OBJETIVO:
Es objeto de las presentes bases reguladoras el establecer un régimen
de subvenciones para la concesión de ayuda económica a las empresas
ubicadas en la Comunidad Autónoma de Canarias para el fomento de la
utilización de productos y procesos de producción que respeten el medio
ambiente
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Cualquier
organización ubicada en la Comunidad Autónoma de Canarias, que
establezca un sistema de gestión medioambiental de acuerdo con el
Reglamento (CE) 1221/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25
de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de
organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría
medioambientales (EMAS).
Se
considera organización a efectos de esta Orden, las definidas en el
artículo 2.21 del citado Reglamento EMAS, esto es: la compañía,
sociedad, firma, empresa, autoridad o institución, o parte o combinación
de ellas, tenga o no personalidad jurídica, sea pública o privada, que
tiene sus propias funciones y administración.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Las
inversiones consideradas como subvencionables serán las efectivamente
abonadas entre el 11 de diciembre del año anterior a la convocatoria y
el 10 de diciembre del año de la convocatoria de subvención, ambos
inclusive, en concreto las siguientes:
* Los gastos de verificación y validación anual de la declaración medioambiental por verificadores medioambientales acreditados.
* Los derivados del Análisis Medioambiental previo a la implantación del sistema de gestión medioambiental.
* Los
realizados para la implantación del sistema de gestión medioambiental y
los sistemas de control y procedimientos que aseguren la implantación de
la política medioambiental y su programa.
* Los procedentes de actuaciones para la sensibilización e información-formación de la organización o centro.
* Los originados como consecuencia de la realización de la auditoría medioambiental interna.
* Los asociados a la elaboración de la declaración medioambiental.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
La correspondiente convocatoria pública de subvenciones se realizará por
Orden de esta Consejería, publicándose en el Boletín Oficial de
Canarias antes del 30 de agosto de cada año para cada ejercicio
presupuestario