AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE
BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DE LA
SUBVENCIÓN PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD CULTURAL EN EL MUNICIPIO DE SANTA
CRUZ DE TENERIFE 2021.
OBJETIVO:
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a sufragar los gastos
de financiación de la producción, difusión, diseño o creación de actividades y eventos
culturales que se consideren de particular interés y contribuyan a la consecución del equilibrio
en la oferta cultural del municipio de Santa Cruz de Tenerife
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
• Empresas privadas, trabajadores autónomos y empresarios individuales que realicen
actividades de carácter cultural.
• Particulares, Fundaciones y Asociaciones Culturales, dotadas de personalidad jurídica
propia, sin ánimo de lucro, que realicen actividades de carácter cultural.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
1. Eventos, festivales, ciclos, exposiciones y programas que sean referentes en la ciudad o
estén dirigidos a la promoción de la cultura en Santa Cruz de Tenerife, en cualquiera de sus
ámbitos (artes escénicas, música, audiovisuales, letras, folklore, artes plásticas, etc.) y estén
organizados y gestionados por promotores culturales locales.
2. A centros que realicen presentaciones de arte, actuaciones, exposiciones de artes visuales o
audiovisuales. Apoyo a centros artísticos y artes escénicas abiertos a la comunidad. Los
postulantes deben de contar con infraestructura, cuyo fin principal sea la programación
cultural abierta al público. Pueden presentarse salas de teatro, cine, música en vivo, danza,
espacios de artes visuales, librerías, circo, entre otros.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Solo serán subvencionables las actuaciones realizadas dentro del año natural en el que se
realice la convocatoria, que tengan relación directa con el objeto con los proyectos culturales
objeto de la subvención.
No serán subvencionables los gastos de adquisición de mobiliario, equipos informáticos y
análogos.
FINANCIACIÓN:
La subvención en ningún caso superará el 75 % del coste del proyecto o actividad a
financiar; A estos efectos, la cantidad correspondiente al coste total del proyecto o
actividad será la que se determine por la entidad en su solicitud (Presupuesto de gastos).
Concepto 1: eventos, festivales y programas que sean referentes en la ciudad o estén dirigidos
a la promoción de la cultura en Santa Cruz de Tenerife, en cualquiera de sus ámbitos (artes
escénicas, música, audiovisuales, letras, folklore, artes plásticas, etc.) y estén organizados y
gestionados por promotores culturales locales). Se repartirá un total de CINCUENTA Y SEIS MIL
EUROS (56.000€).
Importes otorgados según la puntuación obtenida en el proyecto, siendo el de mayor
puntuación el de la primera clasificación y orden descendente hasta el último grupo de
clasificación, atendiendo los criterios de valoración del artículo 11:
- 1ª Clasificación: Importe que se concede por valor de 12.000,00 €.
- 2ª Clasificación: Importe que se concede por valor de 10.000,00 €.
- 3ª Clasificación: Importe que se concede por valor de 8.000,00 €.
- 4ª Clasificación: Importe que se concede por valor de 6.000,00 €.
- 5ª, 6ª, 7ª, 8ª y 9ª Clasificación: Importe que se concede por valor de 4.000,00 € para
cada clasificación.
Concepto 2: actividades y programas orientados a la dinamización sociocultural, fomento de la
interculturalidad, promoción de la vida cultural, al desarrollo de la cultura como valor de
integración y cohesión social, como valor de consecución de la igualdad de género, la inclusión
social, la tolerancia y el conocimiento de la pluralidad cultural, al desarrollo personal en el
ámbito de la cultura facilitando el conocimiento y potenciando la creatividad, etc. y estén
organizados y gestionados por promotores culturales locales. Se repartirá un máximo de
VEINTIOCHO MIL EUROS (28.000€).
Importes otorgados según la puntuación obtenida en el proyecto, siendo el de mayor
puntuación el de la primera clasificación y orden descendente hasta el último grupo de
clasificación, atendiendo los criterios de valoración del apartado 11:
- 1ª Clasificación: Importe que se concede por valor de 8.000,00 €.
- 2ª y 3ª Clasificación: Importe que se concede por valor de 6.000,00 € cada clasificación.
- 3ª y 4º Clasificación: Importe que se concede por valor de 4.000,00 € cada clasificación.