Ministerio de Sanidad
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 6 DE JULIO DE 2022, DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE SANIDAD, POR LA QUE SE CONVOCA LA CONCESIÓN DE AYUDAS ECONÓMICAS A CORPORACIONES LOCALES PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE PREVENCIÓN DE LAS ADICCIONES, CON CARGO AL FONDO DE BIENES DECOMISADOS POR TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS Y OTROS DELITOS RELACIONADOS
OBJETIVO:
Convocatoria de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, a corporaciones locales españolas, con el objetivo de fomentar la realización de programas de prevención del consumo de drogas en el ámbito local y de las actividades delictivas asociadas al mismo, así como de prevención de otras adicciones.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Entidades locales representadas por las corporaciones locales que reúnan los siguientes requisitos: a) Ser capitales de provincia o de comunidad autónoma, o tratarse de Cabildos o Consejos insulares, o municipios que tengan una población de derecho igual o superior a 100.000 habitantes, según el Padrón Municipal, en la fecha de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado y b) Tener elaborado un Plan de Drogas o Adicciones en su ámbito territorial, en vigor en la fecha de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
programas de prevención del consumo de drogas y de reducción de riesgos en menores y jóvenes, según la siguiente tipología:
a) Programas de prevención familiar.
b) Programas de prevención ambiental o estructural.
c) Programas de ocio alternativo al consumo de sustancias con potencial adictivo.
d) Programas de reducción de riesgos en contextos de ocio nocturno.
e) Programas de prevención socio educativos para menores vulnerables.
f) Programas de prevención comunitaria.
FINANCIACIÓN:
Entre las corporaciones locales que hayan conseguido la puntuación mínima exigible en la primera fase de evaluación, se procederá al reparto del crédito existente, aplicando la siguiente fórmula matemática:
CUANTÍA DEL PROYECTO= ((P*Pr)/A)xB
Donde:
a) P, representa la puntuación obtenida por el proyecto en la evaluación objetiva.
b) Pr, representa la cuantía obtenida según lo expuesto en el apartado 1.c) de este artículo.
c) A, representa el sumatorio de los productos de PxPr de la totalidad de proyectos a financiar.
d) B, representa la cuantía disponible en la convocatoria para la financiación de proyectos.
Criterios objetivos de valoración de los programas (máximo: setenta y cinco puntos).
a) Justificación de la necesidad del programa, describiendo las condiciones sociales y económicas del territorio y la situación de los consumos de drogas (máximo: diez puntos).
b) Determinación de los objetivos, generales y, en su caso, específicos, derivados de los anteriores; número y características sociodemográficas de la población destinataria del programa y de los posibles beneficiarios y criterios de selección; estrategias de difusión y captación de los beneficiarios (máximo: veinte puntos):
1.º Determinación de los objetivos: de cero a seis puntos.
2.º Población destinataria, beneficiarios y criterios de selección: de cero a diez puntos.
3.º Estrategias de difusión y captación de los beneficiarios: de cero a cuatro puntos.
c) Calidad técnica del programa (máximo: treinta puntos):
1.º Marco teórico del programa, adecuación a los criterios establecidos en el artículo 6.3.b) y presentación de los factores de riesgo y protección existentes en el territorio de la entidad: de cero a diez puntos.
2.º Actividades a realizar, calendario, horario, y adecuación y coherencia de las mismas en relación con los objetivos y la población destinataria: de cero a quince puntos.
3.º Recursos humanos disponibles; coordinación entre los distintos departamentos de la entidad local y con otras Administraciones públicas; implicación del tejido social, y especialmente el relacionado con la juventud, en la ejecución del programa: de cero a cinco puntos.
d) Adecuación del planteamiento de evaluación del programa (máximo: diez puntos):
1.º Indicadores, de proceso y de resultado, e instrumentos para la evaluación: de cero a cinco puntos.
2.º Impacto esperable: de cero a cinco puntos.
e) Adecuación del presupuesto al contenido del programa (máximo: cinco puntos).
4. Para poder acceder a la subvención se requerirá obtener una puntuación mínima de cincuenta puntos en los criterios objetivos de valoración.
ENLACES DE INTERÉS:
EXTRACTO DE CONVOCATORIA
BASES REGULADORAS
+ INFORMACIÓN
BASE NACIONAL DE SUBVENCIONES (637659)