros.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo de presentación comenzará desde el día 31 de mayo de 2023 y finalizará el día 29 de junio de 2023.
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