Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos
ORDEN DE 10 DE OCTUBRE DE 2023, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS CON VIGENCIA INDEFINIDA DE LAS LÍNEAS DE SUBVENCIONES PARA LA TRANSFORMACIÓN DEL SECTOR COMERCIAL EN CANARIAS CON EL OBJETIVO DE CONVERTIR CANARIAS EN UN DESTINO COMERCIAL INTELIGENTE, EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER 2021-2027.
OBJETIVO:
La finalidad de estas subvenciones es la transformación del sector comercial para convertir Canarias en un Destino Comercial Inteligente, de modo que, a través de palancas como la inversión en determinadas infraestructuras y la explotación de los datos, por un lado, y la innovación y la transformación digital, la sostenibilidad y el respeto al medio ambiente y la integración en la comunidad local y la promoción cultural, por otro, se conviertan las zonas comerciales en polos de promoción cultural y turística.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
(i) Entidades locales (administraciones públicas locales) y agrupaciones de las mismas, así como las entidades dependientes de las mismas como sus empresas públicas, u
(ii) Organizaciones y asociaciones empresariales y de comerciantes, federaciones o agrupaciones de los órganos de gestión, y organismos de gestión de las zonas comerciales abiertas con personalidad jurídica propia, en su caso, o
(iii) Mercados Tradicionales de Canarias, en cuyo caso los beneficiarios serán los Ayuntamientos o las entidades gestoras, entendiéndose como tales aquellas que las propias entidades locales de ámbito municipal hayan autorizado para la gestión de los servicios de estos equipamientos comerciales.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
a) Línea de infraestructuras y datos, para la puesta en marcha de proyectos de inversión en infraestructuras y la explotación de los datos.
b) Línea de innovación, para el lanzamiento de proyectos de innovación y transformación digital, sostenibilidad y respeto al medio ambiente e integración en la comunidad local y la promoción cultural.
Los beneficiarios deben mantener los bienes objeto de subvención al fin concreto para el que se concedió la subvención durante un plazo de 5 años desde la finalización de la ejecución del proyecto o durante su vida útil. Ello no impedirá la sustitución de instalaciones o equipos que hayan quedado obsoletos o se hayan averiado dentro de ese periodo, siempre y cuando la actividad económica se mantenga en la zona de que se trate durante el periodo mínimo aplicable. Todo ello conforme a lo establecido en el artículo 31.4 y 31.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. El cumplimiento de este requisito estará sujeto a comprobaciones a criterio del órgano gestor de las subvenciones.
El beneficiario reintegrará la ayuda recibida si en los 5 años siguientes al pago de la subvención (último pago al beneficiario) el proyecto subvencionado de que se trate se encuentra en cualquiera de las circunstancias siguientes:
- el cese o la transferencia de una actividad productiva fuera de Canarias;
- un cambio en la propiedad de un elemento de infraestructura que proporcione a una empresa o a un organismo público una ventaja indebida;
- un cambio sustancial que afecte a la naturaleza, los objetivos o las condiciones de ejecución de la operación, de modo que se menoscaben sus objetivos originales.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Línea de infraestructuras y datos: se considerarán subvencionables aquellos proyectos
en los que se incluyan algunas de las siguientes acciones:
a) Implantación de Redes WiFi con la finalidad de mejorar la experiencia de cliente y generar sinergias con otros sectores que supongan beneficio mutuo.
No se considerarán subvencionables los proyectos destinados al despliegue de banda ancha móvil o fija.
b) Desarrollo de proyectos para la implantación de beacons (sensores) u otros proyectos de IoT (Internet de las Cosas), que permitan que objetos y dispositivos se conecten con sensores, software y otras tecnologías para la transmisión y recepción de datos, para mejorar la satisfacción del cliente, personalizando la oferta y la atención comercial, ofreciendo servicios integrales, mejorando la experiencia de compra, etc., el desarrollo de nuevos modelos de negocio y oportunidades de venta y la optimización de los procesos de los comerciantes, monitoreando la cadena de suministro, ofreciendo información sobre el punto de venta, sobre tráfico y afluencias dentro y fuera de la tienda, etc.
c) Implantación de proyectos de inteligencia artificial, aprendizaje automático y explotación de datos, que permitan, sobre la tecnología 4G o 5G, los proyectos de IoT y, específicamente, los beacons, la explotación de la gran cantidad de datos generados, de manera que se conviertan en conocimiento e información para el comercio que habiliten mejoras en su modelo de negocio generando nuevas oportunidades de venta, mejora de la relación con el cliente, etc.
d) Desarrollo de proyectos de open data, para que los datos generados, convertidos en conocimiento e información, estén disponibles y puedan ser utilizados libremente por administraciones, empresas y ciudadanos, de modo que se conviertan en herramienta para la gestión de los negocios pero también para inducir y propiciar nuevos negocios y orientar la oferta comercial.
Línea de innovación: se considerarán subvencionables los proyectos en los que se incluyan algunas de las siguientes acciones:
a) Gastos referidos a la innovación en el sector del comercio.
1.º- Proyectos que propicien la aparición de nuevos servicios adyacentes al comercio, tales como rutas tematizadas y personalizadas, visitas guiadas a productores, etc.
2.º- Proyectos que desarrollen nuevas formas de relación con el consumidor, fomentando la exportación (“conoce aquí, entrega en destino”), propiciando nuevas formas más sencillas y ágiles de financiación, desarrollando la “logística de última milla” u otras formas de entrega o delivery, instalando puntos de entrega inteligentes, etc.
3.º- Proyectos de transformación de la oferta, que pivoten en los mercados como polos de atracción turística o desarrollen nuevos segmentos de clientes, tales como los trabajadores remotos, silver economy, etc.
4.º- Proyectos relativos a la cadena de suministro e integración con productores, tales como el desarrollo de plataformas colaborativas entre productores locales, pymes comerciales y distribuidores que garanticen su interacción y colaboración, el impulso para la integración de proveedores locales o de “km 0” en las webs de comercio electrónico de los distribuidores, etc.
b) Gastos dirigidos a la transformación digital del comercio.
1.º- Mejora de la atención, relación y conocimiento del cliente y su fidelización, mediante el uso de nuevas tecnologías y técnicas de analítica avanzada.
2.º- Inversión en la transformación digital de los establecimientos comerciales para incorporar, mantener o mejorar las funcionalidades de la venta a través de canales digitales que fomenten la omnicanalidad de los modelos de negocio y mejoren la experiencia de compra en el entorno digital de los clientes.
3.º- Desarrollo de aplicaciones informáticas diseñadas para teléfonos móviles inteligentes u otro tipo de dispositivos o medios digitales que sirvan para promocionar productos y servicios de los comercios.
4.º- Digitalización de la gestión en el comercio, mediante la optimización, integración o automatización de una o varias operaciones de gestión interna del negocio, incluyendo desde la relación con proveedores hasta el cliente final.
5.º- Mejoras en el proceso de venta que, mediante la incorporación de nuevas tecnologías, faciliten la recogida de pedidos a través de fórmulas omnicanal en el establecimiento o área comercial.
6.º- Aplicación de nuevas tecnologías en el punto de venta con el objetivo de mejorar y actualizar el proceso de pago de los productos adquiridos, así como evitar colas y las aglomeraciones en los establecimientos comerciales, mejorar la gestión de turnos y la reserva de visita previa.
7.º- Transformación digital del comercio ambulante y canales cortos de comercialización.
c) Gastos relativos a sostenibilidad y respeto al medio ambiente.
1.º- Inversiones para reducir el consumo de insumos por parte del comercio y de los consumidores en sus establecimientos, y la sustitución de estos por otras alternativas más respetuosas con el medio ambiente.
2.º- Optimización de las operaciones de distribución comercial, entrega y devolución del producto o del residuo cuando proceda, mediante la incorporación de nuevas tecnologías y ecosistemas colaborativos que disminuyan los costes y el impacto medioambiental, prestando especial atención a la última milla.
3.º- Soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de otros suministros en los establecimientos comerciales, instauración de procesos con base tecnológica, eco-eficientes o para la correcta separación de los residuos (biorresiduos, papel, plástico, vidrio, etc.) para su posterior reciclado y valorización.
4.º- Otras actuaciones y soluciones dirigidas a mejorar la sostenibilidad y el respeto al medio ambiente, tales como proyectos “Reduce, Reutiliza, Recicla” como nuevo ángulo para el comercio, la implantación de calculadoras de huella de carbono u otros proyectos en colaboración con ONG u otras organizaciones o asociaciones, locales o regionales, como fórmula para compensar el impacto medioambiental.
d) Gastos dirigidos a la integración en la comunidad local y la promoción cultural, tales como proyectos de colaboración con ONG u otras organizaciones o asociaciones, locales o regionales, que fomenten actividades para involucrarse con la comunidad, de colaboración con programas que trabajen los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), proyectos que fomenten la promoción histórico cultural del entorno, etc., siendo valorada, en todo caso, la contribución del proyecto a la integración en la comunidad local y la promoción cultural en el apartado h) de la base decimoctava “Criterios de evaluación de las solicitudes.”
Se apoyarán, para cualquiera de los gastos enumerados en la presente base, aquellas actuaciones que sean consideradas como indispensables para la correcta implantación de las soluciones o programas propuestos, permitiendo conocer la situación de partida, la pertinencia de las actuaciones y necesidades del sector comercial, los resultados y el impacto esperado cualitativa y cuantitativamente, en su caso, así como el diseño del plan de acción, y que conduzcan a realizar una mejor selección y adaptación de las acciones a emprender por parte del beneficiario.
Se considerarán acciones subvencionables los estudios y planes estratégicos para el desarrollo del comercio en la medida en que impulsen o puedan propiciar la puesta en marcha de proyectos de innovación y transformación digital, sostenibilidad y respeto al medio ambiente e integración en la comunidad local y la promoción cultural de la línea de innovación, lo que habrá de acreditarse debidamente por el beneficiario.
Podrán incluirse dentro de los gastos subvencionables enumerados en la presente base, con un límite del 10% de la subvención recibida, los costes de las asistencias técnicas externas o la contratación de personal para la dirección y/o seguimiento de la ejecución de los proyectos, siempre que estén directamente relacionados y sean esenciales para el desarrollo de las actuaciones y estén bien justificados.
También será subvencionable el coste del informe del auditor a que se refiere la base vigesimosegunda, en los casos en que el mismo sea necesario.
FINANCIACIÓN:
En las dos líneas objeto de las presentes bases y en cada anualidad, las subvenciones mínima y máxima correspondientes a los gastos que se consideren subvencionables, excluido todo tipo de impuestos, serán las siguientes: subvención mínima de 25.000 euros y máxima de 300.000 euros.
Serán de aplicación los siguientes criterios en la línea de subvenciones referida a las infraestructuras y datos:
a) Calidad técnica de la propuesta o actuación presentada, medida según la calidad de la documentación presentada y la claridad y concreción en la exposición de la propuesta y sus objetivos (0 a 5 puntos).
b) Adaptabilidad de la propuesta como solución al problema y/o necesidad que se busca resolver. Se valorarán la exposición del problema, calidad del diagnóstico y claridad en la identificación del problema y las necesidades que se espera resolver y cómo el proyecto actuará de forma positiva sobre el problema en su totalidad o en parte. (0 a 15 puntos).
c) Grado de innovación y carácter demostrativo del proyecto presentado (0 a 15 puntos).
d) Capacidad del proyecto de dinamizar, actualizar y enriquecer la oferta comercial del municipio o ámbito geográfico del mismo, mejorando su atractivo comercial y turístico, atrayendo a nuevos perfiles de turistas y visitantes y mejorando los servicios prestados a clientes, turistas y visitantes. Se valorarán la exposición y justificación de cómo el proyecto actuará de forma positiva en el objetivo propuesto (0 a 15 puntos).
e) Proyectos integrales que conlleven varios tipos de inversiones de entre las establecidas en el apartado 3 de la base octava, en las letras de la a) a la d) (0 a 15 puntos):
1.º- Si incluye actuaciones de al menos 2 categorías de gasto subvencionables: 5 puntos.
2.º- Si incluye actuaciones de al menos 3 categorías de gasto subvencionables: 10 puntos.
3.º- Si incluye actuaciones de las 4 categorías de gasto subvencionables: 15 puntos.
f) Se valorará la contribución a la financiación del proyecto cuando estas aportaciones superen al menos el 10% de la subvención solicitada, con el siguiente desglose (0 a 15 puntos):
1.º- Si la cofinanciación es superior al 50% de la subvención solicitada: 15 puntos.
2.º- Si la cofinanciación está entre el 25% y el 49,99% de la subvención solicitada: 10 puntos.
3.º- Si la cofinanciación está entre el 10% y el 24,99% de la subvención solicitada: 5 puntos.
4.º- Si no hay cofinanciación o es inferior al 10% de la subvención solicitada: 0 puntos.
g) Cualquiera que fuera el beneficiario de la subvención, se valorará el alcance de la colaboración entre el operador de telecomunicaciones, la entidad local y las organizaciones y asociaciones empresariales y de comerciantes, federaciones o agrupaciones de los órganos de gestión u organismos de gestión de las zonas comerciales abiertas con personalidad jurídica propia del ámbito de influencia del proyecto, cuando contribuya a garantizar y/o aumentar su impacto en el comercio (0 a 10 puntos).
h) Proyectos supramunicipales que engloben una pluralidad de municipios y tengan un mayor impacto territorial, teniendo un carácter tractor, según el siguiente criterio (0 a 10 puntos):
1.º- Si el proyecto tiene un alcance territorial de al menos dos municipios: 4 puntos.
2.º- Si el proyecto tiene un impacto territorial que alcance entre tres y cinco municipios: 7 puntos.
3.º- Si el proyecto abarca más de cinco municipios: 10 puntos.
i) Se valorará la implicación en el proyecto del comercio de la zona o zonas de actuación (hasta 20 puntos).
Se valorará con 20 puntos el proyecto que más comercios vincule y se asignará al resto de proyectos la puntuación que en porcentaje le corresponda con respecto al mejor valorado.
j) Contribución del proyecto a la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, evitando cualquier discriminación por razón de sexo, raza u origen étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual. Se valorará la exposición y justificación de los objetivos y los efectos esperados (0 a 5 puntos).
Se aplicarán los siguientes criterios en la línea de subvenciones relativa a innovación:
a) Calidad técnica de la propuesta o actuación presentada, medida según la calidad de la documentación presentada y la claridad y concreción en la exposición de la propuesta y sus objetivos (0 a 5 puntos).
b) Adaptabilidad de la propuesta como solución al problema y/o necesidad que se busca resolver. Se valorará la exposición del problema, calidad del diagnóstico y claridad en la identificación del problema y las necesidades que se espera resolver y cómo el proyecto actuará de forma positiva sobre el problema en su totalidad o en parte (0 a 10 puntos).
c) Grado de innovación y carácter demostrativo del proyecto presentado (0 a 10 puntos).
d) Capacidad del proyecto de dinamizar, actualizar y enriquecer la oferta comercial del municipio o ámbito geográfico del mismo, mejorando su atractivo comercial y turístico, atrayendo a nuevos perfiles de turistas y visitantes y mejorando los servicios prestados a clientes, turistas y visitantes. Se valorará la exposición y justificación de cómo el proyecto actuará de forma positiva en el objetivo propuesto (0 a 10 puntos).
e) Contribución del proyecto a la innovación en el sector del comercio. Se valorará la exposición y justificación de los objetivos y los efectos esperados (0 a 10 puntos):
1.º- Por la inclusión de proyectos que propicien la aparición de nuevos servicios adyacentes al comercio, tales como rutas tematizadas y personalizadas, visitas guiadas a productores, etc.: 2 puntos.
2.º- Por la inclusión de proyectos que desarrollen nuevas formas de relación con el consumidor, fomentando la exportación (“conoce aquí, entrega en destino”), propiciando nuevas formas más sencillas y ágiles de financiación, desarrollando la “logística de última milla” u otras formas de entrega o delivery, instalando puntos de entrega inteligentes, etc.: 2 puntos.
3.º- Por la inclusión de proyectos de transformación de la oferta, que pivoten en los mercados como polos de atracción turística o desarrollen nuevos segmentos de clientes, tales como los trabajadores remotos, silver economy, etc.: 2 puntos.
4.º- Por la inclusión de proyectos relativos a la cadena de suministro e integración con productores, tales como el desarrollo de plataformas colaborativas entre productores locales, pymes comerciales y distribuidores que garanticen su interacción y colaboración, el impulso para la integración de proveedores locales o de “km 0” en las webs de comercio electrónico de los distribuidores, etc.: 2 puntos.
5.º Por la inclusión de actuaciones que combinen todas las anteriores: 10 puntos.
Para la obtención de la puntuación por este criterio se procederá a sumar de manera acumulativa las puntuaciones indicadas en los apartados 1.º a 4.º, salvo que realicen actuaciones de los cuatro apartados, en cuyo caso se les otorgará directamente la puntuación máxima indicada en el apartado 5.º.
f) Contribución del proyecto a la transformación digital del comercio. Se valorará la exposición y justificación de los objetivos y los efectos esperados (0 a 10 puntos):
1.º- Por la inclusión de inversiones para la mejora de la atención, relación y conocimiento del cliente y su fidelización, mediante el uso de nuevas tecnologías y técnicas de analítica avanzada: 1,5 puntos.
2.º- Por la inclusión de inversiones en la transformación digital de los establecimientos comerciales para incorporar, mantener o mejorar las funcionalidades de la venta a través de canales digitales que fomenten la omnicanalidad de los modelos de negocio y mejoren la experiencia de compra en el entorno digital de los clientes: 1,5 puntos.
3.º- Por la inclusión de inversiones para el desarrollo de aplicaciones informáticas diseñadas para teléfonos móviles inteligentes u otro tipo de dispositivos o medios digitales que sirvan para promocionar productos y servicios de los comercios: 1,5 puntos.
4.º- Por la inclusión de inversiones para la digitalización de la gestión en el comercio, mediante la optimización, integración o automatización de una o varias operaciones de gestión interna del negocio, incluyendo desde la relación con proveedores hasta el cliente final: 1 punto.
5.º- Por la inclusión de inversiones para las mejoras en el proceso de venta que, mediante la incorporación de nuevas tecnologías, faciliten la recogida de pedidos a través de fórmulas omnicanal en el establecimiento o área comercial: 1,5 puntos.
6.º- Por la inclusión de inversiones para la aplicación de nuevas tecnologías en el punto de venta con el objetivo de mejorar y actualizar el proceso de pago de los productos adquiridos, así como evitar colas y las aglomeraciones en los establecimientos comerciales, mejorar la gestión de turnos y la reserva de visita previa: 1 punto.
7.º- Por la inclusión de inversiones para la transformación digital del comercio ambulante y canales cortos de comercialización: 1 punto.
8.º- Por la inclusión de actuaciones que combinen, al menos, las de los apartados 1.º al 6.º, ambos inclusive: 10 puntos.
Para la obtención de la puntuación por este criterio se procederá a sumar de manera acumulativa las puntuaciones indicadas en los apartados 1.º a 7.º, salvo que realicen actuaciones que combinen, al menos, las de los apartados 1.º al 6.º, ambos inclusive, en cuyo caso se les otorgará directamente la puntuación máxima indicada en el apartado 8.º.
g) Contribución del proyecto a la mejora de la sostenibilidad y el respeto al medio ambiente. Se valorará la exposición y justificación de los objetivos y los efectos esperados (0 a 10 puntos):
1.º- Por la inclusión de inversiones para reducir el consumo de insumos por parte del comercio y de los consumidores en sus establecimientos, y la sustitución de estos por otras alternativas más respetuosas con el medio ambiente: 2 puntos.
2.º- Por la inclusión de inversiones para la optimización de las operaciones de distribución comercial, entrega y devolución del producto o del residuo cuando proceda, mediante la incorporación de nuevas tecnologías y ecosistemas colaborativos que disminuyan los costes y el impacto medioambiental, prestando especial atención a la última milla: 2 puntos.
3.º- Por la inclusión de inversiones consistentes en soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de otros suministros en los establecimientos comerciales, instauración de procesos con base tecnológica, eco-eficientes o para la correcta separación de los residuos (biorresiduos, papel, plástico, vidrio, etc.) para su posterior reciclado y valorización: 2 puntos.
4.º- Por la inclusión de inversiones para otras actuaciones y soluciones dirigidas a mejorar
la sostenibilidad y el respeto al medio ambiente, tales como proyectos “Reduce, Reutiliza, Recicla” como nuevo ángulo para el comercio, la implantación de calculadoras de huella de carbono u otros proyectos en colaboración con ONG u otras organizaciones o asociaciones, locales o regionales, como fórmula para compensar el impacto medioambiental: 2 puntos.
5.º- Por la inclusión de actuaciones que combinen todas las anteriores: 10 puntos.
h) Contribución del proyecto a la integración en la comunidad local y la promoción cultural, a través de proyectos de colaboración con ONG u otras organizaciones o asociaciones, locales o regionales, que fomenten actividades para involucrarse con la comunidad, de colaboración con programas que trabajen los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), proyectos que fomenten la promoción histórico cultural del entorno, etc. Se valorará la exposición y justificación de los objetivos y los efectos esperados (0 a 10 puntos).
i) Proyectos integrales que conlleven varios tipos de inversiones de entre las establecidas en el apartado 4 de la base octava, en las letras de la a) a la d) (0 a 5 puntos):
1.º- Si incluye actuaciones de al menos 2 categorías de gasto subvencionables: 3 puntos.
2.º- Si incluye actuaciones de al menos 3 categorías de gasto subvencionables: 4 puntos.
3.º- Si incluye actuaciones de las 4 categorías de gasto subvencionables: 5 puntos.
j) Se valorará la contribución a la financiación del proyecto por el beneficiario de la subvención y/o por las entidades con las que se acuerde cuando estas aportaciones superen al menos el 10% de la subvención solicitada, con el siguiente desglose (0 a 15 puntos):
1.º- Si la cofinanciación es superior al 50% de la subvención solicitada: 15 puntos.
2.º- Si la cofinanciación está entre el 25% y el 49,99% de la subvención solicitada: 10 puntos.
3.º- Si la cofinanciación está entre el 10% y el 24,99% de la subvención solicitada: 5 puntos.
4.º- Si no hay cofinanciación o es inferior al 10% de la subvención solicitada: 0 puntos.
k) Se valorará el compromiso de colaboración y su alcance entre el beneficiario de la subvención y, según proceda, la entidad local del ámbito de influencia del proyecto o las organizaciones y asociaciones empresariales y de comerciantes, federaciones o agrupaciones de los órganos de gestión y organismos de gestión de las zonas comerciales abiertas con personalidad jurídica propia, cuando contribuya a garantizar y/o aumentar el impacto del proyecto en el comercio (0 a 5 puntos).
l) Proyectos supramunicipales que engloben una pluralidad de municipios y tengan un mayor impacto territorial, teniendo un carácter tractor, según el siguiente criterio (0 a 10 puntos):
1.º- Si el proyecto tiene un alcance territorial de al menos dos municipios: 4 puntos.
2.º- Si el proyecto tiene un impacto territorial que alcance entre tres y cinco municipios: 7 puntos.
3.º- Si el proyecto abarca más de cinco municipios: 10 puntos.
m) Se valorará la implicación en el proyecto del comercio de la zona o zonas de actuación (hasta 20 puntos).
Se valorará con 20 puntos el proyecto que más comercios vincule y se asignará al resto de proyectos la puntuación que en porcentaje le corresponda con respecto al mejor valorado.
n) Contribución del proyecto a la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres, evitando cualquier discriminación por razón de sexo, raza u origen étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual. Se valorará la exposición y justificación de los objetivos y los efectos esperados (0 a 5 puntos).
4. En cada una de las líneas, los proyectos deberán obtener una puntuación mínima de 50 puntos.
ENLACES DE INTERÉS:
BASES REGULADORAS