Cabildo Insular de Tenerife
BASES REGULADORAS DE LAS
SUBVENCIONES DESTINADAS A LOS CLUBES
DEPORTIVOS DE LA ISLA DE TENERIFE QUE
PARTICIPEN EN CATEGORÍAS ABSOLUTAS DE
COMPETICIONES OFICIALES NO
PROFESIONALES DE ÁMBITO NACIONAL
OBJETIVO:
subvenciones a los equipos
deportivos de la isla de Tenerife que militen en las
categorías absolutas nacionales de las distintas
modalidades deportivas.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán ser beneficiaros de las subvenciones
recogidas en las presentes Bases reguladoras aquellos
clubes deportivos de la isla de Tenerife, legalmente
inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de
Canarias, que participen en categorías absolutas de
competición oficiales no profesionales de ámbito
nacional
GASTOS SUBVENCIONABLES:
a) Pago a jugadores, técnicos y demás personal del
Club.
b) Gastos de desplazamientos, entendiéndose como
tales los relativos a alojamiento, dietas y transporte
interior en el lugar de competición, excluyéndose el
transporte aéreo y marítimo.
c) Gastos de alquileres de viviendas para el alojamiento
de jugadores y/o técnicos del equipo en categoría
nacional.
d) Pagos a la Seguridad Social o a la Administración
Tributaria (no considerándose gastos subvencionables
los impuestos indirectos cuando sean susceptibles
de recuperación o compensación ni los impuestos
personales sobre la renta).
e) Gastos federativos (cuota de inscripción en las
competiciones, cuotas y derechos arbitrales, licencias
y seguros deportivos y similares).
f) Servicios de fisioterapia deportiva, preparadores/as
físicos/as, nutricionistas, psicólogos/as deportivos/as
o similares.
g) Gastos inherentes a medidas de prevención
adoptadas para hacer frente a la crisis sanitaria
ocasionada por el COVID19 durante el desarrollo de
entrenamientos y partidos de competición, así como
aquellos gastos en los que ya se hubiera incurrido
relacionados con algún desplazamiento (alojamiento,
transporte en destino, etc.), si finalmente la competición
o encuentro fuera cancelada con motivo de lo establecido
en el apartado 11.6º de las presentes Bases.
h) Gastos de material deportivo y equipaciones.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
Una vez publicado el extracto de la convocatoria
en el Boletín Oficial de la Provincia, las solicitudes
se formalizarán por los por interesados en el plazo que marque dicho extracto
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