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FOMENTO DEL EMPLEO Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD EN LAS COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES

InformaciónTramitaciónNormativa

Consejería de Empleo, Industria y Comercio

RESOLUCIÓN DE 23 DE JUNIO DE 2015, DE LA PRESIDENTA, POR LA QUE SE CONVOCA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD EN LAS COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES DE CANARIAS PARA EL EJERCICIO 2015

OBJETIVO:

omento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales en Canarias, dirigidas a fomentar la incorporación, con carácter indefinido, como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas y sociedades laborales de desempleados y de trabajadores con contrato de carácter temporal en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integran como socios, así como a apoyar el desarrollo de proyectos de creación y modernización de este tipo de empresas de la economía social, mediante una mejora de su competitividad, facilitando así su consolidación.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

a) Las cooperativas y sociedades laborales para la actuación de incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo.

b) Las cooperativas con socios trabajadores o de trabajo y las sociedades laborales, para las actuaciones de realización de inversiones. c) Las cooperativas de trabajo asociado y las sociedades laborales para las actuaciones de asistencia técnica. d) Las organizaciones representativas de la economía social, las universidades así como las entidades sin ánimo de lucro para las actuaciones relacionadas con la formación, fomento y difusión de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo. e) Las entidades asociativas de cooperativas y de sociedades laborales para las actuaciones de asistencia técnica que presten a un conjunto determinado de dichas sociedades.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

Podrán ser objeto de subvención las siguientes actuaciones: a) Incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales.

b) Realización de inversiones que contribuyan a la creación, consolidación o mejora de la competitividad de cooperativas y sociedades laborales. c) Prestación de asistencia técnica. d) Realización de actividades de formación, difusión y fomento de la economía social vinculadas directamente al fomento del empleo.

FINANCIACIÓN:

1. Subvenciones por la incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales. a) La cuantía de esta subvención será de 5.500 euros por cada persona perteneciente a los colectivos de los párrafos, a), b), c), d) y h), del apartado 1 del artículo 3 que se incorpore a jornada completa, como socio trabajador o de trabajo, en una cooperativa o sociedad laboral. Si la persona incorporada pertenece a cualquiera de estos cinco colectivos y es mujer, la cuantía de la subvención será de 7.000 euros.

b) Cuando la persona incorporada sea una mujer desempleada que se incorpora como socia trabajadora o de trabajo a jornada completa en los 24 meses siguientes a la fecha del parto, adopción o acogimiento la cuantía de la subvención será de 7.000 euros. c) En el caso de minusválidos, la cuantía de la ayuda será de 10.000 euros y en el de los desempleados en situación de exclusión social de 8.000 euros, siempre que ambos casos la incorporación sea a jornada completa. En todos los casos las subvenciones podrán ser concedidas también cuando la jornada de trabajo del socio trabajador o de trabajo incorporado sea a tiempo parcial, si bien en este supuesto la cuantía de la ayuda será proporcional a la duración de su jornada.