EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS PÚBLICAS PARA MODERNIZACIÓN DE LAS ESTRUCTURAS DE GESTIÓN ARTÍSTICA EN EL ÁMBITO DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA CORRESPONDIENTES AL AÑO 2022 EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
OBJETIVO:
ayudas públicas a proyectos de inversión para la modernización, digitalización y transición ecológica en el ámbito de las artes escénicas y de la música
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
a) Personas físicas y jurídicas
b) Asociaciones sin ánimo de lucro
c) Fundaciones y entidades de carácter público o privado
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Los proyectos de inversión presentados deberán destinarse a las siguientes áreas de modernización estructural:
a) Digitalización y modernización de las estructuras:
Generación de contenidos en formatos digitales.
Creación y/o desarrollo de plataformas digitales.
Creación y/o desarrollo de herramientas digitales e integrales para la gestión escénica y/o musical.
Modernización de los instrumentos digitales de comunicación.
Herramientas y equipamientos para la difusión en streaming.
Digitalización de fondos documentales artísticos, administrativos.
Adquisición de equipos informáticos y digitales para la gestión de conformidad con lo establecido en el artículo 31.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Proyectos digitales de creación de audiencias, búsqueda de nuevos públicos, acompañamiento y mediación social.
b) Transición ecológica y cohesión territorial:
Medidas tendentes a la reducción de emisión de dióxido de carbono en las estructuras de producción, gestión y creación de las artes escénicas y/o musicales.
Cambios de materiales y fungibles que favorezcan la reducción de la huella ecológica.
c) Quedan expresamente excluidos del objeto de las ayudas los proyectos de inversión cuyas actividades comprendan:
Construcciones o reformas de las infraestructuras escénicas, de creación, producción y/o de las oficinas o locales.
Adquisiciones, modificaciones, reformas o instalaciones destinadas a modificar el suministro energético de las infraestructuras escénicas, de creación, producción y/o de las oficinas o locales.
Adquisiciones de cualquier tipo de vehículo que tenga motor diésel o de gasolina, incluidos los híbridos.
FINANCIACIÓN:
El importe de estas ayudas no podrá, en ningún caso, ser de tal cuantía que supere el 80% del coste total del proyecto. La ayuda máxima concedida a un solo beneficiario no sobrepasará en ningún caso los 350.000 euros.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»: 4 de julio 2023.