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PROYECTOS CULTURALES PARA AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA DE TENERIFE

InformaciónTramitaciónNormativa

Cabildo Insular de Tenerife


EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE LOS AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA DE TENERIFE Y SU SECTOR PÚBLICO INSTITUCIONAL PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS CULTURALES, 2025


ANUNCIO RELATIVO A LAS BASES GENERALES Y LA CONVOCATORIA APROBADA POR EL CONSEJO DE GOBIERNO INSULAR DEL CABILDO INSULAR DE TENERIFE EN SESIÓN CELEBRADA EL DÍA 20 DE MARZO DEL AÑO EN CURSO QUE REGIRÁN EL OTORGAMIENTO DE LA LÍNEA DE SUBVENCIONES A PROYECTOS CULTURALES PARA AYUNTAMIENTOS DE LA ISLA DE TENERIFE Y SU SECTOR PÚBLICO INSTITUCIONAL, 2025

OBJETIVO:


organización y producción a cargo de los ayuntamientos de la isla de Tenerife de actividades culturales relacionadas con la protección de la creatividad y del creador, la defensa del acceso en igualdad de condiciones de la ciudadanía a los procesos culturales de nuestro tiempo, y la continuidad de la tradición; y en concreto aquellas que favorezcan el acceso de la ciudadanía a la literatura y el pensamiento, la divulgación de la ciencia, las artes visuales, y las artes escénicas y musicales.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


Podrán participar en estas subvenciones los ayuntamientos de la isla de Tenerife y su sector público institucional (organismos autónomos locales y entidades públicas empresariales).

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:


- El proyecto a subvencionar deberá consistir en la programación coherente de actividades culturales y artísticas que tengan relación con el objeto y finalidad de esta convocatoria y que se desarrollen a lo largo de al menos tres (3) días consecutivos, o nueve (9) o más días en un período de hasta sesenta (60) días consecutivos.

- Incluir únicamente actividades relacionadas con la literatura y el pensamiento, la divulgación de la ciencia, las artes visuales o las artes escénicas y musicales que no se incluyan en la convocatoria de subvenciones a la red de espacios escénicos municipales.

- Los proyectos para los que se solicite subvención deberán ser técnicamente viables y disponer de un plan de financiación suficiente para ejecutarlos.

- Los solicitantes podrán presentar hasta un máximo de tres (3) solicitudes dentro de los límites establecidos por modalidad. Los ayuntamientos y su sector público institucional serán considerados como un solo solicitante

- Las actividades programadas deben celebrarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. En caso de que la fecha de finalización sea posterior a la indicada, derivada de la existencia de un motivo relacionado con el desarrollo del proyecto o por ajustes horarios o de agenda, entre otros, se aceptarán las solicitudes siempre que la mayoría de las actividades del proyecto se lleven a cabo dentro del año natural.

- Un ayuntamiento, incluyendo su sector público, podrá presentar proyectos por tres modalidades como máximo.

Modalidades:

Esta convocatoria de ayudas comprende cuatro modalidades:

A. Proyectos o actividades de presupuesto igual o superior a 15.000,00 y hasta 40.000,00 €.

B. Proyectos o actividades de presupuesto igual o superior a 40.000,00 y hasta 80.000,00 €.

C. Proyectos o actividades de presupuesto igual o superior a 80.000,00 €.

D. Proyectos de especial relevancia para la isla de Tenerife, con presupuestos superiores a los 150.000,00 € y al menos 10 ediciones celebradas en Tenerife en los últimos 12 años.

quedan excluidos de estas ayudas, entre otros, los programas festivos y tradicionales de carácter anual de los municipios; cursos de formación; proyectos museísticos; prestación de servicios básicos de biblioteca o archivo; concursos de talentos infantiles, juveniles o de adultos; concesión de becas y subvenciones; proyectos dirigidos a escolares; los que tengan por objeto la edición o la producción audiovisual.

GASTOS SUBVENCIONABLES:


Gastos sometidos a limitación:

- Gastos de publicidad: podrá imputarse hasta un 15% de la cuantía de la subvención recibida en gastos de marketing y publicidad relacionados directamente con el proyecto.

- Gastos de edición: podrá imputarse hasta un 20% de la cuantía de la subvención recibida en gastos de edición, siempre que dicha edición forme parte esencial de un proyecto.

FINANCIACIÓN:


1. Primer tramo: se podrá solicitar hasta el 50% de los primeros 40.000,00 € del presupuesto de gasto total de cada proyecto.

2. Segundo tramo: Para la parte del presupuesto total de proyecto comprendida entre 40.000 € y 80.000 €, se podrá conceder una ayuda del 40% hasta un máximo de 16.000,00 €.

3. Tercer tramo: Para la parte del presupuesto total del proyecto que supere los 80.000€ se podrá conceder una ayuda del 35% hasta un máximo de 24.000,00 €.

4. Cuarto tramo, aplicable solo a la modalidad D: para la parte del presupuesto total del proyecto que supere los 150.000,00 € se podrá conceder una ayuda del 25% hasta una cantidad total por todos los tramos de 100.000,00 €.