Cabildo Insular de Tenerife
BASES REGULADORAS QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRECTAS A LOS AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA DE TENERIFE DESTINADAS A APOYAR PROYECTOS QUE CONTRIBUYAN A LA CONSECUCIÓN DE LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE A NIVEL LOCAL, ASÍ COMO A LA DIVERSIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA PRODUCTIVA INSULAR
EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRECTAS A LOS AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA DE TENERIFE DESTINADAS A APOYAR PROYECTOS QUE CONTRIBUYAN A LA CONSECUCIÓN DE LOS OBJETIVOS DE DESARROLLO SOSTENIBLE A NIVEL LOCAL, ASÍ COMO A LA DIVERSIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA PRODUCTIVA INSULAR, PARA EL EJERCICIO 2022
OBJETIVO:
apoyar proyectos para la puesta en marcha de obras o servicios de interés general y social que contribuyan a la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible a nivel local, así como a mejorar su adaptabilidad y resiliencia de cara a progresar en la diversificación de la estructura productiva insular
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Se considerarán entidades beneficiarias los 31 Ayuntamientos de la isla de Tenerife. Quedan excluidos expresamente el resto de entidades públicas locales de la Isla de Tenerife, así como sus organismos autónomos, empresas públicas y otros entes y asociaciones municipales.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Los proyectos supondrán la realización de obras o servicios de interés general y social, con el fin de conseguir el objeto de la línea de subvención, enmarcados en una o en varias de las siguientes líneas:
▪ Elaboración de planes y proyectos que contribuyan al desarrollo sostenible del municipio, especialmente de la Agenda Local 2030.
▪ Valorización del patrimonio natural y cultural del municipio.
▪ Eficiencia energética y energías renovables.
▪ Educación para la sostenibilidad.
▪ Uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y comunicación.
▪ Igualdad entre hombres y mujeres.
▪ Turismo de ámbito local.
▪ Mejora del medio ambiente urbano y de la gestión de los residuos sólidos urbanos.
▪ Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales.
▪ Mejora de los servicios de bienestar social.
▪ Fomento y promoción del desarrollo económico y social municipal. Se ejecutará el proyecto presentado en la memoria inicial garantizando alcanzar los objetivos, actuaciones y perfiles de personas trabajadoras participantes que sean coherentes entre sí, además de contemplar los siguientes aspectos:
➔ Dirigirse a la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible a nivel local.
➔ Potenciar la diversificación de la estructura productiva insular.
➔ Fomentar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
B) Para la ejecución de los proyectos se podrán contratar personas desempleadas con los siguientes perfiles:
- Perfiles de puestos cualificados
- Perfiles de puestos no cualificados
Los proyectos a financiar tendrán que cumplir con la contratación de un porcentaje mínimo de personas cualificadas sobre el total de personas a contratar, que no sean de coordinación y apoyo, que será variable en función del tamaño de la población del municipio:
● Menos de 10.000 habitantes: 25%
● Entre 10.001 y 30.000 habitantes: 40%
● Más de 30.000 habitantes: 50%
Fases de ejecución.
Fase 1.- Selección de las personas participantes en el proyecto.
Fase 2.- Orientación, seguimiento y prospección
Fase 3.- Formación.
La duración total de la formación por persona desempleada participante no cualificada, no podrá ser inferior a 105 ni superior a 225 horas. El número de horas de formación impartida al colectivo de personas desempleadas cualificadas, no podrá ser inferior a 45 horas ni superior a 225. Para el personal de apoyo y/o coordinación, el número de horas de formación será como mínimo de 15, no pudiendo superar las 225 horas de máximo.
Fase 4.- Contratación laboral temporal y ejecución de actividades y servicios.
La contratación tendrá una duración entre 6 y 12 meses. Los contratos a realizar podrán tener diferente duración y fecha de comienzo, incluyendo a los del personal de apoyo y/o coordinación, si bien tanto la duración como la fecha de comienzo deberán de fijarse siguiendo un criterio razonable de agrupación por actividades.
La duración del proyecto será de un máximo de entre 12 y 18 meses a partir de la fecha de la notificación de la resolución de concesión de subvenciones. Este plazo será variable y resultará de sumar 6 meses al plazo de duración del contrato más largo. Dicho plazo podrá prorrogarse por el Cabildo de Tenerife, de oficio o a solicitud suficientemente motivada por la entidad beneficiaria, formulada con una anterioridad de dos meses antes de su fecha de vencimiento, siempre que no suponga modificación o alteración del proyecto subvencionado.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
5.A.- Gastos relacionados directamente con la fase formativa. El importe máximo que se subvencionará para gastos derivados de la formación será el 10% del coste total subvencionable del proyecto. Este capítulo de gastos comprenderá aquellos ligados directamente a la ejecución de las actividades formativas como:
- Alquiler de: aulas, de maquinaria y/o de equipos informáticos.
- Contratación de docentes.
- Material didáctico.
- Seguros, etc. La entidad beneficiaria podrá subcontratar las actividades formativas, si no dispone de recursos humanos y materiales para realizar las mismas, cumpliendo con la legislación de Contratos del Sector Público.
5.B.- Becas abonadas a las personas participantes en la fase formativa.
Los ayuntamientos beneficiarios deberán prever que durante la fase de formación las personas participantes recibirán una beca de 3€ por hora efectiva de asistencia a las actividades formativas, recomendando que la jornada de formación no supere las 6 horas diarias, salvo razones excepcionales de carácter organizativo. No será subvencionable el importe de las becas abonadas en el caso de ausencias de los participantes, tanto justificadas como no justificadas. Las personas participantes en la fase de formación tendrán que completar como mínimo el 75% de las horas previstas en cada uno de los tres tipos de formación (transversal, competencias blandas y profesionalizantes) para poder recibir la cuantía de beca que les corresponda.
5.C.- Costes del personal contratado específicamente para la realización del proyecto.
Será subvencionable al 100%, el importe de los sueldos brutos más las cargas de la Seguridad Social imputables a la Entidad beneficiaria y la indemnización por finalización de contrato, así como otros costes imputables que constituyan la remuneración, siempre que así esté recogido en el Convenio Colectivo de aplicación (excluyendo los correspondientes a recargos o sanciones por cualquier tipo de incumplimiento de la normativa).
Los gastos subvencionables deberán cumplir los siguientes requisitos:
● Tener naturaleza de gasto corriente, no siendo subvencionables los gastos de inversión/capital.
● Tener una relación directa e indubitada con la actividad subvencionada y ser adecuados a los objetivos de las presentes bases.
● Ser necesarios para llevar a cabo el proyecto subvencionado.
● Deben ser realizados con anterioridad a la finalización del plazo de ejecución.
● Los pagos deben ser realizados preferentemente en el periodo de ejecución del proyecto. No obstante, podrán efectuarse excepcionalmente hasta 15 días después de la fecha de finalización del proyecto, salvo los relativos a las cotizaciones sociales e IRPF que deben serlo en el plazo legal ordinario establecido.
FINANCIACIÓN:
El importe de las subvenciones a conceder será del 100% del coste del proyecto considerado como subvencionable, calculado de acuerdo con lo establecido en la Base 5ª, con el límite máximo establecido para cada municipio en la respectiva convocatoria:
Adeje: 234.481,55 €
Arafo: 224.125,92 €
Arico: 227.735,03€
Arona: 368.727,73€
Buenavista del Norte: 225.313,01€
Candelaria: 217.341,74 €
Fasnia: 209.471,83€
Garachico: 226.456,78€
Granadilla de Abona: 288.099,78 €
La Guancha: 226.693,47 €
Guía de Isora: 200.844,10 €
Güimar: 224.553,16 €
Icod de los Vinos: 247.152,03€
La Laguna: 622.253,09€
La Matanza de Acentejo: 241.428,77€
La Orotava: 292.679,32€
Puerto de la Cruz: 250.131,92 €
Los Realejos: 288.812,43€
El Rosario: 257.385,67€
San Juan de la Rambla: 223.308,32€
San Miguel: 186.200,31 €
Santa Cruz de Tenerife: 785.666,87 €
Santa Úrsula: 279.333,29€
Santiago del Teide: 223.782,51€
El Sauzal: 241.387,58€
Los Silos: 228.156,92 €
Tacoronte: 234.713,83 €
El Tanque: 218.993,89 €
Tegueste: 236.942,98 €
La Victoria de Acentejo: 251.604,63 €
Vilaflor de Chasna: 196.221,53€