Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad
Bases reguladoras las convocatorias de subvenciones a conceder por el
Instituto Canario de Igualdad, en régimen de concurrencia competitiva,
destinadas a fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y
hombres en el ámbito laboral
OBJETIVO:
Fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito
laboral, mediante la realización de proyectos que, ejecutándose en
Canarias, tengan por finalidad:
a) Asesorar y orientar a las mujeres para promover su inserción laboral a
través del autoempleo o del empleo por cuenta ajena.
b)
Incrementar las posibilidades personales para encontrar empleo y
adaptarse a un mercado de trabajo en continuo cambio, de las mujeres en
situación de riesgo o de exclusión social, que tienen especiales
dificultades para la inserción laboral, mediante itinerarios integrados y
personalizados de inserción social y laboral, en los que se tenga en
cuenta tanto las necesidades específicas de cada mujer, como su punto de
partida, a fin de mejorar su cualificación para el empleo.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Entidades de iniciativa social, sin ánimo de lucro, de naturaleza
jurídico privada, que tengan entre sus fines estatutarios la promoción
de la igualdad entre mujeres y hombres o, en todo caso, la realización
de actuaciones específicas dirigidas a eliminar las desigualdades de
hecho por razón de sexo en los diferentes ámbitos.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
- Gastos de personal: salarios, seguros sociales y desplazamientos.
-Honorarios profesionales, hasta el porcentaje máximo permitido para la subcontratación.
- Gastos corrientes: agua, electricidad y teléfono.
- Gastos de funcionamiento y desarrollo de la actividad: alquileres, material
fungible, mensajería y correos y, en caso de necesidad debidamente
acreditada, desplazamiento de las usuarias.
- Gastos de guardería y custodia.
- Gastos de publicidad destinada, exclusivamente, a difundir la existencia y
objetivos del proyecto subvencionado, no pudiendo superar su importe un
15% del coste total del proyecto..
FINANCIACIÓN:
El importe máximo a conceder en concepto de subvención por proyecto y
convocatoria es de veinte mil (20.000) euros, para los que tengan como
finalidad la establecida en el apartado a) y de cuarenta mil (40.000)
euros para los que tengan como finalidad la establecida en el apartado
b).