Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos
EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN
DE 27 DE MARZO DE 2024, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A PROYECTOS DE
DINAMIZACIÓN DE ZONAS COMERCIALES ABIERTAS DE CANARIAS, PARA EL AÑO 2024.
OBJETIVO:
dinamizar y promocionar las Zonas Comerciales Abiertas de Canarias, mediante acciones que organicen las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) asociadas/agrupadas, fomentando la afluencia de consumidores a estos espacios urbanos delimitados para favorecer la actividad económica y comercial de los mismos y la competitividad de sus propios negocios
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
los organismos de gestión de las Zonas Comerciales Abiertas con personalidad jurídica propia (Organizaciones/Asociaciones Empresariales/Comerciantes, Consorcios Público-Privados, etc.) que asocien/integren directa o indirectamente a una parte relevante de las pequeñas y medianas empresas comerciales del área de actuación, que pretendan llevar a cabo alguna de las acciones incentivables previstas en la presente orden. A efectos de las presentes bases, las empresas comerciales deberán ser la mayoría de las empresas representadas en el organismo de gestión de la Zona Comercial Abierta.
También podrán ser beneficiarios de la presente convocatoria las federaciones y/o agrupaciones de los organismos de gestión previstos en el apartado anterior, siempre que se acrediten en la/s solicitud/es las ventajas de que la formulación se realice de forma agrupada. En este caso, también le son aplicables los límites contemplados en las presentes bases, en caso de los importes máximos, como la suma de limitaciones para cada uno de los organismos integrantes y en el caso de las baremaciones como la media aritmética de los resultados que obtendría cada Zona Comercial Abierta de forma individual.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
a) Dinamizar: la actividad dirigida a imprimir rapidez e intensidad a un proceso o actividad.
b) Promocionar: la actividad dirigida a elevar o hacer valer artículos comerciales, cualidades, personas ...
c) Zona Comercial Abierta de Canarias (ZCA): un área urbana a cielo abierto, delimitada territorialmente, con determinadas características de oferta, demanda, gestión y entorno, con una importante concentración de establecimientos comerciales minoristas tradicionales, además de restauración, ocio y servicios, en la que se desarrolla un sistema de gestión, organizativo y promocional conjunto, por asociaciones, u otras entidades sin ánimo de lucro, que contribuye decididamente al desarrollo urbanístico y económico de ese espacio productivo.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Serán gastos subvencionables las acciones destinadas a aumentar la fidelización de los clientes actuales y captación de nuevos consumidores, así como las acciones para incrementar la afluencia de transeúntes, en las que podemos encuadrar las campañas de dinamización y promoción tales como, rebajas, apertura de temporada, navidad-reyes, etc., las acciones para incrementar la afluencia de transeúntes, como la dinamización a pie de calle, la atracción de turistas, etc.
Se subvencionarán los gastos que se enumeran a continuación.
* Campañas: Plan de medios en radio, televisión, prensa, redes sociales, vallas, etc.
Serán subvencionables los gastos para llevar a cabo las campañas de diseño, producción y emisión, elaboración de las cuñas de radio, los spot televisivos y los anuncios de prensa o revistas, siempre que el mensaje no sea efímero, o sea activable (que perdure en el tiempo).
* Otros elementos promocionales:
Serán subvencionables los gastos de diseño y maquetación de elementos como folletos-cartelería, catálogo promocional, plano de la zona, guía comercial, contenido web, etc.
* Dinamización comercial en la calle:
Las actividades de dinamización a celebrar en la calle serán subvencionables siempre que se pueda motivar su incidencia en la actividad económica de la ZCA y que se celebren en horario de apertura de los establecimientos comerciales."
FINANCIACIÓN:
La subvención máxima para las Zonas Comerciales Abiertas será de 25.000,00 euros para las metropolitanas, cantidad que se disminuirá en 5.000,00 euros más a medida que se encaje en un grupo de menor población. Este límite de graduación se podrá aumentar a 30.000,00 euros dependiendo de la dotación presupuestaria de cada convocatoria.
las Zonas Comerciales Abiertas como Metropolitanas, no podrán obtener más del 60% de los recursos económicos de cada convocatoria para este tipo de proyectos. El mismo límite se les aplicaría a las Zonas Comerciales Abiertas de las demás tipologías. Estos límites se podrán rebasar en ambos casos si no se presentaran proyectos suficientes en lo demás tipos de Zonas.
Si en una zona comercial abierta con una delimitación territorial coincidente (con una coincidencia de al menos el 50% de la demarcación-mapa), solicitan la subvención varios organismos de gestión solo será subvencionable el proyecto presentado por el organismo que ostente mayor representatividad en el comercio de la misma (número de establecimientos comerciales asociados que contribuyan financieramente al desarrollo de los objetivos de dicho organismo).
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo de presentación de solicitudes es de un mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias: 9 de mayo 2024.
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