Cabildo Insular de Tenerife
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES POR PARTE DE LOS AYUNTAMIENTOS Y ENTIDADES LOCALES DE LA ISLA DE TENERIFE DEL EJERCICIO 2019.
OBJETIVO:
organización y producción de actividades culturales a cargo de los ayuntamientos de la isla de Tenerife, y en concreto aquellas que favorezcan el acceso de la ciudadanía a la literatura, la ciencia, las artes visuales, escénicas y musicales.
Contribuir a mejorar la oferta de actividades y proyectos culturales
desarrollados por los ayuntamientos de la isla.
Facilitar el acceso de la ciudadanía a las actividades culturales.
Favorecer la dinamización del sector privado que presta servicios culturales a
las administraciones locales de la isla.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
ayuntamientos de la isla de Tenerife y sus entidades públicas municipales (organismo autónomo local, entidad pública empresarial y sociedad mercantil con capital íntegramente público del ayuntamiento)
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Las actividades para las que se solicite subvención deben:
- Realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019.
- Ser viables económicamente.
Será objeto de subvención la organización y producción de actividades culturales a
cargo de los ayuntamientos de la isla de Tenerife, y en concreto aquellas que
favorezcan el acceso de la ciudadanía a la literatura, la ciencia, las artes visuales
(incluyendo la pintura, la escultura y el audiovisual), escénicas y musicales.
Los programas o actividades excluidos expresamente de las bases generales que
rigen esta convocatoria son los siguientes:
1. Los que tengan inclusión más adecuada o expresa en otras convocatorias de
ayudas del Cabildo de Tenerife.
2. Los programas festivos y tradicionales de carácter anual de los municipios.
3. Los cursos de formación que tengan como finalidad cualquier cualificación
profesional.
4. Los proyectos museísticos.
5. La prestación de servicios de biblioteca o archivo.
6. Los concursos de talentos infantiles, juveniles o de adultos.
7. Los proyectos que tengan como fin recaudar fondos para financiar otras
actividades, incluidas las benéficas.
8. La concesión de becas y subvenciones.
FINANCIACIÓN:
La cuantía de las ayudas podrá ser de hasta el 70% del total del coste del proyecto, con un máximo de 10.000,00 € para los proyectos en los que participe un solo ayuntamiento y de 20.000,00 € para los pro-yectos con participación de más de un ayuntamiento