Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes
ORDEN DE 13 DE JULIO DE 2023, POR LA QUE SE APRUEBA EL GASTO, SE CONVOCAN PARA EL EJERCICIO 2023 SUBVENCIONES DESTINADAS A LA MOVILIDAD CULTURAL DE ARTISTAS CANARIOS DENTRO Y FUERA DEL ARCHIPIÉLAGO Y SE APRUEBAN SUS BASES REGULADORAS, POR IMPORTE DE UN MILLÓN DE EUROS.
EXTRACTO DE LA ORDEN DE 13 DE JULIO DE 2023, POR LA QUE SE APRUEBA EL GASTO, SE CONVOCAN PARA EL EJERCICIO 2023 SUBVENCIONES DESTINADAS A LA MOVILIDAD CULTURAL DE ARTISTAS CANARIOS DENTRO Y FUERA DEL ARCHIPIÉLAGO Y SE APRUEBAN SUS BASES REGULADORAS, POR IMPORTE DE UN MILLÓN DE EUROS.
OBJETIVO:
Las subvenciones objeto de esta convocatoria están destinadas a sufragar los gastos derivados de la movilidad de artistas, creadores/as, agentes y profesionales de la Cultura de las islas Canarias para que muestren sus propuestas entre islas del Archipiélago y en el exterior, tanto en el territorio nacional, como en cualquier país del mundo, ya sea en giras, conciertos, residencias artísticas, exposiciones, festivales, ferias y mercados, presentaciones literarias, proyecciones, participación en congresos, foros o encuentros multidisciplinares; así como en investigaciones de patrimonio cultural y difusiones de contenido cultural.
ACCIONES Y BENEFICIARIOS:
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas, así como las asociaciones culturales sin ánimo de lucro.
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Se financiarán los desplazamientos aéreos y marítimos relacionados directamente con los viajes que se realicen para participar en las diferentes actividades culturales así como los traslados internos. También se incluyen los gastos de alojamiento que se contabilizan en función de la fecha o fechas en las que el profesional o profesionales tienen previsto llevar a cabo la actividad cultural objeto del desplazamiento, todo ello conforme a la base 15.
FINANCIACIÓN:
Se establece un límite máximo a subvencionar de veinte mil (20.000,00) euros anuales por solicitante.
PLAZO DE PRESENTACIÓN:
a) Para los proyectos ejecutados entre el 1 de enero al 30 de junio de 2023, quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias: 11 de agosto 2023.
b) Para los proyectos ejecutados entre el 1 de julio al 31 de octubre de 2023, quince días hábiles a partir del 1 de noviembre de 2023, inclusive: 21 de noviembre 2023.
Dichas solicitudes se presentarán a través del apartado específico que estará disponible en la sede electrónica y Punto General de Acceso de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el sitio web https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/