Ministerio de Cultura y Deportes
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 12 DE JULIO DE 2023, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO DE LA CINEMATOGRAFÍA Y DE LAS ARTES AUDIOVISUALES, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2023 AYUDAS A LA PRODUCCIÓN DE CORTOMETRAJES REALIZADOS
OBJETIVO:
ayudas a la producción de cortometrajes realizados.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Empresas productoras independientes. Cuando se trate de cortometrajes realizados por varias empresas productoras, éstas constituirán la agrupación a que se refiere el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Será requisito imprescindible para ser empresa beneficiaria de las ayudas que las películas estén previamente calificadas y reconocido por el Instituto de la Cinematografía y de la Artes Audiovisuales su coste de producción.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Podrán optar a estas ayudas los cortometrajes que hayan sido calificados para su exhibición pública entre el 02 de enero de 2022 y el 30 de diciembre de 2022, ambos días inclusive.
FINANCIACIÓN:
La cuantía máxima de la ayuda será de 100.000 euros por película beneficiaria o de 180.000 euros para las películas de animación. Dicha ayuda es compatible con la ayuda a cortometraje sobre proyecto, sin que la suma de ambas ayudas pueda superar los límites de las cuantías máximas anteriores por película beneficiaria y de intensidad máxima establecida en el artículo 21 del Real Decreto 1084/2015, de 4 de diciembre, sobre el coste reconocido por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo para la presentación de solicitudes será de quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado, finalizando a las 14 horas, hora peninsular, del último día de plazo: 4 de agosto de 2023.
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