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PROYECTOS CULTURALES 2024

InformaciónTramitaciónNormativa

Cabildo Insular de Tenerife


EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS A PROYECTOS CULTURALES EN EL ÁMBITO DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DE MUSEOS Y CENTROS DEL CABILDO INSULAR DE TENERIFE

OBJETIVO:


otorgamiento de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades del sector educativo-cultural y de producción artística para la realización de proyectos en el ámbito de los espacios de los museos y centros pertenecientes al Organismo Autónomo de Museos y Centros del Cabildo Insular de Tenerife, o vinculados con las materias y objetivos de los mismos.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


- Las empresas o empresarios y empresarias individuales que tengan su sede social y fiscal en la isla de Tenerife o quienes, no teniendo sede social y fiscal en la isla de Tenerife, realizan la solicitud para actividades que se desarrollen en la isla de Tenerife.

- Las asociaciones, fundaciones y organizaciones no gubernamentales, todas ellas sin fines de lucro, que tengan entre sus fines principales la realización, difusión o creación de actividades culturales, y que tengan implantación y/o sede social en la isla de Tenerife constituidas con anterioridad al 1 de enero de 2024, o quienes, no teniendo sede social y fiscal en la isla de Tenerife, realizan la solicitud para actividades que se desarrollen en la isla de Tenerife.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:


Modalidad A. Proyectos o actividades culturales de tipo expositivo.

Modalidad B. Proyectos de tipo educativo, artístico, medioambientales y de captación de audiencias.

GASTOS SUBVENCIONABLES:


Se consideran gastos subvencionables aquéllos que resulten estrictamente necesarios para la realización del proyecto, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen dentro de los cuatro (4) meses anteriores al inicio del proyecto y hasta dos (2) meses después de su fecha de finalización. La preparación del proyecto se puede iniciar con anterioridad a la fecha de inicio del plazo de realización de la actividad

Los gastos financieros y los gastos de expertos para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos, podrán ser subvencionables si están exclusivamente relacionados con la actividad subvencionada, y son indispensables para la adecuada preparación y ejecución de la misma.

FINANCIACIÓN:


Modalidad A. Proyectos o actividades culturales de tipo expositivo.

La subvención consistirá en la totalidad de las necesidades de financiación, hasta el 90 % del coste total del proyecto, y por un importe máximo de 50.000,00 €. En ningún caso el importe de la subvención podrá ser superior al 90% del gasto total realizado.

Se podrán subvencionar proyectos dentro de esta modalidad hasta un máximo inicial de 70.000,00 €.

Solo se podrá presentar a esta modalidad un (1) proyecto por solicitante.

En todos los casos, el solicitante deberá garantizar, con ingresos propios o ajenos a esta subvención, la financiación restante hasta completar el presupuesto total del proyecto.

Modalidad B. Proyectos de tipo educativo, artístico, medioambientales y de captación de audiencias.

La subvención consistirá en la totalidad de las necesidades de financiación, hasta el 90 % del coste total del proyecto, y un importe máximo de 40.000,00 €. En ningún caso el importe de la subvención podrá ser superior al 90% del gasto total realizado.

Se podrán subvencionar proyectos dentro de esta modalidad hasta un máximo inicial de 70.000,00 €.

Sólo se podrán presentar a esta modalidad un máximo de dos (2) proyectos por solicitante

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