Servicio Canario de Empleo
RESOLUCIÓN DE 22 DE DICIEMBRE DE 2021, DE LA PRESIDENTA, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS Y SE CONVOCAN SUBVENCIONES DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN DE NUEVOS PROYECTOS TERRITORIALES PARA EL REEQUILIBRIO Y LA EQUIDAD EN EMPRENDIMIENTO Y MICROEMPRESAS, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
OBJETIVO:
desarrollo de proyectos y líneas de intervención para el emprendimiento y el mantenimiento del empleo en microempresas y en empresas de emprendimiento colectivo, así como la fijación de población en el ámbito rural, para facilitar la transición de su actividad hacia la economía verde y la economía digital ( la transición hacia la digitalización de los negocios, lo que elimina barreras y distancias y mejora la comunicación y competitividad empresarial.). El ámbito de aplicación será la Comunidad Autónoma de Canarias.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Corporaciones locales de la Comunidad Autónoma de Canarias, sus organismos autónomos y entidades dependientes o vinculadas a las Corporaciones Locales; Organizaciones empresariales radicadas en la Comunidad Autónoma de Canarias; Organizaciones sindicales radicadas en la Comunidad Autónoma de Canarias; Universidades de La Laguna y de Las Palmas de Gran Canaria; Corporaciones de Derecho Público.
Personas, físicas y jurídicas, beneficiarias de las subvenciones dirigidas a “Iniciativas para el mantenimiento del empleo de trabajadores por cuenta ajena contratados de forma indefinida o temporal por microempresas y por personas trabajadoras autónomas, así como de los socios-trabajadores y de trabajo de empresas de emprendimiento colectivo”, las microempresas, personas trabajadoras autónomas, cooperativas
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
1. “Proyectos territoriales de Fomento y Apoyo a Iniciativas Emprendedoras”:
Estos proyectos podrán ser, entre otros, de la siguiente naturaleza:
- Proyectos de capacitación agraria y empleo.
- Proyectos dinamizadores del desarrollo local sostenible.
- Proyectos de fomento y apoyo a iniciativas emprendedoras de economía social.
- Proyectos de fomento y apoyo a iniciativas emprendedoras relativas a la acción cultural y artística, a la transición ecológica, al turismo rural, al patrimonio histórico-artístico, o a la economía azul.
Cada Proyecto deberá incluir una previsión de iniciativas emprendedoras participantes, entendiéndose por Iniciativa Emprendedora lo siguiente:
- Usuarios (persona o conjunto de personas, en el caso de emprendimiento colectivo) que tienen la intención de iniciar una actividad empresarial y que realizarán un itinerario de asesoramiento al autoempleo y al emprendimiento especializado en economía verde y digitalización. Dicho itinerario se especificará en la convocatoria.
- Microempresas ya constituidas que quieren recibir acompañamiento empresarial en el proceso de transición de su actividad hacia una economía verde o en su transformación digital.
Como actuaciones añadidas o complementarias a ese asesoramiento o acompañamiento, estos proyectos podrán incluir, entre otras, las siguientes:
- Realización de estudios de mercado local.
- Contratación de agentes de promoción y desarrollo local.
- Acciones de difusión.
- Networking o participación en jornadas.
- Intervenciones en Incubadoras y Viveros de empresas.
- Otras actuaciones dirigidas al fomento y apoyo a iniciativas emprendedoras.
Las destinatarias finales de las actuaciones incluidas en los “Proyectos Territoriales para el reequilibrio y la equidad en emprendimiento y microempresas” (Línea 1) serán personas en edad de trabajar, desempleadas u ocupadas por cuenta ajena que quieren emprender, demandantes de empleo y/o solicitantes de servicios previos, con especial atención a las personas desempleadas provenientes de los siguientes colectivos:
- Personas desempleadas demandantes del servicio de asesoramiento para el autoempleo y emprendimiento.
- Personas desempleadas con interés por optar por la capitalización de la prestación por desempleo.
- Personas desempleadas derivadas de los Servicios de Orientación Profesional.
5.2. También podrán ser destinatarias finales de las actuaciones de ambas líneas de subvenciones:
- Las personas trabajadoras autónomas.
- Empresas de emprendimiento colectivo (Cooperativas y Sociedades Laborales).
- Microempresas de cualquier otra forma jurídica.
Los proyectos consistirán en:
A) ITINERARIO de asesoramiento al autoempleo y al emprendimiento en el caso de asesoramiento previo al inicio de una actividad empresarial
B) asesoramiento a iniciativas emprendedoras ya iniciadas
C) Posibles Actuaciones Complementarias en los Proyectos
2. “Iniciativas para el mantenimiento de empleo de los trabajadores por cuenta ajena contratados de forma indefinida o temporal por microempresas y por personas trabajadoras autónomas, así como de los socios-trabajadores y de trabajo de empresas de emprendimiento colectivo”:
Tendrán por objeto compensar en parte los costes salariales de los trabajadores asalariados con contrato indefinido o temporal, o de las incorporaciones de socios-trabajadores o de trabajo a cooperativas o sociedades laborales, efectuados con anterioridad a la solicitud de la subvención, durante un plazo de seis meses, comprometiéndose la empresa a realizar en dicho plazo la correspondiente actuación que contribuya a la transición de su actividad hacia una economía verde o que contribuya a su transformación digital.
A estos efectos, la empresa beneficiaria deberá participar en acciones de apoyo para iniciar su transformación productiva respetuosa con el medio ambiente y/o digital. Estas acciones de apoyo se establecerán en la convocatoria y podrán consistir en acciones de difusión, píldoras formativas o talleres, guías, documentación informativa, entre otras.
Se entenderá por microempresas aquellas empresas que no tengan más de diez trabajadores asalariados y cuyo volumen de negocio sea inferior a dos millones de euros.
Se incluirán también las personas trabajadoras autónomas que cumplan estos dos requisitos.
Se entenderá por empresas de emprendimiento colectivo, las cooperativas y sociedades laborales.
FINANCIACIÓN:
La cuantía de la subvención será:
- 5.000 euros por cada iniciativa emprendedora participante en el proyecto, en el caso de subvención para “Proyectos territoriales de fomento y apoyo de iniciativas emprendedoras”.
- 5.000 euros por cada microempresa, persona trabajadora autónoma o empresa de emprendimiento colectivo solicitante, en el caso de la subvención para “Iniciativas para el mantenimiento del empleo de trabajadores por cuenta ajena contratados de forma indefinida o temporal por microempresas y por personas trabajadoras autónomas, así como de los socios-trabajadores y de trabajo de empresas de emprendimiento colectivo”.