Servicio Canario de Empleo
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 26 DE DICIEMBRE DE 2023, DE LA PRESIDENTA, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN DE PROGRAMAS FORMATIVOS CON COMPROMISO DE CONTRATACIÓN DIRIGIDOS A PERSONAS DESEMPLEADAS PARA LOS EJERCICIOS 2024 Y 2025.
OBJETIVO:
financiación de programas formativos con compromiso de contratación, en régimen de concurrencia no competitiva abierta
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
a) Las empresas o entidades que adquieran para sí mismas el citado compromiso de contratación, con ámbito territorial en la Comunidad Autónoma de Canarias, al que va dirigido su programa formativo.
b) Las entidades de formación acreditadas y/o inscritas, en los términos del artículo 15 de la Ley 30/2015, en cuyo caso podrán asumir el compromiso de contratación mediante acuerdos o convenios con otras empresas que efectuarán la contratación.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Serán subvencionables los programas formativos integrados por una o varias acciones formativas del catálogo de especialidades del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) sean o no Certificados de profesionalidad, denominado “Catálogo de Especialidades Formativas”, según lo establecido en la Orden TMS/283/2019, de 12 de marzo, dirigidos a personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en el SCE, que incluyan compromiso de contratación durante un periodo mínimo de 6 meses a jornada completa y de 9 meses cuando la jornada sea a tiempo parcial, de al menos el 40% de los alumnos/as formados en la acción formativa o el itinerario formativo.
Serán subvencionables los programas formativos integrados por una o varias acciones formativas del catálogo de especialidades del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) sean o no Certificados de profesionalidad, denominado “Catálogo de Especialidades Formativas”, según lo establecido en la Orden TMS/283/2019, de 12 de marzo, dirigidos a personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo en el SCE, que incluyan compromiso de contratación durante un periodo mínimo de 6 meses a jornada completa y de 9 meses cuando la jornada sea a tiempo parcial, de al menos el 40% de los alumnos/as formados en la acción formativa o el itinerario formativo.
Los itinerarios no podrán superar 800 horas. En el caso que el itinerario este compuesto por una acción formativa y la formación complementaria obligatoria la duración no podrá superar las 1.340 horas.
Compromisos de inserción e implicaciones económicas
El compromiso de contratación se establecerá sobre un porcentaje del total de personas trabajadoras formadas, que no podrá ser inferior al 40 por ciento de los mismos.
La entidad beneficiaria deberá realizar el porcentaje de contrataciones que se establezcan en la memoria presentada con la solicitud. En cualquier caso, el porcentaje mínimo de personas a contratar será de un 40% de los alumnos/as que hayan asistido, al menos, al 75 por ciento de la duración de la acción formativa o itinerario. El compromiso de contratación se realizará por acción formativa o itinerario formativo, sin que pueda admitirse compensaciones entre otras acciones subvencionadas para cumplir el porcentaje.
Para la cuantificación del importe subvencionable se contabilizará la totalidad del alumnado que haya superado el 75% de la acción formativa o itinerario, añadiéndose posteriormente las bajas por contrato y el alumnado que haya abandonado la acción formativa o itinerario por las causas mencionadas , posteriormente se aplicará una reducción por el resultante de la diferencia entre el número de contratos comprometidos y establecidos en la resolución de asignación, y el número de alumnos/as finalmente contratados/as y válidos según los criterios de la presente convocatoria, siendo por tanto:
A: Alumnos/as que cumplen el 75% de la acción formativa o itinerarios
B: Desviación con un máximo de 2 alumnos/as
C: Alumnos/as que causan baja por contrato
D: Alumnos/as que causan baja por IT
E: Alumnos/as comprometidos/as en la resolución de asignación F: Alumnos/as finalmente contratados/as
Alumnos/as Subvencionables = A+B+C+D-(E-F)
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Financiación y módulos económicos de la acción formativa.
Se entiende por módulo económico, el coste por participante y hora de formación que podrá ser objeto de financiación pública. Los módulos económicos (coste/hora/alumno/a) aplicables a efectos de determinación de las subvenciones destinadas a la financiación de cada una de las acciones formativas, se publica en el Anexo II de esta convocatoria. Estos módulos económicos específicos se han obtenido tras el estudio de su adecuación a los precios de mercado en función de la singularidad, especialización y características técnicas de las distintas especialidades formativas, a través del estudio de costes económicos de cada una de ellas, elaborado por una Entidad Empresarial Auditora en junio de 2019 por encargado por el Servicio Canario de Empleo y que han servido de base para aplicar el método de justificación a través del sistema de módulos. Estos módulos se han actualizado para 2023 en base a las tasas interanuales del IPC en el periodo 2019-2022, y que han servido de base para aplicar el método de justificación a través del sistema de módulos. Los módulos se actualizarán en la anualidad del 2025 en base a las tasas interanuales del IPC actualizado al año 2024 siguiendo el mismo procedimiento que el indicado en el párrafo anterior.
FINANCIACIÓN:
La cuantía máxima de subvención a conceder por cada acción formativa se determinará mediante el producto del número total de horas de formación teórica por el número de alumnos/as y por el importe del módulo económico que se establece para el área profesional al que pertenezca cada especialidad.
El importe de la subvención correspondiente al módulo de formación práctica en centro de trabajo (FCT) se destinará a la financiación de los costes que supone la actividad del tutor de dichas prácticas realizadas en las condiciones previstas en el RD 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen certificados de profesionalidad correspondientes a la formación impartida. En el caso de Teleformación la cuantía del módulo será como máximo de 5,56 €, y el módulo FCT (módulo de practicas en el centro de trabajo) por un máximo de 3 euros.
Se establece un límite máximo de subvención por entidad de trescientos mil (300.000) euros para el total de la convocatoria. Cuando el proyecto completo vaya dirigido a la formación de economía azul, economia verde y la formación a impartir se encuadra dentro de las familias profesionales: (AGA) Agraria; (ENA) Energía y agua; (IMS) Imagen y sonido; (IFC) Informática y comunicaciones; (MAP) Marítimo pesquera; (SEA) Seguridad y medio ambiente; se establece un límite máximo por entidad de quinientos mil euros (500.000€) para el total de la convocatoria.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
a) Dos plazos en el ejercicio 2024:
1.º) Un primer plazo de tres meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, debiendo comenzar en todo caso con posterioridad al 1 de enero de 2024: 15 de abril 2024.
2.º) Segundo plazo desde el 14 de junio hasta el 14 de octubre de 2024.
b) Dos plazos en el ejercicio 2025:
1.º) Desde el 2 de enero al 10 de abril de 2025.
2.º) Desde el 16 de junio hasta el 15 de octubre de 2025.
Las entidades interesadas en concurrir a esta modalidad de subvenciones deberán presentar la solicitud por la sede electrónica, cumplimentando obligatoriamente el formulario que figura el siguiente enlace: https://sede.gobiernodecanarias.org/empleo/procedimientos_servicios/tramites/7184