Ministerio de Trabajo y Economía Social
RESOLUCIÓN DE 1 DE JUNIO DE 2023, DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE EMPLEO Y ECONOMÍA SOCIAL, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE OPERACIONES, EN EL MARCO DE PROGRAMAS ESTATALES Y DEL TRAMO ESTATAL DE LA PRIORIDAD REGIÓN ULTRAPERIFÉRICA, QUE SE COFINANCIARÁN CON EL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS (FSE+).
OBJETIVO:
La presente resolución tiene por objeto seleccionar, en régimen de concurrencia competitiva, operaciones que recibirán cofinanciación del FSE+, en el marco del cuarto objetivo político de la Política de cohesión de la Unión Europea en el período 2021-2027: Una Europa más social e inclusiva, para la Prioridad 1: Empleo, adaptabilidad, emprendimiento y economía social, del Programa de Empleo Juvenil y del Programa de Empleo, Educación, Formación y Economía Social; la Prioridad 2: Inclusión social y lucha contra la pobreza, del Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza; y la Prioridad 8: Empleo, Inclusión Social y Educación, para la parte RUP del Programa de la Comunidad Autónoma de Canarias.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
las asociaciones y las fundaciones no vinculadas a entidades con ánimo de lucro, ni a partidos políticos, sindicatos u organizaciones empresariales; las instituciones humanitarias de carácter voluntario y de interés público; y los organismos de beneficencia pública y promoción social; así como las federaciones, confederaciones y los miembros confederados de cualquiera de las anteriores, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
1.1 Para el Programa de Empleo Juvenil: Objetivo Específico h) Fomentar la inclusión activa al objeto de promover la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la participación activa, y mejorar la empleabilidad, en particular de los grupos desfavorecidos.
En el marco de este objetivo específico las operaciones deberán dirigirse a jóvenes del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y podrán consistir, entre otras cosas, en itinerarios o planes de inclusión activa para las personas jóvenes más alejadas del mercado de trabajo y para otras personas jóvenes vulnerables o en riesgo o situación de exclusión social, incluidas también personas migrantes y población romaní, así como personas con problemas de salud mental.
1.2 Para el Programa de Empleo, Educación, Formación y Economía Social: Objetivo Específico a) Mejorar el acceso al empleo y a medidas de activación de todos los demandantes de empleo, y en particular de las personas jóvenes, especialmente a través de la aplicación de la Garantía Juvenil, de los desempleados de larga duración y los grupos desfavorecidos en el mercado laboral, y de las personas inactivas, así como mediante la promoción del empleo por cuenta propia y la economía social.
En el marco de este objetivo específico las operaciones se dirigirán concretamente a la promoción del empleo por cuenta propia y podrán consistir, a título no exhaustivo, en itinerarios de emprendimiento para personas en situación de desempleo.
1.3 Para el Programa de Inclusión social, Garantía infantil y Lucha contra la Pobreza: Objetivo Específico h) Fomentar la inclusión activa al objeto de promover la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la participación activa, y mejorar la empleabilidad, en particular de los grupos desfavorecidos.
En el marco de este objetivo específico las operaciones deberán dirigirse a personas vulnerables o en riesgo o situación de exclusión social, incluidas también personas migrantes y población romaní, así como personas con problemas de salud mental, y podrán consistir, a título no exhaustivo, en itinerarios de inserción social y/o de inclusión laboral (incluida la inserción en empresas de economía social y el autoempleo).
Objetivo Específico j) Promover la integración socioeconómica de las comunidades marginadas, como la población romaní.
En el marco de este objetivo específico las operaciones podrán consistir, a título no exhaustivo, en itinerarios de inserción sociolaboral o educativa dirigidos a personas gitanas, en medidas en materia de igualdad de género, o en actuaciones integrales para erradicar el chabolismo y la infravivienda.
1.4 Para el Programa de la Comunidad Autónoma de Canarias: Objetivo Específico h) Fomentar la inclusión activa al objeto de promover la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la participación activa, y mejorar la empleabilidad, en particular de los grupos desfavorecidos.
En el marco de este objetivo específico las operaciones podrán consistir, a título no exhaustivo, en itinerarios de inserción sociolaboral dirigidos a personas vulnerables o en riesgo o situación de exclusión social, incluidas también personas migrantes, población romaní, y personas con problemas de salud mental; o en planes de inclusión activa para jóvenes vulnerables o en riesgo de exclusión social.
El gasto derivado de la ejecución de las operaciones seleccionadas en virtud de la presente convocatoria podrá ser cofinanciado por el FSE+ si el beneficiario ha incurrido en él y lo ha abonado a partir del 1 de enero de 2021. La fecha límite de subvencionabilidad del gasto correspondiente a las operaciones seleccionadas en la presente convocatoria será el 31 de octubre de 2029 y su reembolso no podrá solicitarse más allá del 31 de diciembre de 2029.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
1. Para ser objeto de reembolso por el FSE+, los gastos en que incurra el beneficiario en la realización de la operación deberán siempre ajustarse a lo dispuesto en la norma por la que se determinen los gastos subvencionables por el FSE+ durante el período de programación 2021-2027 aprobada por el Estado miembro al amparo del artículo 63.1 del Reglamento (UE) 2021/1060.
2. La justificación por el beneficiario de los gastos incurridos se hará en todo caso mediante las opciones de costes simplificados a que se refieren los artículos 51 a 56 del Reglamento (UE 2021/1060, salvo que los Reglamentos de la Unión Europea aplicables excluyan expresamente el uso de tales opciones o que la Autoridad de Gestión autorice expresamente la justificación mediante costes reales.
3. En el documento en el que se establezcan las condiciones de la ayuda (DECA) se harán constar las opciones de costes simplificados aplicables a la operación seleccionada.
4. El beneficiario presentará sus solicitudes de reembolso en el período comprendido entre el 1 de abril y el 31 de diciembre de cada año, salvo que la Autoridad de Gestión autorice períodos adicionales. Sin perjuicio de lo anterior, a más tardar el 31 de octubre de cada año el beneficiario deberá haber presentado a la Autoridad de Gestión al menos una solicitud de reembolso por operación seleccionada con arreglo a los requisitos que, a tal efecto, establezca la Autoridad de Gestión, y conforme al plan financiero establecido en el DECA que acompaña a la resolución aprobatoria de la solicitud de financiación.
FINANCIACIÓN:
A. Más desarrolladas (40 % cofinanciación FSE+): Aragón, Cataluña, Madrid, Navarra y País Vasco.
B. En Transición (60 % cofinanciación FSE+): Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia, La Rioja y Murcia.
C. Menos desarrolladas (85 % cofinanciación FSE+): Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura, Ceuta y Melilla.