Ministerio de Ciencia e Innovación
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN 4 DE OCTUBRE DE 2023 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CENTRO PARA EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN E.P.E (CDTI) POR LA QUE SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DIRECTA DE AYUDAS DEL AÑO 2023, A PROYECTOS DE I+D SELECCIONADOS EN LAS CONVOCATORIAS COMPETITIVAS INTERNACIONALES DEL PROGRAMA EUROHPC
OBJETIVO:
financiación de la participación de empresas españolas en proyectos de investigación y desarrollo internacionales consorciados que hayan sido seleccionados en las convocatorias internacionales efectuadas por la Empresa Común de Informática de Alto Rendimiento Europea (en adelante, "EuroHPC JU"), en las que el CDTI participa como organismo financiador.
Las convocatorias internacionales competitivas de los proyectos seleccionados son las siguientes: Convocatoria H2020-JTI-EUROHPC-2019-01, Convocatoria H2020-JTI-EUROHPC-2020-01,Convocatoria H2020-JTI-EUROHPC-2020-02, y Convocatoria HORIZON-EUROHPC-JU-2021-COE-01.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas objeto de esta resolución las empresas establecidas en España que formen parte de consorcios internacionales, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/695 del Parlamento Europeo y del Consejo de 28 de abril de 2021, que desarrollen los proyectos de I+D seleccionados por EuroHPC JU en las convocatorias que se relacionan en la resolución de convocatoria.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
a.
Costes del instrumental y material, en la medida y durante el período
en que se utilicen para el proyecto. Si el instrumental y el material no
se utilizan en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se
considerarán subvencionables los costes de amortización que
correspondan a la duración del proyecto, calculados de acuerdo
con los principios contables generalmente aceptados.
b. Costes de personal, los costes relacionados con los investigadores,
técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén
dedicados al proyecto o actividad pertinente, incluyendo las
actividades de gestión de la propuesta internacional. Podrán
imputarse gastos al proyecto tanto de personal con contrato laboral
como de personal autónomo socio de la empresa.
c. Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos, así
como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de
manera exclusiva a la ejecución del proyecto.
d. Los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales,
incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que
se deriven directamente del proyecto
FINANCIACIÓN:
el límite de intensidad máxima del 70% de los
costes subvencionables
En caso de falta de disponibilidad presupuestaria para financiar todos los
proyectos presentados y que cumplan las condiciones y características
indicadas en la presente resolución con la intensidad máxima ayuda
establecido en apartado 2, el órgano instructor reducirá la intensidad
máxima de forma lineal hasta agotar el presupuesto máximo de la
convocatoria.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo de presentación de las solicitudes y documentación anexa de los proyectos será desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado hasta el 24 de octubre de 2023, a las 12:00 horas de la mañana (hora peninsular). Podrán presentar solicitudes las entidades recogidas en el anexo I de la convocatoria.
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