ORDEN ICT/1527/2021, DE 30 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA EL PROGRAMA DE AYUDAS PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y MODERNIZACIÓN DE LAS ENTIDADES LOCALES QUE FORMAN PARTE DE LA RED DE DESTINOS TURÍSTICOS INTELIGENTES, Y SE PROCEDE A SU CONVOCATORIA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2021, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.
EXTRACTO DE LA ORDEN ICT/1527/2021, DE 30 DE DICIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA EL PROGRAMA DE AYUDAS PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y MODERNIZACIÓN DE LAS ENTIDADES LOCALES QUE FORMAN PARTE DE LA RED DE DESTINOS TURÍSTICOS INTELIGENTES, Y SE PROCEDE A SU CONVOCATORIA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2021, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.
OBJETIVO:
ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos que promuevan la digitalización de los miembros titulares de la Red de Destinos Turísticos Inteligentes (en adelante, Red DTI) gracias al desarrollo e implantación de tecnologías en los destinos, en el marco de del Plan de Recuperación de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, Plan de Recuperación) del Gobierno de España y en el plan de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025.
La finalidad de estas ayudas es financiar el desarrollo, por parte de entidades locales pertenecientes a la Red DTI, de planes y proyectos de contenido tecnológico e innovador
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán acogerse a las ayudas establecidas en esta orden las siguientes entidades locales que ya formen parte de la Red DTI como miembros titulares o que hayan solicitado su adhesión a la citada Red DTI en el momento de solicitar estas ayudas
a) Los municipios, representados por sus respectivos ayuntamientos, y las provincias e islas a través de las diputaciones provinciales y forales, los cabildos y consejos insulares, con independencia de su tamaño y población.
b) Las Comarcas o mancomunidades u otras entidades locales de base agrupacional previstas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
c) Las agrupaciones de entidades locales que estén constituidas conforme al artículo 11.3 de la Ley General de Subvenciones y en el artículo 67 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
los objetivos de los proyectos presentados:
-Faciliten el acceso al turista en su lugar de origen a través de nuevas
estrategias y soportes de promoción, prestando especial atención al
posicionamiento como destino seguro.
- Mejoren la comunicación y acceso de recursos y servicios por parte del
turista en el destino, proporcionándole información de interés en tiempo
real, facilitando las ventas de servicios turísticos a través de canales
digitales y adaptando, gracias al uso de TICs, la oferta y servicios del
destino a perfiles con diversidad física o sensorial.
- Desarrollen herramientas TICs que permitan optimizar la gestión del
destino.
- Fomente la gobernanza pública y su acceso a tecnología, a través de
sistemas centralizados de compra de necesidades tecnológicas y de
vigilancia de destinos competidores y de herramientas de gestión de los
recursos ambientales.
En los proyectos que se presenten a esta convocatoria podrán financiarse gastos devengados y pagados desde la fecha de publicación del extracto de la convocatoria y el 31 de diciembre de 2023. La realización del proyecto presentado para su financiación deberá estar finalizado en dicha fecha. Quedan excluidos aquellos proyectos terminados a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Cabrá incluir los gatos asociados al personal contratado exclusivamente para la realización y ejecución del proyecto siempre que la justificación de dichos gastos incluya la acreditación de las contrataciones efectuadas y la dedicación exclusiva a la ejecución del proyecto. Para ello, se requerirá la confección de partes horarios firmados por los propios empleados a efectos de evitar la doble financiación, salvo que la normativa europea prevea otras formas de acreditación para las subvenciones financiadas con fondos europeos.
a) Gastos dirigidos a la transformación digital:
1.º Para favorecer el acceso al turista en su lugar de origen:
i. Plataformas, webs, apps o herramientas digitales al servicio de la inspiración, promoción y/o comercialización turística (que incluyen funcionalidades multi-idioma, interactivas, con transaccionalidad digital y con capacidad para personalizar sus contenidos en función de la IP de origen del usuario que accede a las mismas).
ii. Microsites y otras herramientas de promoción y marketing digital al servicio de las estrategias de posicionamiento online del destino, de sus diferentes marcas y productos turísticos.
iii. Actuaciones en materia de adaptación de las plataformas, webs, apps, herramientas digitales o microsites del destino para garantizar que las mismas cumplan con las necesidades de la accesibilidad.
iv. Desarrollo de planes de marketing y promoción digital.
v. Diseño y desarrollo de folletos digitales y otros materiales (mapas, catálogos, agendas, entre otros) interactivos con los recursos del destino.
vi. Personalización de la información turística, desarrollo de guías interactivas, planificación personalizada de rutas turísticas, distribución de información turística contextualizada y cuaderno de viaje.
vii. Implantación de herramientas de automatización de marketing digital para la mejora del posicionamiento SEO y SEM del destino.
viii. Diseño, producción y gestión de contenidos digitales de alta calidad.
ix. Desarrollos de realidad inmersiva que permitan anticipar experiencias turísticas en el destino basadas en realidad virtual y mixta.
x. Integraciones y desarrollos que permitan garantizar la interoperabilidad con terceros a través de APIs.
xi. Desarrollo y gestión de asistentes conversacionales, y chatbots al servicio de la interacción con el turista en origen.
2.º Para facilitar la comunicación y acceso de recursos y servicios al turista en el destino:
i. Digitalización de los recursos turísticos, culturales y de carácter patrimonial (monumentos, gastronomía, naturaleza, experiencias y festividades, entre otros) existentes en el destino.
ii. Geolocalización de los recursos turísticos.
iii. Desarrollar apps y otras herramientas digitales en el destino para un mejor aprovechamiento de los recursos en el destino, facilitar la interacción del turista con los mismos, dar soporte a los productos turísticos especializados, vertebrar el territorio o integrar toda la oferta del destino, reutilizando y/o actualizando la información generada en las oficinas de turismo.
iv. Señalización digital en el destino y soluciones tecnológicas que faciliten el acceso a información y a la interacción con el turista (señalización digital dinámica, señalización digital multimedia o cartelería digital, también denominada «digital signage» o tótems informativos).
v. Desarrollo y gestión de asistentes conversacionales, y chatbots de recomendación al servicio de la interacción con el turista en destino e integrado en diferentes canales digitales (como web, app y tótems).
vi. Desarrollo de apps integradas con despliegues de beacons o sensores similares que permitan la interacción con los recursos culturales, así como con el comercio local mediante acciones de marketing de proximidad, a cambio de unos mínimos datos de segmentación del usuario.
vii. Herramientas de inteligencia artificial para la personalización de rutas turísticas o productos turísticos de cara a facilitar el contacto entre demanda-oferta.
viii. Tecnologías de dinamización del destino mediante la gamificación y la realidad aumentada.
ix. Desarrollo de Oficinas Turísticas avanzadas con infraestructuras tecnológicas de última generación, software de gestión integrada y contenidos digitales al servicio de una mejor experiencia de usuario, que además permita la reutilización de los contenidos en las diferentes herramientas de interactuación con el visitante/turista fomentando la experiencia del usuario en el destino (superficies táctiles interactivas, video wall, proyectores, o similares).
x. Incorporación de herramientas que promueven la accesibilidad en la señalización, orientación y guiado en los diferentes soportes físicos y digitales.
xi. Desarrollo de «Gemelos digitales» del destino.
xii. Herramientas para mejorar la accesibilidad y usabilidad de recursos turísticos patrimoniales.
xiii. Herramientas tecnológicas al servicio de la gamificación de la experiencia en el destino.
xiv. Información accesible para los diferentes recursos turísticos, a través de lectores avanzados de códigos QR especializados en accesibilidad, proporcionando acceso a información escrita y acústica a modo de audioguías.
xv. Diferentes aplicaciones de códigos QR para facilitar la comunicación e interacción con el turista en el destino.
xvi. Implantación de pantallas táctiles en el destino que permitan la comercialización/información de los recursos turísticos.
xvii. Uso de tecnología beacon para interactuar con el turista.
3.º Gestión del impacto que genera el turismo en el destino:
i. Desarrollo y gestión de infraestructuras en materia de conectividad y sensórica (Internet de las Cosas) en el destino:
a. Despliegue de Infraestructura de fibra óptica.
b. Despliegue de servicios 5GNSA y 5GSA para el turista.
c. Despliegue de cobertura de mobiliario urbano (a modo de ejemplo: luminarias).
d. Identificación de procesos orientados al desarrollo del Cloud Computing y Edge Computing.
e. Incorporación de Redes Wifi o WiMax municipales.
f. Incorporación de redes para la conexión de sensores.
ii. Desarrollo de plataformas y sistemas de inteligencia turística en destino, propias o de terceros, a través de desarrollos propios o mediante el acceso a soluciones en la nube de terceros que integren soluciones de Big Data y de Inteligencia Artificial.
iii. Puesta en marcha de Oficinas inteligentes en un entorno físico o virtual, que alcance la gestión de un destino o en conexión en red multi-destino para la explotación de las fuentes de datos integrándolas con las plataformas y como herramienta de impulso a la integración de datos estructurados y no estructurados.
iv. Soluciones y herramientas para la captación, análisis y visualización de los datos para el uso para los gestores, como para fomentar la comunicación a residentes y turistas, e integración con sistemas de información geográfica propios o de nueva adquisición a través de la adquisición de licencias.
v. Identificación e Integración de las diferentes fuentes de datos.
vi. Integración de fuentes IoT, desarrollo de la Inteligencia de las cosas y sensórica.
vii. Analítica de datos y Big Data con cuadros de mandos adaptados a los actores del turismo y que permita la caracterización del turista, así como medir la seguridad, la accesibilidad y la sostenibilidad socioeconómica y medioambiental del destino.
viii. Gestor de los contenidos de las Oficinas de Turismo avanzadas basadas en web semánticas.
ix. Herramientas que permitan la publicación en formato Open data de los datos generados en el destino para que puedan facilitar el acceso y la reutilización por terceros.
x. Herramientas para la gestión de flujos, control de aforos y distanciamiento social.
xi. Sensores para permitir el control y conteo de personas.
xii. Cámaras tradicionales o termográficas (pueden integrarse con plataformas con funcionalidades de inteligencia artificial).
xiii. Drones para labores de vigilancia, control o monitorización de recursos turísticos.
xiv. Sistemas de reservas de recursos turísticos.
xv. Identificación de comportamiento visual y audible.
xvi. apps para seguimiento de concentración de visitantes.
xvii. Sistemas de escucha activa multi-idioma de las opiniones y preferencias de la demanda turística (a través de «social listening», gestión de la reputación online, gestión de crisis de reputación online, monitorización de menciones de marca e identificación de influencers relevantes, entre otros).
xviii. Sistemas de seguimiento de parámetros ambientales y sanitarios en destinos turísticos.
xix. Sistemas de analítica, simulación y predicción de escenarios, para anticiparse al incremento de la demanda de consumo de servicios.
xx. Actuaciones, infraestructuras y sistemas que fomenten de la movilidad eléctrica de autobuses, vehículos, motocicletas, bicicletas y patines, entre otros.
xxi. Sistemas e infraestructuras digitales, como las marquesinas inteligentes o plataformas de gestión de flotas del transporte público, para una mejor gestión de la movilidad (movimientos peatonales, bicicletas públicas, transporte público, transporte rodado, transporte aéreo, transporte marítimo y transporte ferroviario, y carsharing, entre otros).
xxii. Sistemas y soluciones de información, control, gestión y cobro de estacionamiento regulado y parkings públicos.
xxiii. Estaciones de medición y monitorización de los niveles de contaminación y calidad del aire, incluyendo mapas dinámicos y cuadros de mando.
xxiv. Plataformas de vigilancia urbana y sistemas de alerta temprana.
xxv. Sistemas de alerta asociados a mapas de ruido del destino.
4.º Gobernanza pública y su acceso a tecnología:
i. Acciones en materia de formación y capacitación de los gestores del destino en el uso de nuevas tecnologías y herramientas digitales.
ii. Desarrollo de una plataforma de vigilancia competitiva de otros destinos competidores.
iii. Plataformas y sistemas tecnológicos de monitorización y gestión ambiental del destino.
iv. Soluciones y herramientas digitales para la gestión de los procesos que conforma el sistema integral del destino turístico, su estrategia y plan operativo, así como el seguimiento de su ejecución presupuestaria.
v. Desarrollo de un plan de participación ciudadana y turística digital.
vi. Diseño y desarrollo de observatorios digitales de sostenibilidad turística que permitan, entre otras cosas, conocer el avance de los ODS en el destino.
vii. Desarrollar un diagnóstico y estrategia de ciberseguridad en el destino.
viii. Desarrollo de encuestas de satisfacción entre los usuarios a través de diferentes herramientas tecnológicas asistidas o desasistidas.
ix. Incorporación de herramientas digitales para la gestión de Encuestas: creación, realización, recogida y tratamiento de datos.
x. Incorporación de herramientas online para la gestión de la participación ciudadana.
xi. Uso de Blockchain en el seguimiento de la contratación y ejecución de proyectos.
xii. Promover la creación de planes de Ciberseguridad Turística en el destino.
xiii. Desarrollo de cuadros de mando que permitan medir la seguridad en la gobernanza del destino.
xiv. Sistemas de gestión de denuncias online.
xv. Sistemas de gestión de incidencias.
xvi. Herramientas para la comunicación de alarmas, incidencias, avisos.
3. Gastos de fomento de la interoperabilidad, sensibilización y formación:
a) Sensibilización y formación teórica y práctica de habilidades, uso y gestión de herramientas tecnológicas, marketing digital, explotación y análisis de datos.
b) Fomento de la interoperabilidad con distintas administraciones y agentes a lo largo de la cadena de valor turística, promover el acceso transparente y universal de los datos públicos de los servicios (tanto para su consulta como para su reutilización) por parte de ciudadanos, visitantes (turistas y excursionistas), profesionales y empresas del sector turístico, propiciando con estas actuaciones el crecimiento de la industria y el emprendimiento.
c) Formación, sensibilización y campañas para el fomento de la digitalización en el destino. Dentro de este concepto tendrán consideración de gastos subvencionables:
1.º Alquiler del espacio para la realización de las jornadas.
2.º Alquiler de mobiliario y de los equipos necesarios para la realización de las mismas.
3.º Subcontratación de un tercero para la realización de las mismas, siempre y cuando la actividad subcontratada con el tercero no supere el 80 por ciento del importe de la actividad subvencionada
4.º Honorarios de los ponentes. En ningún caso serán subvencionables los equipos o material para los asistentes, gastos vinculados a merchandising ni los gastos imputables para conocer las necesidades del sector previo a la realización de los talleres o jornadas.
FINANCIACIÓN:
La inversión máxima a realizar dependerá del número de habitantes que los beneficiarios tengan dentro de su demarcación, conforme a los datos del real decreto por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal a fecha de 1 de octubre de 2021 en el momento de presentar la solicitud:
a) Municipios de más de 300.000 habitantes: Inversión máxima de 300.000,00 de euros.
b) Municipios de entre 100.000 y 300.000 habitantes: Inversión máxima de 200.000,00 euros.
c) Municipios de menos de 100.000: Inversión máxima de 100.000,00 euros.
d) Las Comarcas, las Mancomunidades de Municipios u otras entidades locales de base agrupacional previstas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, las Diputaciones Provinciales y Forales, los Cabildos y Consejos insulares y las agrupaciones de entidades locales que estén constituidas conforme al artículo 11.3 de la Ley General de Subvenciones y en el artículo 67 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, de más de 500.000 habitantes: Inversión máxima de 500.000,00 euros.
e) Las Comarcas, las Mancomunidades de Municipios u otras entidades locales de base agrupacional previstas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, las Diputaciones Provinciales y Forales, los Cabildos y Consejos insulares y las agrupaciones de entidades locales que estén constituidas conforme al artículo 11.3 de la Ley General de Subvenciones y en el artículo 67 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, de entre 200.000 y 500.000 habitantes: Inversión máxima de 350.000,00 euros.
f) Las Comarcas, las Mancomunidades de Municipios u otras entidades locales de base agrupacional previstas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, las Diputaciones Provinciales y Forales, los Cabildos y Consejos insulares y las agrupaciones de entidades locales que estén constituidas conforme al artículo 11.3 de la Ley General de Subvenciones y en el artículo 67 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, de menos de 200.000 habitantes: Inversión máxima de 200.000,00 euros.»