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UBVENCIONES MOVIMIENTO ASOCIATIVO DE MUJERES S

InformaciónTramitaciónNormativa

Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

INSTITUTO CANARIO DE IGUALDAD.- RESOLUCIÓN DE 7 DE MAYO DE 2015, DE LA DIRECTORA, POR LA QUE SE AUTORIZA EL GASTO Y SE CONVOCAN LAS SUBVENCIONES A CONCEDER POR ESTE ORGANISMO EN EL AÑO 2015, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DESTINADAS A FOMENTAR EL MOVIMIENTO ASOCIATIVO DE MUJERES DE CANARIAS.

OBJETIVO:

Promover el asociacionismo y la participación de mujeres

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

las asociaciones y federaciones de asociaciones sin ánimo de lucro

GASTOS SUBVENCIONABLES:

1. El funcionamiento y mantenimiento de las entidades que puedan resultar beneficiarias con arreglo a estas bases reguladoras, que desarrollan su actividad social en el ámbito de la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y/o la defensa de los derechos de las mujeres en aquellos ámbitos en que se encuentren discriminadas por razón de sexo y género.

El mantenimiento tiene por objeto facilitar el desarrollo de actividades propias, habituales de la entidad, incluyendo los gastos derivados del personal al servicio de las mismas; la asistencia a reuniones y encuentros del movimiento asociativo de mujeres; los gastos de difusión, incluidos los de edición de publicaciones y folletos informativos sobre la entidad y la labor social que realiza y las actividades de información, orientación y asesoramiento dirigidas a sus asociadas y a las personas destinatarias de su acción social.

El mantenimiento incluye la financiación de los gastos corrientes en bienes y servicios derivados del uso del local en el que se encuentra ubicada la sede social de la entidad, incluido el alquiler; las obras de conservación, mantenimiento y pequeñas reparaciones que no tengan el concepto de inventariables por no implicar incremento del valor patrimonial de dichos inmuebles; suministros, material de oficina y ofimática, correo y otros análogos.

2. El desarrollo de actividades dirigidas a promocionar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y/o la defensa de los derechos de las mujeres en aquellos ámbitos en los que se encuentren discriminadas por razón de sexo y género. Las actividades se han de desarrollar necesariamente en Canarias.