Cabildo Insular de Tenerife
BASES Y CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA DE TENERIFE PARA REALIZACIÓN DE PROYECTOS DE IGUALDAD
OBJETIVO:
Los proyectos podrá versar sobre prevención de la violencia de género o sobre formación para el empleo para mujeres en situación de vulnerabilidad
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Ayuntamientos de la isla de Tenerife
Quedan excluidas expresamente el resto de entida-des públicas locales de la isla de Tenerife, así como sus organismos autónomos, empresas públicas y otros entes y asociaciones municipales.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Prevención de la violencia de género.
Proyectos de estudio e investigación cuyos resul-tados posibiliten, entre otras consideraciones, poner en marcha líneas de actuación en prevención de la violencia de género.Proyectos de sensibilización y/o formación dirigidos a agentes que intervienen directa o indirectamente en la prevención de violencia de género en cualquiera de sus niveles (prevención primaria, secundaria y terciaria) o en la atención a mujeres en situación de violencia.
Proyectos de intervención en prevención de violencia en cualquiera de sus niveles dirigidos a colectivos específicos de mujeres con mayor vulnerabilidad, entre otros:discapacidad, trans, migrantes, rurales.
Formación para el empleo.
Medidas complementarias en itinerarios de inserción ya iniciados, o a iniciar, por la propia entidad soli-citante para la mejora en el acceso y mantenimiento de las mujeres en el mercado laboral.
Acciones formativas para la mejora de la emplea-bilidad, incluyendo las tecnologías de información y comunicación para aquellos colectivos de mujeres en situación de mayor vulnerabilidad.
Proyectos de formación para el empleo con demanda en el mercado laboral, preferentemente en profesiones subrepresentadas para aquellas mujeres con mayor vulnerabilidad.
Los proyectos deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Comenzar su ejecución en el presente año natural.
b) Contar con un plazo máximo para la realización de la actividad objeto de financiación de doce (12) meses a contar desde el inicio del proyecto, que podrá haber comenzado desde el 1 de enero de 2020.
c) Ser viable económicamente. La viabilidad económica se acreditará por medio de un presupuesto de gastos e ingresos equilibrado, precisando en el apartado de ingresos la cantidad solicitada al Cabildo de Tenerife, y cualquier otra aportación pública o privada
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Gastos de desplazamiento de las beneficiarias directas del proyecto.
Adquisición de material fungible, que tenga una duración previsiblemente inferior al año, y no sea inventariable.
Gastos de publicidad y propaganda, y difusión del proyecto (máximo 10% del importe concedido).
Servicios profesionales: entendiendo por tales los requeridos por el proyecto para la realización de cursos, talleres, publicaciones, asistencias técnicas u otras necesidades contempladas en el proyecto, realizadas por profesionales autónomos sin relación laboral con el Ayuntamiento.
Gastos de personal relativos al funcionamiento del proyecto: se incluirán los gastos derivados de la contratación y prestación de servicios personales ya sea de forma fija o temporal.
Se incluyen salarios y seguros sociales. No se incluyen penalizaciones o compensaciones por incumplimiento del contrato achacables a la beneficiaria de la subvención, ni recargos por impago o retrasos en impuestos retenidos o seguridad social.
Prima de seguro de responsabilidad civil por daños a terceras personas, en el supuesto de que la entidad beneficiaria realice actividades de información, orientación y asesoramiento a mujeres en su local social, o seguros contratados para la ejecución puntual de actividades dirigidas a terceras personas.
FINANCIACIÓN:
La subvención a otorgar podrá alcanzar el 100% del presupuesto total del proyecto presentado, hasta el máximo establecido en la cláusula 3 de las presentes Bases, según la población del municipio que se trate.
M1: Municipios con población de 5.000 a 10.000 habitantes.Hasta un máximo de 2.354,00 €.
oArafo, Arico, Buenavista, Fasnia, Garachico, la Guancha, La Matanza de Acentejo, San Juan de la Rambla, El Sauzal, Los Silos, El Tanque, Vilaflor y La Victoria de Acentejo.
M2: Municipios con población de 10.001- 40.000 habitantes.Hasta un máximo de 3.353,00 €.
oCandelaria, Guía de Isora, Güimar, Icod de los Vinos, Puerto de La Cruz, Los Realejos, San Miguel de Abona, Santa Úrsula, Santiago del Teide, Tacoronte, Tegueste, El Rosario.
M3: Municipios con población superior a 40.001 habitantes.Hasta un máximo de 8.187,00€.
oArona, San Cristobal de La Laguna, Santa Cruz de Tenerife, Adeje, Granadilla de Abona, La Orotava