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SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LAS SOLICITUDES DE PATENTES Y MODELOS DE UTILIDAD

InformaciónTramitaciónNormativa

Ministerio de Industria, Turismo y Energía.

OBJETIVO:

Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior

Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles para la PYME y personas físicas

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior

El beneficiario es la persona con domicilio en España que haya realizado directamente o a través de un representante tercero la actividad objeto de la subvención cuya finalidad figura en el artículo 15 de la presente orden, siempre que, siendo el titular de la solicitud de patente o modelo de utilidad en el extranjero reúna uno de los siguientes requisitos:

a) Sea una persona física.

b) Sea considerado pequeña o mediana empresa (PYME).

c) Sea una gran empresa privada.

d) Sea una institución privada sin ánimo de lucro sin dependencia o vinculación al sector público.

Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles para la PYME y personas físicas

a) Sea una persona física.

b) Sea considerado pequeña o mediana empresa (PYME).

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior

a) La extensión de una solicitud de patente o de un modelo de utilidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la presente orden, ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes en el marco de procedimientos de concesión de patentes o modelos de utilidad nacionales o regionales. Serán subvencionables los trámites siguientes:

1.º La solicitud de una patente o de un modelo de utilidad.

2.º La validación de una patente europea.

3.º La búsqueda de anterioridades en el estado de la técnica.

4.º El examen de la solicitud de patente.

5.º La concesión de la patente.

6.º La designación de países, el exceso del número de reivindicaciones y las anualidades ante la Oficina Europea de Patentes (EPO).

7.º La traducción de las memorias completas de las solicitudes de patente o de modelos de utilidad con objeto de presentar la misma ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes.

b) Las actividades realizadas dentro del procedimiento internacional PCT, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la presente orden. Serán subvencionables los siguientes trámites:

1.º La solicitud internacional PCT cuando la OEPM haya actuado en calidad de Oficina Receptora.

2.º La búsqueda internacional cuando la OEPM haya actuado en calidad de Administración de Búsqueda Internacional.

3.º El examen preliminar internacional cuando la OEPM haya actuado en calidad de Administración de Examen Preliminar Internacional.

Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles para la PYME y personas físicas

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a) La solicitud de un modelo de utilidad español.

b) La solicitud y la realización del informe de búsqueda de anterioridades en el Estado de la Técnica (IET) para las solicitudes de patentes españolas.

c) La solicitud de una patente española prioritaria de una solicitud internacional PCT cuyo Informe de Búsqueda Internacional (IBI) se haya realizado con anterioridad al Informe sobre el Estado de la Técnica (IET).

FINANCIACIÓN:

Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior

La subvención no podrá superar el 80 por ciento de dichas cuantías o el 90 por ciento en caso que el solicitante sea considerado pequeña o mediana empresa (PYME) o se trate de una persona física.

El importe máximo individualizado de las ayudas concedidas de conformidad a este capítulo no podrá ser superior a 60.000 euros por solicitante y convocatoria, salvo en el caso de la PYME o las personas físicas, en que el máximo individualizado será de 65.000 euros.

Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles para la PYME y personas físicas

La subvención no podrá superar el 90 por ciento con una cuantía máxima de 65.000 euros