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Subvenciones destinadas a los programas de actuación para la ciudadanía española en el exterior y retornados

InformaciónNormativa

Ministerio de Empleo y Seguridad Social

Bases reguladoras de  concesión de subvenciones destinadas a los programas de actuación para la ciudadanía española en el exterior y retornados

OBJETIVO:

Realizar programas a favor de los españoles residentes en el exterior y de los retornados, en concreto en las áreas de asociaciones, centros, proyectos e investigación, comunicación, así como de mayores y dependientes.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

a) Programa de asociaciones

Federaciones, asociaciones o centros de españoles en el exterior, sin ánimo de lucro, que cuenten con un número de asociados mayor de cincuenta, y que desarrollen una labor asistencial a favor de los españoles del exterior, así como entidades que tengan por finalidad el apoyo y la promoción sociocultural de los españoles en el exterior.

b) Programa de centros

Federaciones, asociaciones o centros de españoles en el exterior, sin ánimo de lucro, que cuenten con un número de asociados mayor de cincuenta, y que desarrollen una labor asistencial a favor de los españoles del exterior, así como entidades que tengan por finalidad el apoyo y la promoción sociocultural de los españoles en el exterior.

c) Programa de proyectos e investigación

Personas físicas y las entidades públicas y privadas, españolas o extranjeras, con fines asistenciales, sociales, informativos, culturales o educativos.

d) Programa de comunicación

Personas físicas, o entidades públicas o privadas, españolas o extranjeras, entre cuyos fines se encuentren las actividades objeto de este programa (distribución de publicaciones periódicas especializadas entre los centros y asociaciones de españoles en el exterior)

e) Programa de mayores y dependientes

Centros de día, residencias de mayores u otras instituciones que acojan a personas mayores y/o dependientes no pertenecientes a la población activa, que tengan la condición de españoles en el exterior, o sean cónyuges de éstos, y carezcan de los medios suficientes para subsistir por sí mismos.

GASTOS SUBVENCIONABLES:

a) Gastos de personal.

b) Actividades

c) Gastos de viaje y estancia

d) Gastos específicos relacionados con el grupo de destinatarios, entendiéndose como tales aquellas ayudas a los usuarios finales que estén contemplados en el programa y que formen parte de las acciones elegibles del mismo.

e) Honorarios de expertos

f) Gastos de inversión.

g) Tributos

h) Costes indirectos