Servicio Canario de Empleo
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 1 DE AGOSTO DE 2023, DE LA PRESIDENTA, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES CON CARGO AL PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN LABORAL DE DESEMPLEADOS DE LARGA DURACIÓN “RETORNO AL EMPLEO”, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2023-2024.
OBJETIVO:
favorecer la contratación laboral, la lucha contra el desempleo y la inserción socio-laboral de los desempleados de larga duración, conforme la legislación aplicable, al mismo tiempo que contribuirá a aumentar la productividad y la competitividad de las entidades contratantes.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán ser entidades beneficiarias de la subvención regulada en estas bases cualquier entidad, ya sea persona física o jurídica, con capital íntegramente privado, acogida a cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, que formalice nuevos contratos laborales de la tipología prevista en las presentes bases, o presenten en el momento de la Solicitud, un compromiso de contratación con arreglo a lo previsto en las mismas.
FINANCIACIÓN:
1.1. Por contratos indefinidos: 8.000,00 euros por contrato. En el caso de contratos indefinidos celebrados con mayores de 45 años en el momento de la contratación, la subvención se incrementará en 1.000,00 euros.
1.2. Por contratos temporales: 4.000,00 euros por contrato temporal, con una duración igual o superior a 6 meses (mínima exigible), e inferior a 12 meses.
Por contratos temporales con una duración de 12 meses, o superiores, se concederán 6.000,00 euros.
2. Los importes de subvención descritos se corresponden con contratos a jornada completa. En el supuesto de contratos a tiempo parcial, será aplicable el criterio de proporcionalidad, viéndose disminuida la correspondiente subvención, en atención a la jornada por la que se hubiere suscrito el contrato, que en cualquier caso, no podrá ser inferior a la que se establezca en la convocatoria.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
- Para el primer periodo (contratos laborales suscritos en los meses de abril, mayo, junio, julio y agosto de 2023): durante los primeros diez (10) días hábiles del mes de septiembre 2023.
- Para el segundo periodo (contratos laborales suscritos en los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2023): durante los primeros diez (10) días hábiles del mes de diciembre de 2023.
- Para el tercer periodo (contratos laborales suscritos en los meses de diciembre de 2023, enero, febrero y marzo de 2024): durante los primeros diez (10) días hábiles del mes de abril de 2024.
La solicitud de subvención Retorno al Empleo deberá presentarse inexcusablemente a través del procedimiento electrónico habilitado a tales efectos en la sede electrónica del SCE, y que se expone a continuación: https://sede.gobiernodecanarias.org/empleo/procedimientos_servicios/tramites/4586