Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda
BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN LABORAL DE PERSONAS JÓVENES DESEMPLEADAS INCLUIDAS EN EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL DENOMINADO "PROGRAMA DE INCENTIVOS AL EMPLEO JOVEN-INCENTÍVATE", PARA LOS EJERCICIOS 2017-2018.
OBJETIVO:
Incentivar la contratación mediante la concesión de una subvención a favor de aquellas empresas que asuman compromisos de contratación o formalicen contratos, en la modalidad de formación-aprendizaje o en prácticas, a personas jóvenes inscritas en situación de beneficiarias en el fichero del SNGJ y en el SCE en la condición de demandantes de empleo desempleadas, con el fin de facilitar la celebración de nuevos contratos y de contribuir a reforzar la empleabilidad y las competencias profesionales de las citadas personas jóvenes.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
1. Cualquier entidad, ya sea persona física, jurídica, así como también comunidad de bienes, que desarrollen una actividad empresarial acogida a cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, con capital íntegramente privado y centro de trabajo permanente en Canarias, que formalicen nuevos contratos de trabajo, o presenten en el momento de la solicitud un compromiso de contratación, en cualquiera de las siguientes modalidades con arreglo a lo previsto en la presente resolución:
a) Para la formación y el aprendizaje.
b) En prácticas.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Los contratos laborales suscritos deberán cumplir con las siguientes características:
1º) Ser contratos formalizados en alguna de las siguientes modalidades:
- Para la Formación y el Aprendizaje.
- En Prácticas.
2º) Estar suscritos dentro los períodos temporales establecidos en la respectiva convocatoria abierta.
3º) Celebrarse, al menos, por los siguientes períodos mínimos, a contar desde la fecha de alta en la seguridad social de la persona trabajadora:
- Para los contratos formalizados en la modalidad de Formación y el Aprendizaje una duración mínima de doce (12) meses. Asimismo, en el caso de que el convenio colectivo permita una duración del contrato mínima distinta, tendrá que ser superior a seis (6) meses para tener derecho a la subvención.
- Para los contratos formalizados en la modalidad de prácticas una duración mínima superior a seis (6) meses.
4º) En el caso del contrato para la formación y el aprendizaje, el tiempo mínimo de trabajo efectivo, que deberá ser compatible con el tiempo dedicado a las actividades formativas, no podrá ser superior al 75% durante el primer año, o al 85%, durante el segundo y tercer año, de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo, o en su defecto, de la jornada máxima legal.
En el caso de los contratos formalizados en la modalidad de prácticas para tener derecho a la subvención, en el supuesto de ser concertados a jornada parcial, la jornada no podrá ser inferior al 50% de la jornada considerada como completa, máxima legal, según el respectivo Convenio Colectivo de aplicación.
5º) Los contratos laborales que resulten subvencionados deberán mantenerse en vigor durante el período que dio lugar a la concesión de forma ininterrumpida a contar desde el inicio de la relación laboral, fecha de alta en la seguridad social.
6º) Los contratos deberán formalizarse por escrito en el modelo oficial en virtud de la modalidad elegida, y ser registrados a través del aplicativo informático "Contrat@" o bien en aquellas Oficinas de Empleo del SCE habilitadas a tal fin. A este respecto, en la página web del SCE http://www.gobiernodecanarias.org/empleo/portal/web/sce/servicios/empresas, se podrá consultar el listado de Oficinas de Empleo que ofrecen este servicio.
7º) Los contratos deberán ser suscritos de conformidad con la normativa laboral que resulte de aplicación en cada momento, con la persona joven que se comprometió a contratar, en el caso de haber sido identificada con la presentación de la solicitud, y que figure inscrita en el fichero del SNGJ e incluida en la lista única de demanda y cumpla con los requisitos para beneficiarse de una acción derivada del SNGJ, así como el resto de requisitos y condiciones consignados en las presentes bases y en su caso en la respectiva convocatoria.
8º) En el supuesto de que, durante el periodo de permanencia del puesto de trabajo subvencionado, se produzca la extinción de la relación laboral que dio cobertura a la misma, se estará a lo dispuesto en las presentes bases reguladoras para los casos de sustitución de la persona trabajadora subvencionada, siempre y cuando la normativa en materia de contratación laboral lo permita.
9º) Los contratos han de referirse a una actividad a realizar en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Financiación de contratos:
-Para la Formación y el Aprendizaje;
-En Prácticas.
FINANCIACIÓN:
1. La cuantía de subvención a conceder a las entidades que resulten beneficiarias de subvención, queda establecida en función de los siguientes criterios:
1.1. Contrataciones formalizadas por los siguientes períodos de suscripción
Primer período: DOS CIENTOS MIL EUROS (200.000,00 €) .
Segundo período: CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000,00 €).
Tercer período: CIENTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000,00 €).
Cuarto período: SETENTA Y CINCO MIL EUROS (75.000,00 €).
Quinto período: VEINTICINCO MIL EUROS (25.000,00 €).
1.2. El importe de subvención que corresponda, en aplicación de los criterios anteriormente establecidos, se incrementará en quinientos (500,00) euros más, para ambas modalidades de contratación, si la contratación es formalizada con personas, que cumpliendo el resto de requisitos establecidos en la base reguladora tercera de la presente Resolución, pertenezcan a los siguientes colectivos:
- Personas con discapacidad: deben haber acreditado dicha condición en su demanda de empleo a la fecha de la presentación de la solicitud de subvención, siempre y cuando dicha información forme parte de su inscripción, y se encuentre debidamente mecanizada en la misma.
- Personas jóvenes que no tengan más de 3 meses de experiencia laboral: no se tendrá en cuenta para el cálculo las prácticas que formen parte de los currículos para la obtención de las titulaciones o certificados correspondientes.