Cabildo Insular de Tenerife
CONVOCATORIA DE LAS SUBVENCIONES PA¬RA AYUDA A LA CANTERA DURANTE EL AÑO 2015
OBJETIVO:
subvenciones económicas a clubes deportivos
tinerfeños legalmente constituidos e inscritos en el
Registro de Entidades Deportivas de Canarias, con
la finalidad de mejorar y potenciar el trabajo de los
mismos en sus categorías de base (ayuda a la cantera).
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Clubes deportivos
tinerfeños legalmente constituidos e inscritos en el
Registro de Entidades Deportivas de Canarias (excepto
aquellos que estén integrados en Federaciones
que, en el momento de la tramitación de la respectiva
convocatoria, tengan suscrito algún convenio de colaboración
relacionado con la cantera o con cualquier
otro objeto que resulte incompatible con esta línea
de subvención).
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
A estos efec
tos, se entenderá por categorías DE
BASE
aquellas en que participen
deportistas con edad no s
uperior a los dieciocho (18) años.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Los relativos al pago de técnicos.
Los efectuados para
la adquisición de material.
Pago de
arbitrajes y licencias.
Queda
expresamente excluido el pago de arbitrajes
cuando éstos se refieran a modalidades y categorías
incluidas en
los Juegos de
Promo
ción Deportiva de Tenerife
.
FINANCIACIÓN:
El importe de la subvención a otorgar se tendrá en
cuenta atendiendo, exclusivamente, al criterio del
número de licencias y con el límite máximo del 5%
del importe total previsto en la convocatoria.
El Cabildo Insular de Tenerife podrá financiar hasta
el 100% del coste total del proyecto. El importe de la
subvención se fijará de la siguiente forma:
- La cuantía global de la convocatoria se dividirá
por el resultando de sumar el número de licencias de
deportistas con edad no superior a los dieciocho (18)
años de todas las entidades solicitantes, lográndose
así la cuantía a asignar por cada licencia-deportista.
- A continuación, el valor de licencia-deportista se
multiplicará por el número de deportistas/licencias
de cada Entidad (en el caso de los clubes en los que
se aplique coeficiente multiplicador, previamente, se
multiplicará el número de licencias de cada uno por
el citado coeficiente), obteniéndose así, la cuantía a
asignar por el criterio de licencias.
- Antes de contabilizar las licencias de los solicitantes,
y con el objeto de colaborar en la promoción de los
deportes minoritarios, evitando así grandes desequilibrios
con respecto a los de mayor implantación, se
dividirán entre 3 las licencias que sobrepasen las 100.
Ejemplo.- 160 licencias: 100 + (60/3=20)= 120.