Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial
EXTRACTO DE LA ORDEN DE 22 DE NOVIEMBRE DE 2021, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DE PLANTAS POTABILIZADORAS DE AGUA SITUADAS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, PREVISTAS EN EL REAL DECRETO 1160/2020, DE 22 DE DICIEMBRE, Y SE EFECTÚA LA CONVOCATORIA PARA EL PRESENTE EJERCICIO ECONÓMICO, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2021.
OBJETIVO:
financiación del funcionamiento de plantas potabilizadoras de agua situadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, con la finalidad de abaratar el precio final del agua potable para consumo doméstico producida en esas plantas, impulsando la eficacia y eficiencia en todo el proceso, prevista en el Real Decreto 1160/2020, de 22 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de Canarias para la financiación del funcionamiento de plantas potabilizadoras de agua situadas en su territorio.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán obtener las subvenciones a que se refieren estas bases las entidades locales o empresas públicas o concesionarias que, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, cumplan simultáneamente las siguientes condiciones:
a) Ser o haber sido titulares del servicio público de abastecimiento de agua o de la explotación del mismo.
b) Verter o haber vertido agua, obtenida a través de un proceso de desalación de agua de mar, a la red de distribución para el consumo doméstico.
Podrán ser beneficiarios los Consejos Insulares de Aguas o Cabildos Insulares que, no cumpliendo con la condición a) actúen en representación de la Administración Municipal correspondiente.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Las actuaciones a subvencionar por esta convocatoria deben haberse realizado en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2019 y el 30 de junio de 2020, ambos inclusive.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
La subvención que podrá percibir cada uno de los beneficiarios será, sin perjuicio de lo que se dispone en el apartado número 3 siguiente, la que se obtenga por la aplicación de la siguiente fórmula:
SubL = (AL + BL + CL) x K
donde:
SubL = Es la subvención en euros.
K = Es el valor que resulte de dividir la disponibilidad presupuestaria en el ejercicio, expresada en euros, entre la suma AL + BL + CL correspondiente a todos los beneficiarios de la subvención.
AL = Es el resultado de la siguiente operación matemática:
AL = VdL x 0,4375 Subt / I:VdL
siendo:
VdL = Volumen de agua desalada en metros cúbicos, en el intervalo de tiempo que establezca la convocatoria.
Subt = Disponibilidad presupuestaria en el ejercicio correspondiente expresada en euros.
BL = Es el resultado de las siguientes operaciones matemáticas:
BL = VdL x 0,3125 x Subt x [1 - (Pr - Pst)/Pr) / I:VdL
siendo:
VdL = Volumen de agua desalada en metros cúbicos, en el intervalo de tiempo que establezca la convocatoria.
Pst = Pérdidas estándar en la red de distribución, expresada en tanto por uno, que tendrá el valor de 0,25.
Pr = Pérdidas reales en la red de distribución, expresadas en tanto por uno. Estas pérdidas se calcularán mediante la siguiente fórmula:
Pr = (VdL + Vc - Lstock - Vf) / (VdL + Vc - Lstock)
donde:
Vc = Volumen total de agua en metros cúbicos vertida a la red pública de distribución procedente de fuentes distintas a las plantas potabilizadoras por cada beneficiario, en el intervalo de tiempo que establezca la convocatoria.
Lstock = Es la diferencia entre el volumen inicial y final de agua en metros cúbicos almacenados en los depósitos de cada beneficiario en el intervalo de tiempo que establezca la convocatoria.
Vf = Es el volumen de agua expresado en metros cúbicos, facturado por cada beneficiario en el intervalo de tiempo que establezca la convocatoria.
Cuando Pr :: 0,10, se tomara como valor de Pr el de 0,10. CL = Es el resultado de las siguientes operaciones matemáticas:
CL = VdL x 0,25 x Subt x [1 - (Cr - Cst)/Cr) / I:VdL
siendo:
dL = Volumen de agua desalada en metros cúbicos, en el intervalo de tiempo que establezca la convocatoria.
Cst = Consumo estándar de gasto energético por metro cúbico de agua desalada y que tendrá el valor de 4,5 kWh/m3.
Cr = Consumo real del gasto energético por m3 de agua desalada, expresado en kWh/m3.
3. La cuantía de la subvención individual, calculada de acuerdo con las fórmulas anteriores, se pondrá en relación con el total de costes incurridos y aceptados, en la actividad del periodo de referencia según lo previsto en el número 3 del artículo 19 de la Ley General de Subvenciones, de modo que la cuantía definitiva resultante, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones recibidas de conformidad con lo previsto en el artículo siguiente, nunca exceda de ese monto justificado y aceptado.
FINANCIACIÓN:
El importe total de la presente convocatoria asciende a 8.500.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 12.06.452.A.470.02 Línea de Actuación 124G1123 “Plantas potabilizadoras de agua”.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
23 de diciembre 2021
sede electrónica única de la
Administración Pública de la Comunidad de Autónoma de Canarias
https://sede. gobiernodecanarias.org /sede/tramitador/creacion/tramites/6793, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015