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SUBVENCIONES DIRECTAS A ARTESANOS DE LA ISLA DE TENERIFE

InformaciónTramitaciónNormativa

Cabildo Insular de Tenerife


BASES QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRECTAS A ARTESANOS/AS DE LA ISLA DE TENERIFE A FIN DE PALIAR LOS EFECTOS DERIVADOS DE LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES Y REDUCCIÓN DE AFOROS

OBJETIVO:


subvenciones directas destinadas a paliar los efectos negativos derivados de la disminución de la comercialización del producto artesano de la isla de Tenerife, como consecuencia de la suspensión de actividades y reducción de aforos consecuencia de las medidas de protección frente a la COVID 19 en el tejido productivo de la isla.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


Podrán ser beneficiarios de las presentes ayudas, aquellas personas que acrediten que se encuentran en una determinada situación, conforme se detalla a continuación.

Las personas físicas con carné de artesano o documento de calificación de empresa artesana en vigor al momento de presentar la solicitud, según el caso, expedido por el Cabildo Insular de Tenerife, que además cumplan los requisitos siguientes:

- Estar cotizando en el RÉGIMEN ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS.

- Figurar de alta en el IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS (IAE), de forma continuada, al menos, desde junio del 2020 (y manteniéndose el alta, mínimo, hasta dos meses después del pago de la subvención al beneficiario), y estar la actividad económica principal desarrollada, incluida en alguna de las siguientes agrupaciones:

• Grupo 861 (Pintores, Escultores, Ceramistas, Artesanos, Grabadores y artistas similares).

• Resto de epígrafes que permitan el desarrollo de la actividad productiva reconocida como oficio artesano según corresponda conforme el listado de oficios previsto en el Decreto 177/2004, de 13 de diciembre, por el que se establecen la definición de los oficios artesanos y las normas generales para la obtención de la calificación de Artesano.

- Ser residente en la isla de Tenerife

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:


Tendrá la consideración de artesanía la actividad económica que suponga la producción, transformación o restauración de bienes de valor artístico, funcional o tradicional, mediante procesos con predominante intervención manual, y sin que la utilización auxiliar de la maquinaria haga perder su naturaleza de producto final manufacturado e individualizado. Para obtener tal consideración deberá estar asimismo incluida en el Repertorio de Oficios Artesanos de Canarias

FINANCIACIÓN:


El importe de la subvención a otorgar por solicitante será el resultado del reparto de manera proporcional del crédito total existente, que se consignará en la correspondiente convocatoria, entre el número de instancias presentadas que efectivamente cumplan con los requisitos exigidos en estas Bases para poder tener acceso a estas subvenciones; con el límite máximo de TRES MIL (3.000,00) EUROS por beneficiario.