Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
RESOLUCIÓN DE 6 DE FEBRERO DE 2020 DE ICEX ESPAÑA EXPORTACIÓN E INVERSIONES, E.P.E., M.P. POR LA QUE SE CONVOCA PARA 2020 LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DEL "PROGRAMA DE INVERSIONES DE EMPRESAS EXTRANJERAS EN ACTIVIDADES DE I+D"
OBJETIVO:
Constituye el objeto de esta convocatoria la concesión, bajo el régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones en el ejercicio 2020 para la realización de actuaciones que permitan fomentar la investigación y desarrollo en las empresas de capital extranjero que pretendan implantarse en España o en aquellas que, estando ya implantadas, pretendan iniciar y desarrollar sus actividades de I+D con la finalidad de contribuir a la mejora de la competitividad y productividad de la economía española.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de las excepciones establecidas en el artículo 1 del Reglamento (UE) nº 1407/2013, de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las "ayudas de mínimis", las siguientes entidades:
a) Las empresas de capital extranjero, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerza una actividad económica y que esté válidamente constituida en el momento de la concesión.
b) Agrupaciones de empresas donde participe al menos una empresa de capital extranjero, pudiendo ser beneficiarias en proporción al porcentaje de participación de capital extranjero.
2. A los efectos de esta convocatoria, se entenderá como empresa de capital extranjero aquella que tenga una participación en su capital de Inversión Extranjera Directa mayor o igual del 10%.
La participación extranjera en el capital de la empresa beneficiaria no podrá proceder de un país o territorio calificado como paraíso fiscal de acuerdo con la normativa española.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Cuando en la realización de un proyecto o actuación se subcontrate parte de su ejecución, el coste de la subcontratación no podrá superar el 50% del coste total del proyecto o actuación.
FINANCIACIÓN:
El límite máximo de la subvención por beneficiario para esta convocatoria es de 200.000 euros

PLAZO DE PRESENTACIÓN:
El plazo para la presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del extracto de esta convocatoria y se cerrará a los 30 días naturales desde la fecha de su publicación (a las 23:59, hora local, del día de finalización
13 de marzo de 2020