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CUOTA CERO

InformaciónTramitaciónNormativa

Consejería de Economía, Industria, Comercio y Autónomos


ORDEN DE 18 DE MARZO DE 2024, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES DE “CUOTA CERO” DIRIGIDAS A LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 18 DE ABRIL DE 2024, POR LA QUE SE APRUEBA, PARA EL AÑO 2024, LA CONVOCATORIA PÚBLICA, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE “CUOTA CERO” DIRIGIDAS A LAS PERSONAS TRABAJADORAS AUTÓNOMAS, REGULADAS MEDIANTE ORDEN DE 18 DE MARZO DE 2024.

OBJETIVO:


concurrencia no competitiva, de subvenciones de “cuota cero”, cuya finalidad es el fomento y consolidación del empleo autónomo en la Comunidad Autónoma de Canarias a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que estén acogidas a los “Incentivos y medidas de fomento y promoción del Trabajo Autónomo” de los artículos 38 bis, 38 ter y 38 quater de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo.

De esta forma se permitirá a las personas trabajadoras por cuenta propia que perciban una ayuda equivalente a la cuantía que hayan pagado, de acuerdo con las reducciones o bonificaciones estatales de las que haya disfrutado en el pago de sus cuotas a la Seguridad Social, que les permita mantener una tarifa de cero euros durante el periodo correspondiente de acuerdo con la normativa estatal.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:


Podrán ser personas beneficiarias las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que hayan estado acogidas a las bonificaciones o reducciones establecidas como “Incentivos y medidas de fomento y promoción del Trabajo Autónomo”

GASTOS SUBVENCIONABLES:


Serán subvencionables las cuotas reducidas o bonificadas que hayan abonado a la Tesorería General de la Seguridad Social las personas beneficiarias de la subvención, conforme a lo previsto en los artículos 38 bis, 38 ter y 38 quater de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo.