Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
RESOLUCIÓN DE 29 DE ABRIL DE 2020 DE LA ENTIDAD ESTATAL DE SEGUROS AGRARIOS, O. A, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES DESTINADAS A ORGANIZACIONES PROFESIONALES AGRARIAS Y ORGANIZACIONES DE COOPERATIVAS DE ÁMBITO ESTATAL PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DE APOYO A LOS SEGUROS AGRARIOS, CON CARGO A LOS PRESUPUESTOS PARA EL EJERCICIO 2020.
OBJETIVO:
Subvenciones a organizaciones profesionales
agrarias y organizaciones de cooperativas agrarias de ámbito estatal y carácter general,
para el fomento de los seguros agrarios mediante actividades de formación, publicidad y
divulgación y asistencia y apoyo al asegurado.
Su finalidad es llevar a cabo actuaciones para el fomento de los seguros agrarios
mediante actividades de formación, publicidad y divulgación y asistencia y apoyo técnico
al asegurado, en virtud de lo establecido en el artículo 1 de la Orden AAA/1431/2013, de
19 de julio.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
organizaciones profesionales agrarias y
organizaciones de cooperativas agrarias de ámbito estatal y carácter general,
representativas de los titulares de explotaciones agrarias y de cooperativas agrarias/p>
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
Las actividades objeto de subvención se deberán realizar entre el 1 de enero y el 26
de octubre de 2020
GASTOS SUBVENCIONABLES:
a) Publicidad y divulgación del seguro agrario.
b) Formación respecto al seguro agrario.
c) Apoyo técnico al asegurado y asistencia a reuniones en las instituciones
comunitarias
FINANCIACIÓN:
Los gastos correspondientes al informe de auditoría al que se hace referencia en el
apartado décimo podrán ser incluidos dentro de los gastos subvencionables, hasta un
máximo de 1.500 euros por organización.
Los gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento sólo serán subvencionables
hasta los importes previstos para el grupo 2 en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo,
sobre indemnizaciones por razón de servicio.
Las actividades formativas en relación con el seguro agrario señaladas en el apartado
b serán retribuidas en relación con el personal docente, únicamente en los conceptos que
se indican a continuación y con los siguientes baremos de retribución:
- Cursos de especialización:
o Retribución por hora lectiva: 110 euros.
o Coordinación del curso: Podrá existir un coordinador cuando intervengan
tres o más ponentes, su retribución será de 200 euros.
o Elaboración de casos prácticos: 120 euros.
o Elaboración de material didáctico: 15 euros por página completa, con un
máximo 150 euros por preparar y elaborar la unidad didáctica, diferente de
la presentación de cada ponencia.
o Visitas a instalaciones: Podrán incluirse dentro del programa de formación la
realización de visitas a instalaciones relacionadas con la materia del curso y
el profesor tutor encargado de esta actividad podrá ser remunerado con 110
euros /visita.
- Jornadas o seminarios técnicos y jornadas y asesoramiento técnico:
o Retribución por hora lectiva: 120 euros.
a) Hasta un máximo del 75% para las actividades de publicidad y divulgación del
seguro agrario.
b) Hasta un máximo del 40% para las actividades de formación respecto al seguro
agrario.
c) Hasta un máximo del 10% para las actividades de apoyo técnico al asegurado y
asistencia a reuniones en las instituciones comunitarias. La cuantía de la
subvención asignada a estas actividades se distribuirá de la siguiente forma: un
80% para actuaciones de apoyo técnico al asegurado y un 20% para la
asistencia a reuniones en las instituciones comunitarias.