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LIFE MEDIO AMBIENTE

InformaciónTramitaciónNormativa

Comisión Europea

CONVOCATORIA DE PROPUESTAS - PROGRAMA LIFE 2014 - SUBPROGRAMA MEDIO AMBIENTE - LIFE+

OBJETIVO:

El Programa LIFE tendrá en particular los objetivos generales siguientes:

a)contribuir a la transición hacia una economía eficiente en el uso de los recursos, hipocarbónica y resiliente ante el clima, y a la protección y mejora de la calidad del medio ambiente, así como a frenar e invertir la pérdida de biodiversidad, incluyendo el apoyo a la red Natura 2000 y abordando la degradación de los ecosistemas;

b)mejorar el desarrollo, la aplicación y la ejecución de la política y la legislación medioambientales y climáticas de la Unión, y catalizar y fomentar la incorporación e integración de los objetivos medioambientales y climáticos en otras políticas de la Unión y en la práctica de los sectores público y privado, incluso aumentando su capacidad;

c)apoyar una mejor gobernanza medioambiental y climática a todos los niveles, incluyendo una mayor participación de la sociedad civil, las ONG y los agentes locales;

d)apoyar la aplicación del VII Programa de Medio Ambiente.

Al perseguir dichos objetivos, el Programa LIFE contribuirá al desarrollo sostenible y al logro de los objetivos y metas de la Estrategia Europa 2020 y de las estrategias y planes pertinentes de la Unión en materia de medio ambiente y clima.

2.Los objetivos generales establecidos en el apartado 1 se perseguirán mediante los siguientes subprogramas:

a)el subprograma de Medio Ambiente;

b)el subprograma de Acción por el Clima.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

Entidades jurídicas de la Unión Europea

Los solicitantes deben estar encuadrados en alguna de las tres categorías siguientes:

entidades públicas

organizaciones privadas de carácter mercantil

organizaciones privadas de carácter no mercantil (incluidas ONG)

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

A. proyectos "tradicionales"

A.1 LIFE Naturaleza y Biodiversidad. LIFE Naturaleza y Biodiversidad es similar a la anterior de LIFE + Naturaleza y Biodiversidad. Se tratan de subvenciones para actividades de mejores prácticas, proyectos piloto y de demostración que contribuyan a la aplicación de las Directivas de Aves y Hábitats Directivas y la Estrategia de Biodiversidad de la Unión para 2020, y el desarrollo, implementación y gestión de la Red Natura 2000.

A.2 Gobernanza Ambiental.

LIFE Gobernanza Ambiental incorpora LOS elementos de la Información y Comunicación del antiguo LIFE. Se trata de subvenciones para actividades de proyectos de información, sensibilización y difusión para fomentar la sensibilización sobre cuestiones ambientales, incluyendo la generación de apoyo público para la formulación de políticas en el ámbito del medio ambiente, y para promover el conocimiento sobre el desarrollo sostenible y los nuevos patrones para el consumo sostenible; para apoyar la comunicación, gestión y difusión de información en el ámbito del medio ambiente, y para facilitar el intercambio de conocimientos sobre soluciones ambientales exitosas y prácticas, incluido el desarrollo de plataformas de cooperación entre las partes interesadas y la formación; y para promover y contribuir al cumplimiento efectivo y la aplicación de la legislación medioambiental de la Unión.

A.3 Mitigación del Cambio Climático.

Este área cofinanciará proyectos de mejores prácticas, piloto y de demostración que contribuyan a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero; que contribuyan a la implementación y desarrollo de políticas de la Unión y de la legislación relativa a la mitigación del cambio climático, incluyendo la integración en todas las áreas políticas, en particular mediante el desarrollo, el ensayo y la demostración de enfoques de política o gestión, las mejores prácticas y soluciones para la mitigación del cambio climático; que mejoran la base de conocimientos para el desarrollo, evaluación, seguimiento, evaluación e implementación de acciones de mitigación del cambio climático y medidas efectivas, y que mejorará la capacidad de aplicar dichos conocimientos en la práctica; que faciliten el desarrollo y la aplicación de enfoques integrados, tales como las estrategias de mitigación del cambio climático y planes de acción a nivel local, regional o nacional; y que contribuyen al desarrollo y demostración de innovadores de mitigación del cambio climático tecnologías, sistemas, métodos e instrumentos que sean idóneos para su reproducción o transferencia.

A.4 Adaptación al Cambio Climático

Este área cofinanciará subvenciones de acción para proyectos de mejores prácticas, piloto y de demostración que contribuyan a apoyar los esfuerzos que conducen a una mayor resistencia al cambio climático; que contribuyen al desarrollo y aplicación de la política de la Unión en materia de cambio climático y la adaptación; que mejoran la base de conocimientos para el desarrollo, evaluación, seguimiento, evaluación e implementación de acciones de adaptación al cambio climático y medidas efectivas, dando prioridad; que faciliten el desarrollo y la aplicación de enfoques integrados, tales como las estrategias de adaptación al cambio climático y planes de acción a nivel local, regional o nacional, priorizando, en su caso, los enfoques basados ​​en el ecosistema; y que contribuyen al desarrollo y la demostración de innovadoras tecnologías de adaptación al cambio climático, sistemas, métodos e instrumentos que sean idóneos para su reproducción o transferencia.

A.5 Gobernanza Climático y de la Información.

Este área cofinanciará subvenciones para actividades de proyectos de información, sensibilización y difusión que promuevan la sensibilización sobre cuestiones climáticas, incluyendo la generación de apoyo público y las partes interesadas de la Unión de formulación de políticas en el ámbito del clima, y para promover el conocimiento sobre el desarrollo sostenible desarrollo; que la comunicación de apoyo, gestión y difusión de información en el ámbito del clima y para facilitar el intercambio de conocimientos sobre soluciones climáticas exitosas y prácticas, incluido el desarrollo de plataformas de cooperación entre las partes interesadas y la formación; y que promuevan y contribuyan al cumplimiento efectivo y la aplicación de la legislación climática de la Unión, en particular mediante la promoción del desarrollo y la difusión de las mejores prácticas y enfoques de política.

B. Proyectos de Asistencia Técnica.

Ofrecen, a modo de subvenciones para actividades concretas, el apoyo financiero para ayudar a los solicitantes a preparar proyectos integrados.

C. Proyectos de Fortalecimiento de Capacidades.

Proyectos de creación de capacidad que proporcionen apoyo financiero a las actividades necesarias para fortalecer la capacidad de los Estados miembros, entre otros, Life nacional o puntos de contacto regionales, con el fin de permitir a los Estados miembros a participar más eficazmente en el Programa LIFE.

FINANCIACIÓN:

a)durante la vigencia del primer programa de trabajo plurianual, hasta el 60 % de los costes subvencionables de todos los proyectos, salvo los contemplados en la letra c), financiados dentro de los subprogramas de Medio Ambiente y de Acción por el Clima;

b)durante la vigencia del segundo programa de trabajo plurianual, hasta el 55 % de los costes subvencionables de todos los proyectos, salvo los contemplados en la letra c), financiados dentro de los subprogramas de Medio Ambiente y de Acción por el Clima;

c)durante toda la vigencia del Programa LIFE:

i)hasta el 60 % de los costes subvencionables en el caso de los proyectos a que se refiere el artículo 18, proyectos integrados,proyectos de asistencia técnica, proyectos preparatorios

ii)sin perjuicio del inciso iii), hasta el 60 % de los costes subvencionables en el caso de proyectos financiados dentro del área prioritaria Naturaleza y Biodiversidad del subprograma de Medio Ambiente;

iii)hasta el 75 % de los costes subvencionables en el caso de proyectos financiados dentro del subprograma de Medio Ambiente en relación con el área prioritaria Naturaleza y Biodiversidad que se refieran a hábitats o especies prioritarios a efectos de la aplicación de la Directiva 92/43/CEE, o las especies de aves consideradas susceptibles de financiación prioritaria por el Comité para la adaptación al progreso técnico y científico establecido en el artículo 16 de la Directiva 2009/147/CE cuando sea necesario para lograr el objetivo de conservación;

iv)hasta el 100 % de los costes subvencionables en el caso de proyectos de creación de capacidades