Comisión Europea
CONVOCATORIA DE COSME 2017 - ERASMUS PARA JÓVENES EMPRENDEDORES COS-EYE-2017-4-01
OBJETIVO:
El objetivo de la convocatoria es seleccionar organismos que actúen como organizaciones intermedias (IO) para ejecutar el programa Erasmus para jóvenes emprendedores a nivel local. En particular, reclutarán y ayudarán a los empresarios que beneficiarán al programa. Por lo tanto, esta convocatoria apoyará acciones para las organizaciones que mejoren y faciliten la movilidad de los nuevos empresarios y no está dirigida a los empresarios dispuestos a participar en el programa.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Los solicitantes deben ser personas jurídicas que formen un consorcio
. Las entidades que aplican pueden, por ejemplo, incluir:
- Entidades públicas responsables o activas en los ámbitos de asuntos económicos, empresariales, de apoyo a las empresas o de cuestiones conexas,
Cámaras de comercio e industria,
Cámaras de artesanías o cuerpos similares,
-Organizaciones de apoyo a las empresas,
Centros de incubación, incubadoras, parques tecnológicos, etc.,
-Asociaciones empresariales y redes de apoyo a las empresas,
- Entidades públicas y privadas que ofrecen servicios de apoyo a las empresas,
-Instituto de educación (superior), como las universidades o institutos de educación y formación profesional.
Los consorcios deben estar compuestos por al menos 5 entidades jurídicas independientes de al menos 4 países participantes diferentes del COSME e incluir no más de 10 socios
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
El período de ejecución de los proyectos se fija del 1/02/2018 a 31/01/2020 (24 meses)
Como requisito mínimo, se espera que las propuestas de las OI describan en detalle las siguientes actividades:
Promoción del programa
Inscripción de empresarios
Evaluación de solicitudes de NEs y HEs
Construir relaciones
Gestión de los acuerdos de subvención, los compromisos y la asistencia financiera
Preparación del intercambio
Seguimiento del intercambio
Gestión, control de calidad y evaluación
Redes activas
Informes
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Costes directos elegibles
A. Gastos directos de personal
B. Costos directos de la subcontratación
C. Costes directos de la prestación de apoyo financiero a terceros
D. Otros costos directos
Los costes indirectos subvencionables (7% de los costes directos subvencionables)
FINANCIACIÓN:
El porcentaje de cofinanciación de la Unión ascenderá hasta el 90% de los costes subvencionables incurridos por las OI. La contribución de la Unión Europea no excederá del 75% de los costes de gestión del programa, pero podrá llegar hasta el 100% de la suma asignada por los beneficiarios a terceros (sub-beneficiarios, es decir, nuevos empresarios) que participen en una acción de movilidad.
La ayuda financiera a los nuevos empresarios que participen en una acción de movilidad adoptará la forma de una escala de coste unitario de un máximo de 6 600 euros por empresario
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
7 Junio 2017 17:00:00 (hora Bruselas)