Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial
ORDEN DE 26 DE SEPTIEMBRE DE 2022, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DE PLANTAS POTABILIZADORAS DE AGUA SITUADAS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, PREVISTAS EN LA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE, MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO, DE ACUERDO CON LO PREVISTO EN LA LEY 11/2020, DE 30 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 2021, PARA EL PRESENTE EJERCICIO ECONÓMICO, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2022
EXTRACTO DE LA ORDEN DE 26 DE SEPTIEMBRE DE 2022, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO DE PLANTAS POTABILIZADORAS DE AGUA SITUADAS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, PREVISTAS EN LA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE MEDIO AMBIENTE, MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO, DE ACUERDO CON LO PREVISTO EN LA LEY 11/2020, DE 30 DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA 2021, PARA EL PRESENTE EJERCICIO ECONÓMICO, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2022
OBJETIVO:
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la financiación del funcionamiento de plantas potabilizadoras de agua situadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, con la finalidad de abaratar el precio final del agua potable para consumo doméstico producida en esas plantas, impulsando la eficacia y eficiencia en todo el proceso
concesión directa de una subvención a la Comunidad Autónoma de Canarias para la financiación del funcionamiento de plantas potabilizadoras de agua situadas en su territorio
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán obtener las subvenciones a que se refieren estas bases las entidades locales o empresas públicas o concesionarias, cuya actividad sea el suministro de agua potable para consumo doméstico en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, que cumplan simultáneamente las siguientes condiciones:
a) Ser o haber sido titulares del servicio público de abastecimiento de agua o de la explotación del mismo.
b) Verter o haber vertido agua, obtenida a través de un proceso de desalación de agua de mar, a la red de distribución para el consumo doméstico.
Podrán ser beneficiarios los Consejos Insulares de Aguas o Cabildos Insulares que, no cumpliendo con la condición a) actúen en representación de la Administración Municipal correspondiente.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Las actuaciones a subvencionar por esta convocatoria deben haberse realizado en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2021, ambos inclusive
El periodo de actividad subvencionado abarcará doce meses, con arreglo a las fechas de inicio y de finalización que se indican en la convocatoria
líneas de actuación:
1.- Plantas Potabilizadoras de agua.
2.- Subvención al Cabildo de La Gomera encauzamiento Barranco de La Concepción. Consejo Insular de Aguas.
3.- Mejora saneamiento y pluviales Playa de La Lima y Casas Cueva.
4.- Mejora saneamiento y bombeo de Mesa del Mar a El Prismar.
5.- Dotación y mejora del saneamiento en núcleos rurales de Tejeda.
6.- Coste de ejecución del saneamiento de El Pinar.
FINANCIACIÓN:
La cuantía de la subvención individual, calculada de acuerdo con las fórmulas anteriores, se pondrá en relación con el total de costes incurridos y aceptados, en la actividad del periodo de referencia según lo previsto en el número 3 del artículo 19 de la Ley General de Subvenciones, de modo que la cuantía definitiva resultante, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones recibidas de conformidad con lo previsto en el artículo siguiente, nunca exceda de ese monto justificado y aceptado.
Si la cuantía individual determinada para una entidad de acuerdo con las fórmulas precedentes, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones recibidas de conformidad con lo previsto en la base siguiente, fuera superior al total de gastos justificados de que se trate, ello dará lugar a un nuevo proceso de cálculo para el resto de personas solicitantes y a la corrección a la baja de la entidad correspondiente.
Si se producen en las siguientes iteraciones nuevas situaciones de incompatibilidad, se repetirá el proceso de cálculo para el resto de personas solicitantes y la corrección a la baja de la entidad correspondiente.