Cabildo Insular de Tenerife
ANUNCIO RELATIVO A LAS BASES QUE HAN DE REGIR EL OTORGAMIENTO DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LOS CLUBES Y ASOCIACIONES DE PERSONAS MAYORES DE LA ISLA DE TENERIFE PARA LOS EJERCICIOS 2023-2024
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LOS CLUBES Y ASOCIACIONES DE PERSONAS MAYORES EN LA ISLA DE TENERIFE PARA EL EJERCICIO 2023
OBJETIVO:
La finalidad de estas subvenciones es fomentar y apoyar el papel de los Clubes y
Asociaciones de personas mayores en actividades destinadas a la promoción de la salud, física,
psíquica y la integración social, al ser instrumentos que sirven de plataformas para la
participación al posibilitar el encuentro, la convivencia y el apoyo a las relaciones sociales, lo que
posibilita que se envejezca con una mayor calidad de vida y con mayores niveles de autonomía
e independencia.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Clubes y Asociaciones de personas mayores
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Talleres o actividades destinados a la promocionar y prevención fomento de la salud,
entre cuyos objetivos se encuentre el potenciar la autonomía, la permanencia de la
persona mayor en su entorno habitual con la mayor calidad de vida posible, el
mantenimiento y mejora de capacidades, y aquellos otros que ofrezcan alternativas que
permiten cubrir el ocio y tiempo libre de forma activa, creativa y terapéutica.
• Talleres o actividades destinados a acercar los medios telemáticos, la informática y
tecnología.
• Talleres o actividades destinados a la promocionar la cultura mediante el aprendizaje y/o
la formación continua.
• Talleres o actividades destinados a favorecer la inclusión social y evitar el aislamiento o
la soledad, el fomento de la solidaridad intergeneracional, el voluntariado social y la
sensibilización hacia el colectivo de personas mayores.
• Talleres o actividades destinados a potenciar la participación social efectiva y al impulso
del asociacionismo.
• Cualquier otro taller o actividad destinado a la prevención o promoción de la salud del
colectivo de personas mayores.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
• Gastos de asesorías/gestoría para la tramitación de esta subvención.
• Los gastos originados por la contratación de personal externo y todos aquellos
relacionados directamente con la contratación de servicios destinados a las líneas
estratégicas recogidas o en general el cumplimiento del objeto del programa y/o
proyecto subvencionado.
• Los gastos de transporte y demás gastos corrientes, incluida la alimentación, que se
puedan originar como consecuencia del desarrollo de los talleres o actividades.
• Material no inventariable, para el desarrollo de actividades, talleres, etc.
• Gastos de contratación de seguros para realizar la actividad.
FINANCIACIÓN:
Cada Club o Asociación podrá pedir a lo largo del ejercicio económico una subvención
por una cuantía máxima que no supere la cantidad de seis mil euros (6.000 € c/u), pudiendo
desarrollar con ese importe diferentes programas o actividades.
Sólo de forma excepcional los Clubes o Asociaciones que ya se hayan beneficiado de una
subvención anterior por el importe máximo de 6.000 €, podrán solicitar una segunda, por
importe de tres mil euros (3.000 €), previo informe específico emitido por las técnicas de la
Comisión de Valoración quienes tendrán en cuenta situaciones de especialidad y
extraordinarias, en cuyo caso corresponderá a la Presidencia dictar el Decreto de otorgamiento.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
REGISTRO ELECTRÓNICO COMÚN (REC) de
la Administración General del Estado -Ministerio de Hacienda y Función Pública.
(https://www.iass.es/rec)
Plazo: podrán presentarse las solicitudes desde el día siguiente a la publicación del
extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial (22 de junio 2023) de la Provincia hasta que se agote el crédito o
en su caso hasta el 15 de noviembre de cada año