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MUJERES RURALES

InformaciónTramitaciónNormativa

Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

EXTRACTO DE LA ORDEN DE 3 DE NOVIEMBRE DE 2016 POR LA QUE SE CONVOCAN, PARA EL EJERCICIO 2017, SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES DE MUJERES RURALES DE ÁMBITO NACIONAL

OBJETIVO:

las subvenciones para elejercicio 2017, destinadas a entidades de mujeres rurales de ámbito nacional parapara el desarrollo de actividades de colaboración y representación ante laAdministración General del Estado, así como para la realización de actividadesespecíficas de especial interés para impulsar el papel de las mujeres en eldesarrollo rural

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

Las entidades asociativas de mujeres rurales

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones entidades asociativas de mujeres rurales que cumplan los requisitos y condiciones:

a) Estar legalmente constituidas como entidades asociativas de mujeres del medio rural.

b) Estar inscritas en el correspondiente registro público nacional de asociaciones del Ministerio del Interior.

c) Ser de ámbito estatal y realizar actividades en al menos tres Comunidades Autónomas.

d) Carecer de ánimo de lucro.

e) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, estando, tanto ellas como las organizaciones integradas en las mismas, al corriente de estas obligaciones.

f) Tener entre sus actividades habituales, la realización de proyectos para la promoción de las mujeres rurales.

GASTOS SUBVENCIONABLES:

a) Para los proyectos encuadrados en las actividades de representación e interlocución ante la Administración General del Estado y en marco de las competencias del MAGRAMA, que se establecen en la letra a) del apartado 1 del artículo 1 de esta orden:

1.º Gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención realizados por el personal y Junta directiva de la entidad, siempre que no hayan sido financiados por otra vía.

2.º Gastos de garantía bancaria, en caso de petición de avales.

b) Para los proyectos encuadrados en las actividades específicas de especial interés para las competencias del MAGRAMA, que se establecen en la letra b) del apartado 1 del artículo 1 de esta orden:

1.º Los costes de personal técnico y/o administrativo contratado específicamente para la preparación y ejecución del proyecto y/o, parcialmente, los gastos salariales del personal técnico y/o administrativo de la entidad dedicados al diseño y desarrollo del proyecto subvencionado.

2.º Gastos generales vinculados a la realización del proyecto conforme a lo previsto en el punto 4 del apartado 1) del anexo II.

3.º Gastos relacionados con la organización del evento: alquileres y limpieza de locales, alquiler de material audiovisual y montaje de stands.

4.º Gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención realizados por el personal de la entidad o contratado para la realización del proyecto.

5.º Gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención realizados por las beneficiarias y ponentes.

6.º Gastos de ponentes.

7.º Gastos de publicidad y promoción del proyecto.

8.º Gastos de material didáctico.

9.º Gastos de garantía bancaria, en caso de petición de avales.

FINANCIACIÓN:

El importe máximo total en la presente convocatoria es de 350.000,00 euros.