Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca
EXTRACTO DE LA ORDEN DE 26 DE MAYO DE 2023, POR LA QUE SE CONVOCAN, PARA EL EJERCICIO 2023, LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A INVERSIONES EN EQUIPAMIENTO PREVISTAS EN LAS BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LAS COFRADÍAS DE PESCADORES, SUS FEDERACIONES Y COOPERATIVAS DEL MAR.
OBJETIVO:
subvenciones destinadas a inversiones en equipamiento para llevar a cabo las funciones que desempeñan las Cofradías de Pescadores, sus Federaciones y Cooperativas del Mar .
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Cofradías de Pescadores, sus Federaciones y Cooperativas del Mar que cumplan los requisitos previstos en los apartados 1 y 2.a) del artículo 3 de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a las Cofradías de Pescadores, sus Federaciones y Cooperativas del Mar destinadas a inversiones en equipamiento y/o gastos corrientes, aprobadas por Orden de 30 de abril de 2020 (BOC n.º 91, de 11.5.2010).
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Acción 1: Inversiones para la realización de la primera venta
Acción 2: Equipamiento ofimático e informático y material de oficna
Acción 3: Elementos de transporte de productos pesqueros
Acción 4: Maquinaria industrial
Acción 5: Mejora de los equipamientos sociales de las entidades
FINANCIACIÓN:
La cuantía de las subvenciones a conceder podrá alcanzar hasta el 100% de la inversión o del coste de la actividad subvencionada hasta el límite máximo de veinte mil (20.000,00) euros por entidad solicitante.
Para las entidades titulares de primera venta podrá ampliarse el límite establecido en los apartados anteriores, siempre que resulte acreditada la utilización de sus instalaciones en la prestación del servicio de primera venta por embarcaciones afiliadas a la misma, en los siguientes términos:
a) En el supuesto de inversiones en equipamiento:
1) Hasta el 35% de las embarcaciones afiliadas con el límite máximo de cuarenta mil (40.000,00) euros.
2) Superior al 35% y hasta el 75% con el límite máximo de cuarenta y cinco mil (45.000,00) euros.
3) Superior al 75% con el límite máximo de cincuenta mil (50.000,00) euros.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días contados a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Canarias: 5 de julio 2023.
- Las solicitudes para acogerse a esta convocatoria se presentarán en sede electrónica
de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, (https://sede.gobiernodecanarias.org)