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REFUERZO DEL ASOCIACIONISMO 2024

InformaciónTramitaciónNormativa

Cabildo Insular de Tenerife


 

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA SUBVENCIÓN DESTINADA AL REFUERZO DEL ASOCIACIONISMO (2024)

 

OBJETIVO:


La finalidad de la «Subvención destinada al refuerzo del asociacionismo (2024) es la de sufragar los gastos corrientes derivados de la gestión de las entidades del Tercer Sector de Acción Social de la isla de Tenerife.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


1. Que conste inscrita en el Registro oficial correspondiente.

2. Que entre sus ámbitos de actuación esté la isla de Tenerife.

3. Que tenga domicilio social o, en su ausencia, sede en la isla de Tenerife. La acreditación de este requisito se realizará mediante los estatutos de la entidad. En caso que en éstos conste que el domicilio social se encuentra en territorio distinto a la isla de Tenerife, se deberá acreditar que cuenta con sede en la citada isla mediante la cumplimentación del Anexo I.

4. Que haya transcurrido, al menos, un (1) año desde su constitución, tomando como referencia el último día del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

5. Ser de naturaleza jurídica privada y, por tanto, no pertenecer al sector público.

6. No poseer ánimo de lucro y tener carácter altruista. La acreditación de este requisito se realizará mediante los estatutos de la entidad.

7. Haber desarrollado programas y/o proyectos durante el último año natural (2023), con alguna/s de las materias que se mencionan a continuación: participación ciudadana, desarrollo comunitario, voluntariado, interculturalidad, defensa de los derechos de las personas migrantes, promoción del pueblo gitano y defensa de sus derechos o defensa de los derechos de personas que tengan discapacidad, trastorno, enfermedad o patología reconocida por el Sistema Nacional de Salud.

8. Los programas y/o proyectos desarrollados durante el último año natural (2023) han tenido, al menos, 15 personas beneficiarias.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:


Las entidades beneficiarias de la subvención deberán ejecutar los gastos objeto de la subvención, en el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2024 y el 30 de abril de 2025.

GASTOS SUBVENCIONABLES:


Suministros

Comunicaciones

Material fungible

Arrendamientos

Impuestos y tasas municipales

Seguros

Combustible

GAstos de personal

GAstos de asesoría

Gastos de auditoría

FINANCIACIÓN:


La cuantía de la subvención se calculará haciendo un prorrateo a partes iguales del importe de la convocatoria (310.000,00 €) entre todas las entidades que hayan presentado solicitud de subvención en los términos exigidos y cumplan con todos los requisitos establecidos