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CONVOCATORIA DE COSME 2019

InformaciónTramitaciónNormativa

Comisión Europea

CONVOCATORIA DE COSME 2019 - ERASMUS PARA JÓVENES EMPRENDEDORES

OBJETIVO:

mejorar el espíritu empresarial, desarrollar el panorama internacional y la competitividad de las PYME europeas y fomentar potenciales emprendedores emergentes y micro y pequeñas empresas de reciente creación en los países participantes.

El propósito de esta convocatoria de propuestas es seleccionar Organizaciones Intermediarias (OI) para implementar el programa Erasmus para Jóvenes Emprendedores a nivel local. En particular, reclutarán a los empresarios y los ayudarán a beneficiarse del programa. Esta convocatoria de propuestas, por lo tanto, apoyará las acciones de las organizaciones que mejoran y facilitan la movilidad de nuevos emprendedores, y no está dirigida a emprendedores que deseen participar en un intercambio en este programa.

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

Entidades públicas responsables o activas en los campos de asuntos económicos, empresas, soporte comercial o temas relacionados,

Cámaras de comercio e industria, cámaras de artesanía o cuerpos similares,

Organizaciones de apoyo empresarial, centros de creación de empresas, incubadoras, parques tecnológicos, etc.

Asociaciones empresariales y redes de apoyo empresarial.

Entidades públicas y privadas que ofrecen servicios de apoyo empresarial.

Institutos de educación (superior), como universidades o institutos de educación y formación profesional.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

Como requisito mínimo, se espera que las propuestas de los OI describan todas las siguientes actividades en detalle:

Gestión del programa, networking y reporting.

Promoción del programa y reclutamiento de emprendedores

Construcción de relaciones

Gestión de relaciones

Esta convocatoria tiene como objetivo seleccionar consorcios para implementar el programa:

Los consorcios deben estar compuestos de al menos 6 entidades jurídicas independientes de al menos 4 países participantes de COSME diferentes e incluir no más de 10 socios.

Un máximo de 2 socios pueden ser del mismo país en un consorcio.

No se permite que un socio participe en más de una propuesta.

Sin embargo, si esto sucede, la organización respectiva será excluida de todas las propuestas que aplicó.

Los respectivos consorcios que se verán afectados por la exclusión de (a) el (los) socio (s) todavía debe cumplir con los criterios de elegibilidad estipulados en 6.1 y 6.2 para ser considerado elegible.

A este respecto, el coordinador deberá presentar una declaración explícita.

El coordinador y otros socios deben cumplir los mismos criterios de elegibilidad

GASTOS SUBVENCIONABLES:

Costes directos admisibles

A. Gastos directos de personal.

B. Costos directos de la subcontratación.

C. Costos directos de brindar apoyo financiero a terceros.

D. Otros costos directos.

D.1 Costos de viaje y subsidios de subsistencia relacionados

D.2Los costos de depreciación de equipos, infraestructura u otros activos. Los costos de alquiler o arrendamiento de equipos, infraestructura u otros activos.

D.3Costos de otros bienes y servicios (incluidos los derechos, impuestos y cargos relacionados, como el impuesto al valor agregado no deducible (IVA) pagado por los beneficiarios que no son organismos públicos que actúan como autoridad pública) son elegibles,

E. Costos indirectos elegibles (gastos generales) Los costos indirectos son costos que no están directamente vinculados a la implementación de la acción y, por lo tanto, no se pueden atribuir directamente.

Los costos indirectos son elegibles si se declaran sobre la base de una tarifa fija del 7% de los costos directos elegibles

FINANCIACIÓN:

Max. 75%