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MEJORA DE LAS COMPETENCIAS DIGITALES

InformaciónTramitaciónNormativa

Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento

ORDEN DE 19 DE MAYO DE 2017, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA MEJORA DE LAS COMPETENCIAS DIGITALES DE LA POBLACIÓN RESIDENTE EN CANARIAS, COFINANCIADAS POR EL PROGRAMA OPERATIVO FEDER CANARIAS 2014-2020 PARA EL AÑO 2017

OBJETIVO:

a mejora de las competencias digitales de la población residente en el ámbito territorial de Canarias, subvencionando actividades formativas de carácter presencial para el desarrollo de conocimientos, capacidades, destrezas y habilidades, en contextos y con herramientas propias de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC).

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

Podrán obtener la condición de beneficiario o beneficiaria las sociedades mercantiles, empresarios o empresarias individuales, y las sociedades civiles; entre cuyos objetos sociales o fines constitutivos se encuentre la impartición de cursos de formación y queden encuadradas dentro de la categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES).

También podrán obtener la condición de beneficiario o beneficiaria, las entidades sin fines lucrativos, en cuyos estatutos quede comprendido entre sus fines o actividades de estas, las relacionadas con el objeto de la subvención, es decir, deben comprender actividades relacionadas con fines educativos o con el desarrollo de la sociedad de la información.

No podrán obtener la condición de beneficiario o beneficiaria a los efectos, las Administraciones Públicas independientemente de su ámbito de actuación; organismos públicos, entidades y sociedades vinculadas o dependientes de las mismas; así como cualquier entidad privada o pública, con independencia de la forma jurídica que adopte y fines, siempre que el poder de control o dirección, o de designación de la mayoría de los componentes de sus órganos de gobierno o dirección, directa o indirectamente sea ostentado por Administración Pública, o su patrimonio directa o indirectamente provenga de fondos públicos en su mayor parte.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

1. Diseño y fabricación de circuitos electrónicos. Contemplará, como mínimo, formación en el diseño e implementación de placas de circuito impreso (PCB), así como en técnicas de soldadura y desoldadura de componentes electrónicos.

2. Electrónica aplicada a través de plataformas open hardware y/o de uso libre. Contemplará, como mínimo, formación básica en electrónica, así como para la programación de la plataforma open hardware y/o de uso libre sobre la que se desarrolle la actuación.

3. Diseño, modelado y fabricación 3D. Contemplará, como mínimo, formación en el diseño, modelado y fabricación de prototipos en 3D, utilizando técnicas tanto aditivas (impresión 3D) como sustractivas (fresado).

4. Contenidos digitales audiovisuales. Contemplará, como mínimo, formación en las habilidades básicas para la creación, manipulación y/o distribución de contenidos digitales audiovisuales con una clara orientación a disciplinas como el diseño gráfico, la videocreación, la animación digital, los videojuegos, la realidad aumentada o la realidad virtual. La duración mínima de las actividades subvencionadas será de 30 horas lectivas para un aforo mínimo de 20 asistentes.

La duración mínima de las actividades subvencionadas será de 30 horas lectivas para un aforo mínimo de 20 asistentes.

GASTOS SUBVENCIONABLES:

Los gastos considerados como subvencionables serán las inversiones en equipamiento que respondan, de manera justificada, al plan formativo de la actividad subvencionada, que hayan sido realizados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de subvención y que se encuentre efectivamente pagados con anterioridad a la finalización del periodo de justificación. En particular, serán elegibles las inversiones en uno o varios de los tipos de equipos detallados en el Anexo III, en función de lo especificado en la correspondiente convocatoria. No se admitirá el pago en metálico de los gastos subvencionables, siendo condición imprescindible que todos los pagos queden reflejados mediante movimiento bancario

FINANCIACIÓN:

La intensidad de ayuda será de un 85% del coste elegible del proyecto, hasta un máximo de 20.000 euros, para aplicar a todas las entidades propuestas como beneficiarias.