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COSME 2019

InformaciónTramitaciónNormativa

Comisión Europea

CONVOCATORIA DE COSME 2019 - APOYO A LA IMPLEMENTACIÓN DEL MARCO DE COMPETENCIAS DE EMPRENDIMIENTO. COS-ENTRECOMP-2018-3-01

OBJETIVO:

Reforzar la competitividad y la sostenibilidad de las empresas de la Unión, en particular las PYME;

Fomentar la cultura empresarial y promoviendo la creación de PYME y su crecimiento.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

Autoridades públicas y administraciones públicas (a nivel nacional, regional o local);

Cámara de comercio e industria u organismos similares;

Asociaciones empresariales y comunidades empresariales colaborativas de apoyo;

Instituciones de formación y educación;

ONG, organizaciones sin ánimo de lucro, asociaciones y fundaciones; y Otras entidades públicas y privadas especializadas en educación, formación o empleo.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

Mejorar el acceso de las PYME a la financiación, en forma de capital y de deuda;

Mejorar el acceso a los mercados, en particular en el interior de la Unión, pero también a escala mundial;

Mejorar las condiciones generales para la competitividad y la sostenibilidad de las empresas de la Unión, en particular las PYME, incluido en el sector turístico;

Promover el emprendimiento y la cultura empresarial.

Cada consorcio debe designar un coordinador. Un consorcio elegible debe cumplir con los siguientes criterios:

El consorcio debe estar compuesto por un mínimo de seis (6) entidades legales ubicadas en al menos tres (3) estados miembros de la UE o países participantes de COSME:

El consorcio debe incluir, como socio, por país:

al menos una autoridad pública a nivel nacional, regional o local responsable de las políticas y actividades de educación, empleo o emprendimiento, y al menos una entidad que representa a empresas o entidades de apoyo al empleo, como cámaras de comercio e industria, sindicatos, organizaciones de empleadores, oficinas de empleo.

GASTOS SUBVENCIONABLES:

Costes directos admisibles

a. Costos directos de personal

B. Costes directos de la subcontratación. Los costos directos de proporcionar apoyo financiero a terceros no son aplicables.

D. Otros costes directos

E. Costos indirectos elegibles (los gastos indirectos indirectos son elegibles si se declaran sobre la base de una tarifa fija del 7% de los costos directos elegibles

FINANCIACIÓN:

El monto máximo de la subvención por proyecto será de 500.000 EUR. Se espera que financie dos (2) propuestas. La subvención se limita a una tasa de reembolso máxima del 90% de los costos elegibles