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COSME 2017

InformaciónTramitaciónNormativa

Comisión Europea

Convocatoria de COSME 2017 - Internacionalización de Clusters​

OBJETIVO:

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El objetivo principal de la acción es intensificar la colaboración entre grupos y redes empresariales en los países europeos y también a través de las fronteras sectoriales y apoyar la creación de asociaciones estratégicas europeas para dirigir la cooperación internacional en ámbitos de interés estratégico hacia terceros países más allá de Europa en apoyo al desarrollo de industrias emergentes.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

Los solicitantes deben ser personas jurídicas:

 Establecidos en los Estados miembros de la UE y en los países que participan en el programa COSME de conformidad con el artículo 6 del Reglamento COSME30, de conformidad con las disposiciones específicas

Aplicable a cada capítulo tal como se describe en el punto 6.2;

 formar un consorcio;

 todos representan una organización de clusters o una organización de redes de negocios que participan en el apoyo a la mejora de la colaboración, la creación de redes y el aprendizaje en innovación

Agrupaciones y prestación o canalización de servicios de apoyo a las empresas especializadas y personalizadas para estimular las actividades de innovación, especialmente en las PYME, de conformidad con la cobertura de los clusters de innovación recogida en los apartados 1.2 e), 1.3 y Ayudas estatales a la investigación, el desarrollo y la innovación "31;

 registrados o previstos para ser registrados en la Plataforma Europea de Colaboración en Clusters (ECCP).

Las organizaciones solicitantes deben ser entidades jurídicas independientes. Pueden ser en su totalidad o en parte organismos públicos o privados; Los organismos privados deben estar debidamente constituidos y registrados de conformidad con la legislación nacional.

Las entidades afiliadas, es decir, las personas jurídicas que tienen un vínculo jurídico o de capital con los solicitantes, que no se limita a la acción ni se establecen con el único fin de su ejecución, pueden participar en la acción como solicitantes para declarar los costes subvencionables.

Además, para el Stand 1:

 Los solicitantes elegibles en virtud del capítulo 1.b son organizaciones de redes de negocios y de clústeres que participan en el desarrollo y suministro de aplicaciones y servicios posteriores

Como los servicios de geoinformación, las aplicaciones de valor añadido basadas parcial o totalmente en los datos e información de observación de la Tierra o las tecnologías y aplicaciones pertinentes de la información y las comunicaciones. Los consorcios solicitantes también pueden incluir organizaciones de clúster o organizaciones de redes empresariales de dominios de aplicación específicos (por ejemplo, agricultura, energía, medio ambiente, transporte, salud, seguros, turismo, etc.).

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

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La presente convocatoria de propuestas está dirigida a acciones de dos fases, divididas en tres líneas. Los consorcios solicitantes pueden presentar propuestas para una sola línea y las organizaciones solicitantes pueden formar parte de un máximo de un consorcio por fase.

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Fase preparatoria:

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COSME-2016-CLUSTER-1A apoyará el establecimiento de la Asociación Europea de Clúster Estratégico - Going International (ESCP-4i) abierta a una amplia gama de sectores industriales europeos y cadenas de valor, excepto la que se contempla en el capítulo 1.b.

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COSME-2016-CLUSTER-1B apoyará el establecimiento de la Asociación de Cluster Estratégico Europeo - Going International (ESCP-4i) específicamente para clusters involucrados en aplicaciones de observación de la Tierra (EO). Se alienta a los solicitantes de la línea 1.b a que se basen en la dimensión intersectorial del mercado de la OE en la parte inferior y en la diversidad de los ámbitos de aplicación, en particular mediante la participación de diferentes clusters y organizaciones de redes empresariales que participan en la cadena de valor de la OE.

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Fase de implementación

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COSME-2016-CLUSTER-2 apoyará la puesta en marcha inicial, las pruebas y el desarrollo ulterior de las asociaciones de clusters estratégicos europeos -Going International (ESCP-4i), incluidas las denominadas "ESCP-4i" Cluster-2014-3-03 (excepto aquellas ya financiadas en virtud del capítulo 2 de la convocatoria de propuestas de 2014 que persiguen objetivos iguales o relacionados) y similares alianzas paneuropeas existentes de organizaciones de agrupaciones y redes empresariales que cumplen las características de una ESCP-4i

Las organizaciones solicitantes deben formar consorcios compuestos de por lo menos tres organizaciones diferentes de cluster o de red de negocios.

Para todos los consorcios Strands debe estar integrado por al menos tres entidades jurídicas establecidas en tres países participantes en el COSME, entre los cuales al menos dos Estados miembros de la UE.

La duración del proyecto debe ser entre 12 y 24 meses.

GASTOS SUBVENCIONABLES:

Costes directos elegibles

A. Gastos directos de personal

B. Costos directos de la subcontratación

C. Otros costos directos

C.1 Los gastos de viaje y las dietas correspondientes (incluidos los derechos, impuestos y cargas conexos, como el impuesto sobre el valor añadido no deducible (IVA) abonado por beneficiarios que no sean organismos públicos que actúan como autoridades públicas) Las prácticas habituales del beneficiario en materia de viajes.

C.2 Los costos de depreciación de equipo, infraestructura u otros activos (nuevos o de segunda mano)

C.3 Costos de otros bienes y servicios

E. Costes indirectos subvencionables (gastos generales) 30 Los costes indirectos son costes que no están directamente vinculados a la acción

Por consiguiente, la aplicación no puede atribuirse directamente a ella. Los costes indirectos son subvencionables si se declaran sobre la base del tipo fijo del 7% de los costes directos subvencionables.​

FINANCIACIÓN:

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La subvención máxima por proyecto será de 200.000 euros por proyecto para los ejes 1.a y 1.b. La subvención máxima por proyecto para el capítulo 2 será de 448.750 euros.​

La subvención se limita a una tasa máxima de reembolso del 75% de los costes subvencionables.