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CONSOLIDA2, 2015

InformaciónTramitaciónNormativa

Ministerio de Economía y Competitividad

RESOLUCIÓN DE 29 DE JULIO DE 2015, DE ICEX ESPAÑA EXPORTACIÓN E INVERSIONES, POR LA QUE SE CONVOCA PARA 2015 LA CONCESIÓN DE AYUDAS DEL "PLAN CONSOLIDA2"

OBJETIVO:

El Plan ICEX Consolida tiene como objetivo convertirse en elemento favorecedor de la entrada y consolidación en mercados exteriores de PYMES españolas que cuentan con política definida de marca española propia, excepto Estados Unidos. Contempla las diferentes modalidades de acceso al mismo, pudiendo elegir la opción de apoyo con filial o sin filial en los mercados objeto de la solicitud. El Programa apoya como máximo tres países por solicitud y empresa

ACCIONES Y BENEFICIARIOS:

Empresas

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

Dada la diversidad de mercados, actividades que se desarrollan en ellos o peculiaridades de los sectores, se hacen necesarios cada vez instrumentos de promoción y apoyo a la internacionalización más adaptados a las diversas especificidades. Los instrumentos y actividades de internacionalización organizados por ICEX, o por las Entidades Colaboradoras sectoriales con apoyo de ICEX, pensadas para englobar al mayor número posible de empresas de un sector, no siempre pueden ajustarse a las necesidades particulares de cada empresa. Por ello, es necesario promover la diversificación de las fórmulas tradicionales empleadas para conseguir la efectiva internacionalización de la empresa, facilitando la utilización de nuevas acciones.

ICEX, conforme a su objetivo estratégico de apoyar al mayor número de PYMES españolas en sus procesos de internacionalización, diversificar mercados y aumentar el componente tecnológico de nuestras exportaciones, lanza el Plan ICEX Consolida2.

GASTOS SUBVENCIONABLES:

A) Apoyo a la creación de filiales fuera de la Unión Europea (sólo para empresas con filiales fuera de la Unión Europea, constituidas entre el 1 de octubre de 2014 y la fecha de cierre de presentación solicitudes especificada en esta convocatoria).

1. Estudios de viabilidad: Contratación de una empresa especializada para la realización de un estudio de viabilidad para el establecimiento de una filial en el exterior.

2. Gastos de constitución de la filial: Escrituras, inscripciones, permisos administrativos, licencias y otros gastos que se realizan una sola vez al comienzo de la actividad.

3. Asesoramiento externo: Gastos de asesoramiento externo puntual directamente relacionados con la constitución de la filial (gastos jurídicos, contables, financieros, fiscales).

B) Gastos de promoción.

4. Investigación de mercados: Estudios de investigación de mercado adquiridos a terceros realizados por consultores externos y referidos al país de interés.

5. Material de difusión y promoción: Elaboración de catálogos, folletos, carteles, páginas Web (no se incluye gastos de mantenimiento de la web) y demás material informativo impreso o audiovisual, expositores punto de venta, siempre que tengan como objetivo el lanzamiento del nuevo producto/servicio en un mercado exterior de interés.

6. Contratación de servicios especializados para la adaptación gráfica de la marca al mercado exterior, del packaging y los manuales técnicos de los productos; así como para el diseño o rediseño de productos.

7. Misiones comerciales inversas de prescriptores extranjeros, compradores e invitados a convenciones técnicas y comerciales. Se apoyarán los viajes a España y el alojamiento. Sólo se aceptarán Misiones realizadas a partir de la fecha de publicación de esta convocatoria y hasta 31 de diciembre de 2015. Estas actividades sólo serán apoyadas previo informe favorable de nuestra/s Oficina/s Económica/s y Comercial/es en el país/es origen de los invitados a la Misión. En el caso de compradores, el gasto a apoyar no podrá superar el 10 % de la ayuda total que se apruebe a la empresa.

8. Desarrollo de programas informáticos, aplicaciones móviles con fines promocionales para la entrada de productos o servicios españoles en el mercado objeto de la solicitud.

9. Publicidad: Creatividad del material y coste de compra de espacios publicitarios en medios del país de interés, así como gastos de publicidad digital enfocada a dar a conocer el nuevo producto/servicio en ese mercado.

10. Acciones de posicionamiento y marketing en redes sociales (SEM).

11. Acciones promocionales: Presentaciones de productos o servicios, promociones, catas y exposiciones temporales en corners de espacios comerciales o tiendas de prestigio (espacios dedicados en exclusiva a la marca y que cuenten con decoración diferenciada del resto de las marcas ubicadas en ese local) o tiendas propias, producción, organización y promoción de desfiles de moda, tanto comerciales como de imagen, presentaciones técnicas en destino; montaje de exposiciones para sectores de servicios, siempre que en la memoria descriptiva se demuestre el componente comercial de las mismas. Se apoyarán los gastos inherentes a estos actos.

12. Patrocinios comerciales: Patrocinios de carácter comercial. Se analizarán caso a caso para poder delimitar en cada uno de ellos los gastos considerados como susceptibles de apoyo.

13. Relaciones públicas: Exclusivamente los gastos de contratación de agencias de relaciones públicas o comunicación con el objetivo del lanzamiento del nuevo producto/servicio en el mercado de interés.

14. Participación en ferias: Se apoyará la asistencia como expositor en ferias de referencia en mercados exteriores, siempre y cuando ICEX no organice un Pabellón Oficial o Feria de Participación Agrupada. Se consideran conceptos susceptibles de apoyo el alquiler de espacio y la decoración.

15. Asistencia en el exterior a congresos y foros especializados: se considerará susceptible de apoyo la cuota de inscripción.

16. Gastos derivados de consultas y suscripciones en materia de información sobre concursos y licitaciones.

C) Gastos de defensa jurídica de la marca y homologación.

17. Registro de patentes y marcas: Gastos de registro de patentes y marcas en mercados internacionales.

18. Defensa de la marca: Gastos jurídicos para procedimientos de defensa de la marca en un mercado internacional.

19. Homologaciones y certificaciones de carácter obligatorio exigidas en el mercado de destino. Certificaciones y precalificaciones ante grandes clientes en el exterior.

FINANCIACIÓN:

La cuantía de la ayuda podrá alcanzar hasta el 50 % de los conceptos susceptibles de apoyo con un tope máximo de 20.000 euros por empresa/año, pudiendo solicitarse ayuda como máximo para tres mercados (países). El porcentaje de apoyo queda distribuido de la siguiente manera:

25 %: apoyo general para todas las empresas admitidas en el programa, al que se le podrá sumar, si procede,

+10 % (apoyo a la consolidación en mercados): si la empresa solicitante dispone de filial en los países para los que solicita el apoyo. No podrá optarse a este porcentaje adicional, si la filial se constituyó antes de 2012.

+10% (apoyo a la diversificación de mercados): para solicitudes de apoyo a actividades en países fuera de la UE. En el caso de conceptos de apoyo, donde el gasto puede aplicar a ese mercado pero también a otros no se aplicará este 10 % adicional, y en el monto aprobado en estos conceptos no podrá superar el 10 % del total del tope máximo empresa/año.

+5%: si la empresa pertenece a un sector de intensidad tecnológica alta y media-alta según la clasificación de la OCDE http://www.oecd.org/sti/ind/48350231.pdf. (que corresponde a los CNAE 2009: 21, 26, 30.3, 20, 25.4, 27, 28, 29, 30.1-30.3, 32.5, 59-63 y 72 –a elegir en el desplegable de la solicitud telemática según los CNAE correspondientes–).

A efectos prácticos de la solicitud, los porcentajes de apoyo finales resultantes a aplicar quedarán marcados por la selección que realice la empresa en el impreso de solicitud en base a las siguientes opciones que sumarán porcentaje adicional al 25 % de apoyo base:

Opción a). Apoyo a actividades en países de la Unión Europea sin filial: las actividades en países de la Unión Europea donde la empresa no tenga filial no sumarán ningún porcentaje adicional y se mantendrán con el apoyo base. En esta opción todas las actividades deben reunir esos dos requisitos. Si alguna de las actividades solicitadas no reúne el requisito, esa actividad no podrá recibir ayuda de ICEX, ni entrará en el cómputo de la inversión mínima exigida por el programa.

Opción b). Apoyo a actividades en países donde la empresa tenga filial: +10 %. Para obtener este 10 % adicional todas las actividades deben reunir el requisito de ser en países con filial. Si alguna de las actividades solicitadas no reúne el requisito, esa actividad no podrá recibir ayuda de ICEX, ni entrará en el cómputo de la inversión mínima exigida por el programa.

Opción c). Apoyo a actividades en países fuera de la Unión Europea: +10 %. Para obtener este porcentaje adicional todas las actividades deben reunir el requisito de ser en países fuera de la UE. Si alguna de las actividades solicitadas no reúne el requisito, esa actividad no podrá recibir ayuda de ICEX, ni entrará en el cómputo de la inversión mínima exigida por el programa.

Opción d). Apoyo a actividades en países fuera de la Unión Europea y que además sean países donde la empresa tenga filial: +20 %. Para obtener este porcentaje adicional todas las actividades deben reunir los dos requisitos: actividades en países donde la empresa tenga filial y fuera de la UE. Si alguna de las actividades solicitadas no reúne el requisito, esa actividad no podrá recibir ayuda de ICEX, ni entrará en el cómputo de la inversión mínima exigida por el programa.