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CREACIÓN, PRODUCCIÓN Y DESARROLLO DE PROYECTOS AUDIOVISUALES 2023

InformaciónTramitaciónNormativa

Cabildo Insular de Tenerife


BASES GENERALES Y LA CONVOCATORIA QUE REGIRÁN EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES A LA CREACIÓN, PRODUCCIÓN Y DESARROLLO DE PROYECTOS AUDIOVISUALES, APROBADAS POR EL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR DEL CABILDO INSULAR DE TENERIFE EN SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO EN CURSO

OBJETIVO:


Fomentar la creación artística audiovisual y promover la generación de nuevas narrativas de especial valor artístico audiovisual y cinematográfico

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


empresas y autónomos que tengan sede social y domicilio fiscal en Tenerife, y que estén dados de alta en el censo de actividades económicas de la AEAT, en cualquier epígrage correspondiente al sector de actividades relacionadas con el objeto de la subvención, con anterioridad al 30 de junio 2021

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:


Modalidad A: Producción de largometrajes cinematográficos de imagen real y de animación, tanto ficción como documental

El plazo máximo de realización será de 36 meses a partir de la fecha de inicio indicada por el solicitante y, en todo caso, finalizará el 31 de diciembre de 2025.


Modalidad B: Producción de largometrajes cinematográficos de imagen real y de animación, tanto ficción como documental

El plazo máximo de realización será de 36 meses a partir de la fecha de inicio indicada por el solicitante y, en todo caso, finalizará el 31 de diciembre de 2025.


Modalidad C: Producción de cortometrajes de imagen real y de animación, tanto de ficción como documental

El plazo máximo de realización será de 24 meses a partir de la fecha de inicio indicada por el solicitante y, en todo caso, finalizará el 31 de diciembre de 2024.


Modalidad D: Desarrollo de largometrajes de imagen real y de animación, tanto de ficción como documental

El plazo máximo de realización será de 24 meses a partir de la fecha de inicio indicada por el solicitante y, en todo caso, finalizará el 31 de diciembre de 2024.

GASTOS SUBVENCIONABLES:


Se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido en esta convocatoria y en la resolución de concesión o en sus posibles modificaciones.

En la modalidad D (Desarrollo) se consideran gastos subvencionables, entre otros, la mejora del guión, la búsqueda de localizaciones, la identificación del casting, las gestiones para el logro de recursos económicos, los planes iniciales de venta, los asesoramientos de terceros en relación con aspectos tecnológicos del proyecto, la adquisición de derechos y la investigación en archivos, en los casos que fuera necesario.

Solamente serán imputables a la subvención los gastos correspondientes al período desde el 1 de enero de 2023 hasta el fin del plazo de justificación

El importe subvencionable relativo a la categoría profesional de productor/a ejecutivo/a, no podrá exceder del 5% de la cuantía total del proyecto presentado.


El importe subvencionable relativo a la categoría profesional de director/a, no podrá exceder del 9% de la cuantía total del proyecto presentado.


En caso de que una misma persona realice múltiples funciones dentro de la obra, el importe de gasto de personal subvencionable destinado a esa persona no podrá sobrepasar de forma concurrente el 20% del total de la cuantía presupuestada para el proyecto presentado.

FINANCIACIÓN:


El crédito se repartirá por orden de puntuación hasta que se cubra el número inicialmente establecido de proyectos por modalidad. En ningún caso un mismo solicitante podrá ser beneficiario de más de una (1) subvención por modalidad ni más de tres (3) proyectos de distintas modalidades en total, siempre que se trate de distintos/as directores/as para cada uno de los proyectos. 


Modalidad A: Producción de largometrajes cinematográficos de imagen real y de animación, tanto ficción como documental, a partir de 400.000 €.

Se podrá subvencionar un máximo de tres (3) proyectos dentro de esta modalidad, por un importe fijo de 120.000 € por proyecto.

Modalidad B: Producción de largometrajes cinematográficos de imagen real y de animación, tanto ficción como documental, a partir de 80.000 €.

Se podrá subvencionar un máximo de siete (7) proyectos dentro de esta modalidad, por un importe fijo de 45.000 € por proyecto.

Modalidad C: Producción de cortometrajes de imagen real y de animación, tanto de ficción como documental

Se podrá subvencionar un máximo de diez (10) proyectos, por un importe fijo de 10.000€ para imagen real ó 15.000€ en el caso de animación.

Modalidad D: Desarrollo de largometrajes de imagen real y de animación, tanto de ficción como documental Se podrá subvencionar un máximo de ocho (8) proyectos dentro de esta modalidad, por un importe fijo de 15.000 € por proyecto.