Fundación Biodiversidad
RESOLUCIÓN 10 DE JUNIO DE 2021 DE LA DIRECCIÓN DE LA FUNDACIÓN BIODIVERSIDAD, F.S.P., POR LA QUE SE APRUEBA LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES, PARA EL FOMENTO E IMPULSO DE LA SOSTENIBILIDAD PESQUERA Y ACUÍCOLA, EN EL MARCO DEL PROGRAMA PLEAMAR, COFINANCIADO POR EL FONDO EUROPEO MARÍTIMO Y DE PESCA EN 2021
OBJETIVO:
El Programa Pleamar persigue apoyar al sector pesquero y acuícola en su apuesta por la sostenibilidad y su compromiso con la conservación del patrimonio natural, apoyando proyectos innovadores que promuevan la sostenibilidad de las actividades pesqueras y acuícolas, la gestión, recuperación y seguimiento de los espacios protegidos, la reducción de la contaminación en el mar y la sensibilización ambiental.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Entidades jurídicas públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, que estén válidamente constituidas y debidamente inscritas en el registro correspondiente y que tengan domicilio en territorio español.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
El ámbito de actuación de la convocatoria se extiende a todo el territorio nacional. Todos los proyectos
deberán cumplir al menos una de las condiciones siguientes:
o Tener carácter supra autonómico, ejecutando actuaciones en más de una Comunidad o Ciudad
Autónoma.
o Desarrollarse en el medio marino de competencia estatal.
o Desarrollarse en espacios protegidos definidos y regulados con carácter básico en la legislación
estatal.
El Programa Pleamar, persigue apoyar al sector pesquero y acuícola en su apuesta por la sostenibilidad y
su compromiso con la conservación del patrimonio natural. Para ello, se apoyarán proyectos que
promuevan la sostenibilidad de las actividades pesqueras y acuícolas a través de las siguientes temáticas:
o Innovación y apoyo a la consolidacion del desarrollo tecnologico y la transferencia de
conocimientos, para reducir el impacto en el medio ambiente de las actividades pesqueras y
acuícolas (Artículos 39 y 47 del RFEMP).
o Transferencia e intercambio de conocimientos y trabajo en red entre investigadores y
profesionales de la pesca y la acuicultura, sobre aspectos de sostenibilidad ambiental , así como la
mejora y la aportación de conocimientos científicos y la recopilación y gestión de datos (Artículos
28 y 50 del RFEMP).
o Eliminación de los descartes y de las capturas accesorias reforzando prácticas como el incremento
de la selectividad y reducción de los efectos de la pesca sobre el medio ambiente marino (Artículo
39 del RFEMP).
o Recogida de residuos marinos con la colaboración del sector pesquero profesional (Artículo 40.1.a
del RFEMP).
o Sensibilización medioambiental con la colaboración del sector pesquero (Artículos 40.1.g y 68.g del
RFEMP).
o Asesoramiento profesional sobre sostenibilidad medioambiental en materia pesquera y acuícola
(Artículos 27 y 49 del RFEMP).
o Mejora del estado de conservación de las especies del anexo II y IV de la Directiva 92/43/CEE del
Consejo de 21 de mayo de 1992 relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y
flora silvestres (en adelante Directiva Hábitats) y del anexo I de la Directiva 2009/147/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las
aves silvestres, en el marco de las líneas prioritarias contempladas en las estrategias o planes de
conservación, en colaboración con el sector pesquero y acuícola (Artículo 40.1.b-g-i del RFEMP).
o Medidas innovadoras, demostrativas y/o piloto para la conservación o restauración de hábitats del
anexo I de la Directiva Hábitats, en colaboración con profesionales de la pesca (Artículo 40.1.b-g-i
del RFEMP).El Programa Pleamar, persigue apoyar al sector pesquero y acuícola en su apuesta por la sostenibilidad y
su compromiso con la conservación del patrimonio natural. Para ello, se apoyarán proyectos que
promuevan la sostenibilidad de las actividades pesqueras y acuícolas a través de las siguientes temáticas:
o Innovación y apoyo a la consolidacion del desarrollo tecnologico y la transferencia de
conocimientos, para reducir el impacto en el medio ambiente de las actividades pesqueras y
acuícolas (Artículos 39 y 47 del RFEMP).
o Transferencia e intercambio de conocimientos y trabajo en red entre investigadores y
profesionales de la pesca y la acuicultura, sobre aspectos de sostenibilidad ambiental , así como la
mejora y la aportación de conocimientos científicos y la recopilación y gestión de datos (Artículos
28 y 50 del RFEMP).
o Eliminación de los descartes y de las capturas accesorias reforzando prácticas como el incremento
de la selectividad y reducción de los efectos de la pesca sobre el medio ambiente marino (Artículo
39 del RFEMP).
o Recogida de residuos marinos con la colaboración del sector pesquero profesional (Artículo 40.1.a
del RFEMP).
o Sensibilización medioambiental con la colaboración del sector pesquero (Artículos 40.1.g y 68.g del
RFEMP).
o Asesoramiento profesional sobre sostenibilidad medioambiental en materia pesquera y acuícola
(Artículos 27 y 49 del RFEMP).
o Mejora del estado de conservación de las especies del anexo II y IV de la Directiva 92/43/CEE del
Consejo de 21 de mayo de 1992 relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y
flora silvestres (en adelante Directiva Hábitats) y del anexo I de la Directiva 2009/147/CE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las
aves silvestres, en el marco de las líneas prioritarias contempladas en las estrategias o planes de
conservación, en colaboración con el sector pesquero y acuícola (Artículo 40.1.b-g-i del RFEMP).
o Medidas innovadoras, demostrativas y/o piloto para la conservación o restauración de hábitats del
anexo I de la Directiva Hábitats, en colaboración con profesionales de la pesca (Artículo 40.1.b-g-i
del RFEMP).
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Gastos de personal
Gastos de subcontrataciones y contrataciones externas
Gastos de dietas, desplazamientos y alojamiento
Material fungible
Gastos de amortización de instalaciones y material inventariable
Gastos indirectos
FINANCIACIÓN:
La subvención concedida será, en todos los casos, del 75% del importe total elegible solicitado para la
ejecución del proyecto
El importe máximo solicitado por proyecto será de entre 100.000€ y 800.000€ según los distintos ejes.
Línea 1.1 Innovación – Pesca (Art. 39 RFEMP)
El importe total del proyecto no podrá ser inferior a 150.000 €, ni superior a 800.000 €
Línea 1.2 Innovación – Acuicultura (Art.47 RFEMP)
El importe total del proyecto no podrá ser inferior a 150.000 €, ni superior a 800.000 €
2.1 Asesoramiento – Pesca (Artículo 27 RFEMP)
El importe total del proyecto no podrá ser inferior a 100.000 € ni superior a 200.000 €.
2.2 Asesoramiento – Acuicultura (Artículo 49 RFEMP)
El importe total del proyecto no podrá ser inferior a 100.000 € ni superior a 200.000 €.
3.1 Redes – Pesca (Art. 28 RFEMP)
El importe total del proyecto no podrá ser inferior a 100.000 € ni superior a 200.000 €.
3.2 Redes – Acuicultura (Art.50 RFEMP)
El importe total del proyecto no podrá ser inferior a 100.000 € ni superior a 200.000 €.
EJE 4. ÁREAS PROTEGIDAS (Art.40.1.b-g-i RFEMP)
El importe total del proyecto no podrá ser inferior 150.000 € ni superior a 600.000 €
EJE 5. RESIDUOS (Art. 40.1.a y Art. 40.1.b-g-i RFEMP)
El importe total del proyecto no podrá ser inferior 150.000 € ni superior a 800.000 €
EJE 6. SENSIBILIZACIÓN (Art. 40.1.g y Art. 68.g RFEMP)
El importe total del proyecto no podrá ser inferior a 150.000 € ni superior a 800.000 €