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SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL DESPLIEGUE DE REDES DE BANDA ANCHA

InformaciónTramitaciónNormativa

Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo


EXTRACTO DE LA ORDEN DE 5 DE ABRIL DE 2022, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL DESPLIEGUE DE REDES DE BANDA ANCHA DE MUY ALTA VELOCIDAD EN CANARIAS PARA EL AÑO 2022.

OBJETIVO:


Para esta convocatoria 2022, las zonas elegibles son las zonas blancas de la isla de La Graciosa señaladas por la SETELECO.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


Podrán solicitar y, en su caso, obtener la condición de beneficiario las personas físicas o jurídicas que ostenten la condición de operador debidamente habilitado, conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.

También lo podrán las uniones temporales de empresas (UTE), siempre y cuando al menos uno de los integrantes de la UTE cuente con la condición de operador y se justifique en la memoria a presentar la razón por la que las empresas que la conforman no pueden competir por separado.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:


El plazo de inicio de la actividad a subvencionar comienza a partir del momento de presentación de la solicitud.

El plazo de finalización de las actividades será el 31 de octubre de 2022.

El plazo de justificación de las actuaciones subvencionadas finalizará el 15 de noviembre de 2022.

FINANCIACIÓN:


La intensidad de ayuda será de un máximo del 85% del coste elegible del proyecto, teniendo como importe límite el presupuesto total asignado a cada convocatoria.

En el caso de que el gasto finalmente justificado sea menor que el previsto, se rebajará el importe de la subvención de manera proporcional, manteniéndose la intensidad de ayuda constante.