Cabildo Insular de Tenerife
BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS EN DESARROLLO DEL PROGRAMA “COORDINACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE IGUALDAD” DEL MARCO ESTRATÉGICO TENERIFE VIOLETA (METV).
OBJETIVO:
concesión de ayudas destinadas a financiar la realización de acciones para la igualdad de oportunidades en los Ayuntamientos de la isla de Tenerife, enmarcada dentro del Programa “Coordinación de las políticas de igualdad” y del proyecto “Las políticas de igualdad mejor coordinadas” del Marco Estratégico Tenerife Violeta (METV).
La finalidad de estas subvenciones es coadyuvar al establecimiento de políticas efectivas de igualdad de género en el territorio insular a través de proyectos puestos en marcha por los Ayuntamientos.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Ayuntamientos de la Isla de Tenerife
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Las líneas de actuación de estos proyectos deberán ser escogidos a partir de una desigualdad y/o discriminación detectada, que sitúen a las mujeres en una desventaja social o económica y podrá versar sobre:
1.Desarrollo de acciones contempladas en el plan de igualdad (solo en el caso que tengan aprobado un plan de igualdad).
2.Acciones para la prevención de las violencias machistas.
3.Acciones positivas.
4.Acciones de sensibilización.
5.Acciones para promover la transversalidad entre las distintas concejalías de un mismo ayuntamiento.
Acciones transversales de igualdad, a llevar a cabo por una o varias concejalías de un mismo ayuntamiento.
Los proyectos deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Comenzar su ejecución en el presente año natural.
b) Contar con un plazo máximo para la realización de la actividad objeto de financiación de doce (12) meses a contar desde el inicio del proyecto, que podrá haber comenzado desde el 1 de enero de 2019.
c) Ser viable económicamente. La viabilidad económica se acreditará por medio de un presupuesto de gastos e ingresos equilibrado, precisando en el apartado de ingresos la cantidad solicitada al Cabildo de Tenerife, y cualquier otra aportación pública o privada.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Serán gastos subvencionables, entre otros:
•Gastos de desplazamiento de las beneficiarias directas del proyecto.
•Gastos de publicidad y propaganda, y difusión del proyecto (máximo 10% del importe concedido).
•Servicios profesionales: entendiendo por tales los requeridos por el proyecto para la realización de cursos, talleres, publicaciones, asistencias técnicas u otras necesidades contempladas en el proyecto, realizadas por profesionales autónomos sin relación laboral con el Ayuntamiento.
FINANCIACIÓN:
Cada ayuntamiento podrá presentar un (1) único proyecto, teniendo en cuenta que el importe de la subvención a otorgar no podrá superar los siguientes límites establecidos en función de la población:
M1: Municipios con población de 5.000 a 10.000 habitantes.
Hasta un máximo de 6.103,80€. oArafo, Arico, Buenavista, Fasnia, Garachico, la Guancha, La Matanza, San Juan de la Rambla, El Sauzal, Los Silos, El Tanque, Vilaflor y La Victoria.
M2: Municipios con población de 10.001- 40.000 habitantes.
Hasta un máximo de 9.612,50€. oCandelaria, Guía de Isora, Güimar, Icod, Puerto de La Cruz, Los Realejos, San Miguel, Santa Ursula, Santiago del Teide, Tacoronte, Tegueste, El Rosario.
M3: Municipios con población superior a 40.001 habitantes.
Hasta un máximo de 27.550,00€. oArona, La Laguna, Santa Cruz, Adeje, Granadilla, La Orotava
La subvención a otorgar podrá alcanzar el 100% del presupuesto total del proyecto presentado, hasta el máximo establecido en la cláusula 3 de las presentes Bases, según la población del municipio que se trate.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales a contar a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Tenerife