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SEGUNDA CONVOCATORIA DUSI

InformaciónTramitaciónNormativa

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

ORDEN HAP/1610/2016, DE 6 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE APRUEBA LA SEGUNDA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE ESTRATEGIAS DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE E INTEGRADO QUE SERÁN COFINANCIADAS MEDIANTE EL PROGRAMA OPERATIVO FEDER DE CRECIMIENTO SOSTENIBLE 2014-2020​​​

OBJETIVO:

1. Las Estrategias deberán responder al contenido especificado en el anexo II, incluyendo los elementos siguientes:

a) La identificación inicial de los problemas o retos urbanos del área.

b) Un análisis del conjunto del área urbana desde una perspectiva integrada.

c) Un diagnóstico de la situación del área urbana, así como la definición de los resultados esperados y su cuantificación: valor actual y valor objetivo al final del 31 de diciembre de 2022 en base a los indicadores de resultado incluidos en el anexo III.

d) La delimitación del ámbito de actuación.

e) Un Plan de Implementación de la Estrategia que incluirá las líneas de actuación. Se entenderá por línea de actuación: una medida que instrumenta una política de interés público encuadrada en un objetivo específico, gestionada por una única entidad (beneficiario u organismo con senda financiera asignada) y caracterizada por unos objetivos concretos y unos procedimientos de gestión y esquemas de financiación homogéneos.

f) La descripción de los mecanismos de participación ciudadana y de los agentes sociales.

g) La garantía de la capacidad administrativa para su implementación.

h) Referencia a los principios horizontales y objetivos transversales.

2. La Estrategia DUSI ha de tener un carácter integrado y abordar en todo caso los cinco aspectos siguientes: económicos, ambientales, climáticos, demográficos y sociales, que favorezcan un Desarrollo Urbano Sostenible e Integrado.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

A los efectos regulados por la presente convocatoria, tendrán la consideración de entidades solicitantes, los ayuntamientos o bien las entidades supramunicipales, preexistentes o de nueva constitución, representantes de las áreas definidas en el anexo I que presenten Estrategias DUSI conforme a lo dispuesto en la Orden HAP/2427/2015. Se considerarán decaídas las solicitudes de aquellas entidades locales cuyas Estrategias DUSI hayan sido seleccionadas en la primera convocatoria (Orden HAP 2427/2015) y hayan manifestado su aceptación.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

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el periodo de ejecución material de las operaciones, así como de los pagos reales y efectivos realizados con cargo a las mismas, estará comprendido entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2023, y se fijará para cada Estrategia DUSI en el momento de la concesión de la ayuda FEDER.

FINANCIACIÓN:

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Para ciudades o áreas funcionales mayores de 50.000 habitantes la ayuda máxima a asignar para las operaciones a cofinanciar será de 15 millones de euros, salvo casos excepcionales, debidamente motivados.

Para ciudades o áreas funcionales mayores de 20.000 y menores de 50.000 habitantes, la ayuda máxima a asignar para las operaciones a cofinanciar será de 5 millones de euros, salvo casos excepcionales, debidamente motivados.